Codigo de Conducta para las y los Servidores Publicos del Centro de Servicios Integrales para el Tratamiento de Aguas Residuales del Estado de Tlaxcala

CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL CENTRO DE SERVICIOS INTEGRALES PARA EL TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES DEL ESTADO DE TLAXCALA

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en la Primera Sección del Periódico Oficial del Estado de Tlaxcala, el miércoles 6 de octubre de 2021.

CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL CENTRO DE SERVICIOS INTEGRALES PARA EL TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES DEL ESTADO DE TLAXCALA.

Índice.

I Presentación.

II Exposición de motivos.

III Principios y valores éticos.

IV Código de conducta.

V Sanciones administrativas.

VI Bibliografía.

  1. Manifiesto de cumplimiento del Código de Conducta.

    VIII Transitorios

  2. Presentación.

    Teniendo en cuenta que el Estado promueve acciones para fortalecer la transparencia, la rendición de cuentas, la legalidad y el combate a la corrupción; los verdaderos cambios se gestan a partir de que las y los servidores públicos de manera individual y en su conjunto, asumen una verdadera cultura ética y de servicio a la sociedad, convencidos de la dignidad e importancia de su tarea, por tal razón exhorto a las y los servidores públicos de este organismo, a guiarnos y actuar con rectitud, teniendo como base los valores institucionales y ética profesional, para cumplir con los objetivos institucionales.

    Licenciado David Guerrero Tapia, Director General del Centro de Servicios Integrales para el Tratamiento de Aguas Residuales del Estado de Tlaxcala, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 30 fracciones IV, XI y XXVII de la Ley de las Entidades Paraestatales del Estado de Tlaxcala, 20 fracción XII del Reglamento Interior del Centro de Servicios Integrales para el Tratamiento de Aguas Residuales del Estado de Tlaxcala y 18 fracción VI de los Lineamientos Generales de Control Interno y sus Normas de Aplicación para la Administración Pública Estatal, tengo a bien emitir el siguiente Código de Conducta para las y los Servidores Públicos del Centro de Servicios Integrales para el Tratamiento de Aguas Residuales del Estado de Tlaxcala, conforme a la siguiente:

  3. Exposición de motivos.

    De acuerdo a las reformas efectuadas a la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala y a la creación de la Contraloría del Ejecutivo, es necesario implementar instrumentos administrativos que permitan hacer eficiente el desempeño de las y los servidores públicos en el cumplimiento de sus funciones, a fin de fortalecer la credibilidad de la sociedad en el quehacer gubernamental.

    De esta manera el Código de Conducta es un documento que especifica y establece ciertas normas mínimas de comportamiento no negociables, de todas las personas servidoras públicas, que forman parte del Centro de Servicios Integrales para el Tratamiento de Aguas Residuales del Estado de Tlaxcala, los principios o normas establecidos en el Código de Conducta, se deben de conservar e impulsar siempre con el fundamento ético que conduzca toda nuestra actividad como servidoras y servidores públicos hacia la Institución, compañeras, compañeros y usuarios.

    La finalidad del presente Código de Conducta no es únicamente que sea un documento para leer, sino que sea un documento que se debe de seguir para actuar de forma ética, licita y respetando en todo momento lo que establecen sus preceptos. Además, cada uno de las y los servidores públicos del Centro de Servicios Integrales para el Tratamiento de Aguas Residuales del Estado de Tlaxcala, es responsable de cumplir con lo establecido en el presente Código, informar de cualquier sospecha de violación a sus preceptos y de cooperar en investigaciones de posibles violaciones.

  4. Principios y valores éticos.

    La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece los principios que se deben cumplir en el desempeño de las funciones, empleos, cargos y comisiones, los cuales se consideran como base fundamental para el actuar de las y los servidores públicos, siendo los siguientes:

    Austeridad. Las y los servidores públicos deben realizar sus actividades ajustándose al uso responsable de los recursos disponibles, eliminando cualquier tipo de desperdicio, debiendo hacer uso de los recursos que son estrictamente necesarios.

    Racionalidad. Es la manera de actuar cuando se toman decisiones, las y los servidores públicos deben hacer su elección entre diferentes alternativas de manera racional.

    Eficiencia. Es la facultad o capacidad para realizar una tarea o para lograr un objetivo. En la Administración Pública, se refiere a la utilización correcta y con la menor cantidad de recursos para la obtención y logro de objetivos.

    Eficacia. Es la capacidad que poseen las personas servidoras públicas, para lograr los objetivos y metas planeadas, consiste en alcanzar las metas establecidas.

    Honestidad. Es un valor o cualidad personal, tiene una estrecha relación con los principios de verdad y justicia, procurando siempre anteponer la verdad en sus pensamientos, expresiones y acciones.

    Legalidad. Las y los servidores públicos, deben actuar de acuerdo con las normas y leyes que nos rigen, ya que estas expresan el pensamiento democrático que la nación posee para ordenarse a sí misma. El principio de legalidad emerge del Derecho Administrativo ya que limita el Estado en virtud de que sus actuaciones deben estar sometidas en el marco legal, es decir, la ley debe prevalecer sobre el interés individual.

    Honradez. Además de ser un valor moral, es una cualidad de las personas, porque es una característica que la define como una persona justa en todos los aspectos. las personas servidoras públicas, honradas inspiran confianza, ya que demuestra (sic) ser íntegras en todos los ámbitos en que se desempeña.

    Lealtad. Es uno de los valores más respetables de las personas servidoras públicas, ya que es básicamente cumplir con lo que hemos prometido. Es un compromiso con las y los compañeros de trabajo, con las instituciones y con la Nación. Implica cumplir totalmente con los valores morales y éticos. Su valor radica en que una persona leal respetará y será respetada, generando un ambiente de confianza.

    Imparcialidad. Las personas servidoras públicas, deben aplicar la justicia, la rectitud y la equidad en todo su actuar, sin hacer ninguna distinción de nacionalidad, raza, condición social ni credo político. Puede entenderse como un criterio de justicia que se basa en decisiones tomadas con objetividad, esto quiere decir que el servidor o servidora públicos, en su actuar no...

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