Codigo de Conducta de la Secretaria de Desarrollo Economico del Estado de Hidalgo

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO DEL ESTADO DE HIDALGO

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Ordinario del Número 27 del Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el lunes 4 de julio de 2022.

MAESTRO SERGIO FERNANDO VARGAS TÉLLEZ, SECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE HIDALGO, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 13, FRACCIÓN VI,17, Y 29, FRACCIÓN XXXVII, DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE HIDALGO; 11, FRACCIÓN X Y XXVIII, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA (SIC) DESARROLLO ECONÓMICO; 6, FRACCIÓN I, 25 Y CUARTO TRANSITORIO DEL DECRETO QUE CONTIENE EL CÓDIGO DE ÉTICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE HIDALGO; Y DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ACUERDO QUE CONTIENE LA GUÍA PARA LA ELABORACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL CÓDIGO DE CONDUCTA DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE HIDALGO, Y

CONSIDERANDOS

PRIMERO. La Ley General de Responsabilidades Administrativas en su artículo 6, establece la obligación para todos los entes públicos a crear y mantener condiciones estructurales y normativas, que permitan el adecuado funcionamiento del Estado en su conjunto, y la actuación ética y responsable de cada persona servidora pública.

SEGUNDO. El Plan Estatal de Desarrollo 2016 - 2022 establece en su Eje Rector 1. "Gobierno Honesto, Cercano y Moderno", particularmente en el 1.2 relativo a "Cero Tolerancia a la Corrupción", el compromiso de esta Administración a sumarse y apegarse a los Lineamientos del Sistema Nacional Anticorrupción a fin de prever, detectar y sancionar todas las responsabilidades administrativas; todos aquellos hechos de corrupción y, asimismo, fiscalizar, transparentar y controlar los recursos públicos.

TERCERO. El 13 de mayo de 2019, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el Decreto que contiene el Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, el cual, tiene como objeto, establecer un conjunto de principios, valores y reglas de integridad que orienten, en un marco de aspiración a la excelencia, el desempeño de las funciones y la toma de decisiones de las personas servidoras públicas, asumiéndolas como líderes en la construcción de la nueva ética pública, así como constituir el eje, a partir del cual, las Dependencias y Entidades, elaboren sus respectivos Códigos de Conducta en los que se consideren riesgos éticos específicos, en atención a su misión, visión y atribuciones.

CUARTO. Con la finalidad de hacer frente a los retos en materia de combate a la corrupción, la Secretaría de Contraloría, expidió Acuerdo mediante el cual se emite los Lineamientos Generales que establecen las Bases para la Integración, Organización y Funcionamiento de los Comités de Conflictos de Ética y Prevención de Conflictos de Interés, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el 23 de noviembre del 2017.

QUINTO. Con la finalidad de hacer frente a las situaciones en las que potencialmente pudieran transgredirse principios, valores o reglas de integridad, fueron identificadas a partir de un diagnóstico realizado por enlaces de las diferentes áreas y el Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés de la Secretaría de Desarrollo Económico del Poder Ejecutivo del Estado de Hidalgo, los riesgos éticos específicos de la dependencia.

SEXTO. Con motivo de fortalecer el combate a la corrupción y el fomento de una mayor rendición de cuentas, la Secretaría de Gobierno del Estado de Hidalgo, expidió el acuerdo que crea el Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés de la Secretaría de Desarrollo Económico del Poder Ejecutivo del Estado de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el 01 de abril de 2019, con el objeto de fomentar la integridad y el comportamiento ético de las personas servidoras públicas adscritas a la referida dependencia, en el desempeño de sus funciones y que contribuirá a la consolidación de procesos de rendición de cuentas y transparencia.

SÉPTIMO. De conformidad con el acuerdo que contiene la Guía para la Elaboración y Actualización del Código de Conducta de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, en su punto segundo, señala que el Código de Conducta es el instrumento deontológico emitido por la persona que ocupe la titularidad de la dependencia, entidad, empresa de Participación Estatal o Fideicomiso, a propuesta de su Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés o análogo, previa aprobación de su respectivo Órgano Interno de Control, en el que se especifique de manera puntual y concreta la forma en que las personas servidoras públicas aplicarán los principios, valores y reglas de integridad contenidas en el Código de Ética.

OCTAVO. Se contemplan como elementos fundamentales de este instrumento a los principios constitucionales y legales que rigen al servicio público, como son: Legalidad, Honradez, Lealtad, Imparcialidad, Eficiencia, Economía, Disciplina, Profesionalismo, Objetividad, Transparencia, Rendición de cuentas, Competencia por mérito, Eficacia, Integridad y Equidad; a los valores: Interés Público, Respeto, Respeto a los Derechos Humanos, Igualdad y no discriminación, Equidad de Género, Entorno Cultural y Ecológico, Cooperación y Liderazgo; y a las Reglas de Integridad referentes a: la Actuación Pública, Información Pública, Contrataciones Públicas, Licencias, Permisos, Autorización y Concesiones, Programas Gubernamentales, Trámites y Servicios, Recursos Humanos, Administración de Bienes Muebles e Inmuebles, Procesos de Evaluación, Control Interno, Procedimiento Administrativo, Desempeño Permanente con Integridad, Cooperación con la Integridad y Comportamiento Digno.

NOVENO. El presente Código de Conducta es una formulación que principalmente tiene como base los Principios Constitucionales, legales, valores y reglas de integridad que contiene y describe el Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Hidalgo y que están vigentes en la Secretaría de Desarrollo Económico, sus Unidades Administrativas, las Subsecretarías, Direcciones Generales, y Órgano Administrativo Desconcentrado que la conforman; a éste, se incorporan aspectos disciplinarios y otras reglas de integridad que se identifican como necesarios en el desarrollo individual y colectivo de las actividades de las oficinas referidas que realizan diversos procesos sustantivos que les son atribuibles por ley. La letra y el espíritu de éste Código, impregnan los procedimientos de la Secretaría de Desarrollo Económico, así también, en las normas que regulan diariamente las actividades de las personas servidoras públicas; en él se describe y explica la forma en la que se refleja nuestro compromiso de actuar, que es de forma responsable, honesta, ética y legal.

Por lo expuesto, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

Por el que se crea el Código de Conducta de la Secretaría de Desarrollo Económico del Estado de Hidalgo

Título Único
Capítulo I
Disposiciones Generales

Primero. Que, el presente Código de Conducta es de observancia obligatoria para todos los servidores públicos adscritos a la Secretaría, y su ámbito de aplicación son las oficinas que ocupa ésta; así como cualquier otro lugar, evento, ámbito, dependencia, o circunstancia donde las personas servidoras públicas actúen o representen a la Secretaría; o su imagen personal esté directamente relacionada con la imagen de la misma.

Segundo. Que, el objetivo de este Código es procurar el cumplimiento de los principios éticos básicos que deben prevalecer en la actuación de todas las personas servidoras públicas adscritas a la Secretaría, e incentivar la inclusión de todos aquellos valores que...

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