Codigo de Conducta de la Secretaria de Contraloria del Estado de Durango

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE CONTRALORÍA DEL ESTADO DE DURANGO

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Periódico Oficial del Estado de Durango, el domingo 23 de febrero de 2020.

ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE CONTRALORÍA DEL ESTADO DE DURANGO.

M.D. RAQUEL LEILA ARREOLA FALLAD, SECRETARIA DE CONTRALORÍA, con fundamento en los artículos 36, fracción XL de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Durango; 1, 2, 4, 6 y 19 fracción LII del Reglamento Interior de la Secretaría de Contraloría del Estado de Durango publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango el 11 de abril de 2019; así como, artículo 25 del Código de Ética de las personas servidoras públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango y el numeral tercero, segundo párrafo inciso "b" del Acuerdo por el que se expiden "Los lineamientos Generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los comités de ética y de prevención de conflictos de interés" publicados en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango No. 55 el 09 de julio de 2017, tengo a bien expedir el siguiente:

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE CONTRALORÍA DEL ESTADO DE DURANGO.

INTRODUCCIÓN

Tomando en consideración el acuerdo emitido por la M.D. Raquel Leila Arreola Fallad, Secretaria de Contraloría del Estado de Durango, por el que se expide el Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango No. 81 el 10 de octubre de 2019, es preciso mencionar que el presente Código de Conducta es un referente en la Administración Pública Estatal, al ser nuestra Secretaría la rectora en materia de ética e integridad pública, por lo que se pretende proporcionar orientación, acerca de cómo cumplir con las obligaciones y compromisos siempre enfocados al bienestar de la sociedad duranguense.

Además el presente Código fue propuesto y aprobado en el seno del Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés de esta Secretaría en su sesión extraordinaria de fecha 02 de diciembre de 2019, y contiene pautas de conducta específicas de acuerdo a las facultades de la Secretaría en diversas materias como lo son, vigilancia, control y evaluación de la gestión gubernamental, desarrollo administrativo; planeación y administración de recursos humanos; auditoría y fiscalización; denuncias, investigaciones e inconformidades; responsabilidades administrativas; contrataciones públicas; ética, integridad, transparencia, acceso a la información, rendición de cuentas y combate a la corrupción, así como simplificación administrativa.

Capítulo I
Disposiciones Generales

a. Objetivo, misión y visión.

Objetivo:

Establecer parámetros de actuación ante determinadas situaciones, aplicando los principios, valores y reglas de integridad que rigen nuestro actuar cotidiano, garantizando en todo momento el principio de Legalidad que impera en la Administración Pública Estatal y el respeto a los derechos humanos de la sociedad.

Misión:

Consolidar un gobierno que promueve la ética, honestidad, legalidad, eficacia, transparencia y rendición de cuentas.

Visión:

Que se perciba a la Secretaría de Contraloría como una dependencia confiable, innovadora y que genera servicios de calidad.

b. Glosario

Además de las definiciones previstas en el Código de Ética de las personas servidoras públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango, para efectos de este Código de Conducta se entenderá por:

Código de Ética: El Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango.

Código de Conducta: El Código de Conducta de la Secretaría de Contraloría.

Comité: El Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Intereses de la Secretaría de Contraloría.

Integrante o personal de la Secretaría: Las servidoras y los servidores públicos que forman parte de la Secretaría de Contraloría del Estado de Durango y de sus Órganos Desconcentrados, incluyendo a las y los titulares de los Órganos Internos de Control en las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, así como a sus Subcontralores y correspondientes titulares de las áreas que los integren.

Secretaría: La Secretaría de Contraloría del Estado de Durango.

Unidad: Unidad de Ética y Conflicto de Intereses de la Secretaría de Contraloría del Estado de Durango.

c. Ámbito de aplicación y obligatoriedad.

Lo establecido en este Código es de observancia general para todas las personas que ocupen un empleo, cargo o comisión dentro de la Secretaría, incluyendo a los titulares de los Órganos Internos de Control y Subcontralores de las dependencias de la Administración Pública Estatal, así como los integrantes de los Órganos Desconcentrados.

Por lo tanto cualquier persona que labore en la Secretaría y que conozca de posibles faltas al Código de Ética y/o Conducta, podrá presentar denuncia ante el Comité.

d. Carta Compromiso.

Todo el personal que labore o preste servicios en esta Secretaría, suscribirá una carta compromiso en la que manifieste que conoce el contenido del presente Código de Conducta, que se compromete a cumplirlo y respetarlo, y de la cual hará entrega al Comité de Ética.

Capítulo II

Principios, valores y reglas de integridad.

En la Secretaría de Contraloría, todo el personal que labore o preste sus servicios profesionales, observará:

- Los principios de competencia por mérito, disciplina, economía, eficacia, eficiencia, equidad, honradez, imparcialidad, integridad, lealtad, legalidad, objetividad, profesionalismo, rendición de cuentas y transparencia.

- Los valores de cooperación, entorno cultural y ecológico, equidad de género, igualdad y no discriminación, interés público, liderazgo, respeto, y respeto a los derechos humanos.

- Las reglas de...

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