Codigo de Conducta de la Secretaria de Cultura del Gobierno del Estado y sus Organismos Sectorizados de Colima
CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE CULTURA DEL GOBIERNO DEL ESTADO Y SUS ORGANISMOS SECTORIZADOS DE COLIMA
TEXTO ORIGINAL.
Código publicado en el Periódico Oficial del Estado de Colima, el sábado 14 de noviembre de 2020.
Dra. Oriana Zaret Gaytán Gómez, Secretaria de Cultura del Gobierno del Estado de Colima, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 13 fracción X y 31, fracción XIX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Colima; Artículo 1, Artículo 4 Fracción XI y XXI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Cultura; y PRIMERO, Lineamiento 1, Lineamiento 2, Lineamiento 4, numeral 2, fracción I, Lineamiento 6, numerales 1 y 3, fracción IV y demás relativos del Acuerdo por el que se expide el Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas, las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública y los Lineamientos Generales para propiciar la integridad de las personas Servidoras Públicas a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés en la Administración Pública del Estado de Colima, expide el presente
CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE CULTURA DEL GOBIERNO DEL ESTADO Y SUS ORGANISMOS SECTORIZADOS
El presente Código de Conducta se expide como un instrumento que permite a las personas servidoras públicas de la Secretaría de Cultura y de los organismos sectorizados (1) a dicha Dependencia, regirse por los valores éticos que se presentan en este documento, para poder así delimitar la acción que debe de observarse entre nosotros y ante terceros; y asimismo fortalecer la transparencia y el combate a la corrupción, conforme al artículo 5 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, y el artículo 7 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas garantizando el adecuado cumplimiento de los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia, que rigen el servicio público, que dé por resultado una conducta digna, generando condiciones que hagan posible la igualdad de oportunidades entre las personas, erradicando así a la discriminación y actos de violencia en nuestro actuar.
(1) Organismo sectorizado a la Secretaría de Cultura.- Instituto Colimense de la Charrería, de conformidad al Artículo 3º Fracción XI del Acuerdo de Sectorización de los Organismos Descentralizados y Desconcentrados del Estado de Colima, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" con fecha Tomo 101, Colima, Col., Sábado 27 de Agosto del año 2016; Núm. 52 pág. 1553.
El llevar a cabo estos valores y conductas, nos ayudarán a consolidar una cultura de Ética, entre las personas servidoras públicas de la Administración Pública Estatal, que contribuyan a:
-
Guiar y orientar la actuación de las personas servidoras públicas.
-
Dar puntual cumplimiento a la legislación.
-
La conducta de las personas servidoras públicas sea ejemplar ante la sociedad.
Objetivo General
Definir criterios claros de actuación de las personas servidoras públicas de la Secretaría de Cultura y organismos sectorizados que garanticen el cumplimiento de los valores y principios establecidos en (sic) Acuerdo por el que se expide el Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas, las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública y los Lineamientos Generales para propiciar la integridad de las personas Servidoras Públicas a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflicto de Interés.
Alcance
Aplica en forma obligatoria para todas las personas servidoras públicas dentro de la Secretaría de Cultura y organismos sectorizados, la aplicación de este Código no limita el alcance de las demás disposiciones federales y locales que las personas servidoras públicas están obligados (sic) a cumplir, ni de otros códigos profesionales que en su caso resulten aplicables, como los relativos a la Contaduría Pública, Auditoría Interna, Derecho o Investigación de Fraudes, entre otros. Las acciones que ejercite la Secretaría de Cultura por el incumplimiento de este Código, se aplicarán sin perjuicio de las sanciones que procedan conforme a otras normativas.
Marco normativo
- Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción.
- Ley General de Responsabilidades Administrativas.
- Acuerdo por el que se expiden el código de ética de las personas servidoras públicas, las reglas de integridad para el ejercicio de la función pública y los lineamientos generales para propiciar la integridad las personas servidoras públicas a través de los comités de ética y de prevención de conflictos de interés, publicado en el periódico oficial del Estado de Colima el 29 de agosto de 2020.
- Ley de trabajadores al Servicio del Gobierno, Ayuntamientos y Organismos descentralizados del Estado de Colima.
- Ley de Protección de Datos Personales del Estado de Colima.
- Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Colima.
- Reglamento del Sistema de Profesionalización de las personas servidoras públicas al Servicio del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Colima.
- Código de procedimientos penales para el Estado de Colima.
- Norma NMX-R 025-SFCI-2015 en igualdad laboral y no discriminación.
- Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, reformada y decretada el 20 de marzo de 2014.
- Ley que previene como (sic) combate y elimina la discriminación en el estado de Colima.
- Ley Federal del Trabajo apartado B, Reglamentaria del Art. 123 Constitucional.
- Ley de Transparencia y acceso a la información pública del Estado de Colima.
- Ley Federal Anticorrupción en contrataciones públicas.
- Ley para la igualdad entre hombres y mujeres del Estado de Colima.
- Ley de Adquisiciones Servicios y Arrendamientos del Sector Público en el Estado de Colima.
- Reglamento interior de la Contraloría General del Estado.
- Reglamento para el otorgamiento del estímulo por puntualidad y eficiencia de trabajadores sindicalizados del Gobierno del Estado de Colima.
- Ley de Austeridad del Estado de Colima.
- Catálogos de puestos de las Dependencias Centralizadas del Gobierno del Estado de Colima.
Glosario
El ComitéEl Comité de Ética y de Prevención de
Conflictos de Interés, de la Secretaría
de Cultura es el órgano integrado en
términos de los Lineamientos generales
para propiciar la integridad de las personas
servidoras públicas y para implementar
acciones permanentes que favorezcan
su comportamiento ético, a través de
los Comités de Ética y de Prevención
de Conflictos de Interés, emitidos
mediante Acuerdo publicado el 29 de
agosto de 2020 en el Periódico Oficial
el Estado de Colima.
DependenciaLa Secretaría de Cultura y sus órganos
administrativos desconcentrados.
EntidadesLas consideradas como entidades paraestatales
en la Ley Orgánica de la Administración
Pública Estatal.
AcuerdoAcuerdo por el que se expide el Código
de Ética de las personas servidoras públicas,
las Reglas de Integridad para el ejercicio de
la función pública y los Lineamientos
generales para propiciar la integridad de
las personas servidoras públicas a través de
los Comités de Ética y de Prevención de
Conflictos de Interés.
Lineamientos generalesLineamientos generales para propiciar la
integridad de las personas servidoras públicas
a través de los Comités de Ética y de
Prevención de Conflictos de Interés, publicados
en el Periódico Oficial del Estado de Colima
mediante (sic) mencionado Acuerdo del 29 de
agosto de 2020.
Código de ConductaEl instrumento emitido por el Titular de la
dependencia a propuesta de su Comité de
Ética y de Prevención de Conflictos de
Intereses o análogo, y previa aprobación
de la Contraloría General del Estado, o en
su caso el Órgano Interno de Control acreditado,
en el que se especifique de manera puntual y
concreta la forma en que las personas
servidoras públicas aplicarán los principios,
valores y reglas de integridad contenidas en
el referido Acuerdo publicado el 29 de agosto
de 2020.
PATPrograma Anual de Trabajo de los Comités de
Ética y de Prevención de Conflictos de Interés.
ConductaEs la manera en que los hombres se comportan
en su vida y en sus acciones. (Definición
de la Real Academia Española)
Un código de conductaEs una declaración en la que se definen
las actitudes y formas de comportamiento que
se espera de parte de las personas servidoras
públicas aplicables en su vida o de manera
particular en su ámbito laboral.
Ética PúblicaDisciplina basada en normas de conducta
que se fundamentan en el deber público y que
busca en toda decisión y acción, la prevalencia
del bienestar de la sociedad en coordinación
con los objetivos del estado mexicano,
de los entes públicos y de la responsabilidad
de la persona ante éstos.
Gestor de IntegridadPersonas servidoras públicas de la Administración
Pública Estatal. Que denuncien de buena fe
o revelen información de actos que puedan
constituir una falta al Código de Ética, las
Reglas de Integridad y el Código de Conducta.
PrincipiosAquellos que rigen la actuación de las personas
Constitucionalesservidoras públicas previstos en la fracción III,
del artículo 109 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos.
Juicio ÉticoEn un contexto de ambigüedad, será el
ejercicio individual de ponderación de principios
y valores que lleve a cabo cada persona
servidora pública, previo a la toma de
decisiones y acciones vinculadas con el
desempeño de su empleo, cargo o comisión.
PersonasAquellas que desempeñan un empleo, cargo
Servidoras Públicas o comisión en los entes públicos del ámbito
estatal, conforme a lo dispuesto en el
de la Constitución Política del.
Estado Libre y Soberano de Colima.
ValoresCualidad o conjunto de cualidades por
las que una persona servidora pública es
apreciada o bien considerada en el servicio
público.
POLÍTICAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO DE CONDUCTA
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El contenido de este código está elaborado con lenguaje claro e incluyente. Por ningún motivo genera...
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