Codigo de Conducta de la Secretaria de Turismo del Estado de Durango

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE TURISMO DEL ESTADO DE DURANGO

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Periódico Oficial del Estado de Durango, el jueves 20 de agosto de 2020.

ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE TURISMO DEL ESTADO DE DURANGO

L.A.E. ELEAZAR GAMBOA DE LA PARRA, SECRETARIO DE TURISMO, con fundamento en el artículo 15 párrafo segundo, 28 fracción XII y 32 BIS de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Durango; 1, 2, 3, 15 del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango el 10 de septiembre de 2017; así como el artículo 25 del Código de Ética de las personas servidoras públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango y el numeral tercero, segundo párrafo inciso "b" del Acuerdo por el que se expiden "Los lineamientos generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los comités de ética y de prevención de conflictos de interés" expedido por la Secretaría de la Contraloría del Estado, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado No. 55 el 09 de julio de 2017, tengo a bien expedir el siguiente:

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE TURISMO DEL ESTADO DE DURANGO

INTRODUCCIÓN

Tomando en consideración el Acuerdo emitido por la M.D. Raquel Leila Arreola Fallad, Secretaria de Contraloría del Estado de Durango, por el que se expide el Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango No. 81 el 10 de octubre de 2019, en el cual se pretende proporcionar orientación acerca de cómo cumplir con las obligaciones y compromisos siempre enfocados al bienestar de la sociedad duranguense, ésta Secretaría tomó tal Acuerdo como referencia para emitir el presente Código de Conducta.

Con fundamento en el numeral cuarto, del Acuerdo por el que se expiden "Los lineamientos generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los comités de ética y de prevención de conflictos de interés" expedido por la Secretaría de la Contraloría del Estado, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado No. 55 el 09 de julio de 2017, fue propuesta y aprobada la revisión para la actualización del presente Código de Conducta ante el Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de ésta Secretaría en su Primera Sesión Extraordinaria de fecha 18 de febrero del 2020, y contiene de acuerdo a las facultades de la Secretaría, las pautas de conducta específicas que toda persona servidora pública debe observar en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, con base en los principios constitucionales, valores y reglas de integridad, conforme a las directrices establecidas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

En esa virtud, el presente Código de Conducta pretende enfatizar el comportamiento ético que se espera del personal de ésta Secretaría con relación a las facultades que como Dependencia ejerce en relación con la Administración Pública Estatal, en materia de Turismo y Cinematografía, vinculando su contenido con el Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango No. 81 el 10 de octubre de 2019, como se establece en su numeral 25, considerando las reglas de integridad, con su misión, visión y atribuciones específicas de manera que permita enfrentar riesgos éticos y a la vez fomentar la identificación y apropiación por parte de las personas servidoras públicas de ésta Secretaría.

Capítulo. I

Disposiciones Generales
  1. Objetivo, misión y visión

    Objetivo:

    Establecer parámetros de actuación ante determinadas situaciones, aplicando los principios, valores y reglas de integridad que rigen nuestro actuar cotidiano, garantizando en todo momento el principio de legalidad que impera en la Administración Pública Estatal y el respeto de los Derechos Humanos de la sociedad.

    Misión:

    Consolidar un gobierno que promueva la ética, honestidad, legalidad, eficacia, transparencia y rendición de cuentas.

    Visión:

    Que se perciba a la Secretaría de Turismo, como una Dependencia confiable, eficiente, innovadora, fomentando la cultura de la transparencia en el desarrollo de las actividades turisticas.

  2. Glosario

    Además de las definiciones previstas en el Código de Ética de las personas servidoras públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango, para efectos de este Código de Conducta se entenderá por:

    Código de Ética: El Código de Ética de las personas Servidoras Públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango.

    Código de Conducta: El Código de Conducta de la Secretaría de Turismo.

    Comité: El Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés de la Secretaría de Turismo.

    Integrante o personal de la Secretaría: Las y los servidores públicos que forman parte de la Secretaría de Turismo del Estado de Durango.

    Secretaría: La Secretaría de Turismo del Estado de Durango.

  3. Ámbito de aplicación y Obligatoriedad

    Lo establecido en este Código de Conducta es de observancia general para todas las personas que desempeñen un empleo, cargo o comisión dentro de la Secretaría.

    Por lo tanto, cualquier persona que labore en la Secretaría y que conozca de posibles faltas al Código de Ética y/o Conducta, podrá presentar denuncia ante el Comité.

  4. Carta Compromiso

    A todo el personal que labore o preste servicios en esta Secretaría, suscribirá una carta compromiso en la que manifieste que conoce el contenido del presente Código de Conducta, que se compromete a alinear el desempeño de su empleo, cargo o comisión, de cumplirlo y respetarlo, y de la cual hará entrega al Comité de Ética.

Capítulo II

Principios, Valores y...

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