Codigo de Conducta y Prevencion de Conflictos de Interes del Instituto de Prevision y Seguridad Social del Estado de Tamaulipas

CÓDIGO DE CONDUCTA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN Y SEGURIDAD SOCIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Extraordinario Número 28 del Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas, el viernes 17 de noviembre de 2023.

INSTITUTO DE PREVISIÓN Y SEGURIDAD SOCIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS

Código de Conducta y Prevención de Conflictos de Interés del IPSSET

Cd. Victoria, Tamaulipas a 11 de julio del 2023.

CÓDIGO DE CONDUCTA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN Y SEGURIDAD SOCIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS.

ÍNDICE

  1. Mensaje de la Directora General del IPSSET

  2. Objeto Institucional, Misión y Visión del Instituto de Previsión y Seguridad Social del Estado de Tamaulipas

  3. Marco Jurídico

  4. Atribuciones Específicas

  5. Objeto del Código

  6. Conceptos Generales

  7. Principios Éticos

  8. Valores

  9. Reglas de Integridad

  10. Riesgos Éticos

  11. Autoridades Competentes

  12. Aplicación y Obligatoriedad

  13. Conductas de las personas servidoras públicas del IPSSET

    1. Marco Normativo y su aplicación

    2. Uso del cargo público

    3. Uso y asignación de recursos

    4. Uso transparente y responsable de la información interna

    5. Conflicto de intereses

    6. Toma de decisiones

    7. Atención a peticiones, quejas, sugerencias y denuncias de los derechohabientes.

    8. Relaciones entre los servidores públicos del IPSSET

    9. Relación con otras Dependencias del Gobierno Federal, Estatal y Municipal

    10. Relación con los derechohabientes del IPSSET

    11. Salud, higiene, seguridad y mejoramiento ecológico

    12. Desarrollo permanente personal e integral

  14. Glosario de términos

  15. Carta-compromiso de adhesión

    MENSAJE DE LA DIRECTORA GENERAL DEL IPSSET

    La Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del Estado de Tamaulipas, establece los principios y obligaciones que deben regir la actuación de las personas servidoras públicas, imponiendo la obligación a las Dependencias y Entidades de la Administración Pública, a crear y mantener condiciones estructurales y normativas que permitan el adecuado funcionamiento del Estado y la actuación ética y responsable en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones.

    El presente Código de Conducta tiene como objeto proporcionar a las personas servidoras públicas del Instituto de Previsión y Seguridad Social del Estado de Tamaulipas, un referente de conductas éticas que guíe nuestra actuación, con el fin de conducirnos diariamente de acuerdo con los principios de competencia por mérito, confidencialidad, disciplina, economía, eficacia, eficiencia, equidad, estado de derecho, honradez, imparcialidad, integridad, lealtad, legalidad, objetividad, profesionalismo, rendición de cuentas y transparencia; debiendo ceñir nuestro comportamiento a los valores de confianza, cooperación, cuidado del entorno cultural y ecológico, equidad de género, igualdad y no discriminación, interés público, liderazgo, probidad, respeto, respeto a los derechos humanos, solidaridad, veracidad y verdad.

    Es además un instrumento que resalta la importancia de fomentar una cultura de integridad que refleje el espíritu que debe prevalecer en el Instituto, detallando las actitudes con las que deben conducirse las personas servidoras públicas íntegramente en su quehacer cotidiano, asumiendo un compromiso con la ética, la integridad, la prevención de los conflictos de interés y en contra de conductas discriminatorias, de hostigamiento y acoso sexual, así como de cero tolerancia a la corrupción, estableciendo de forma muy clara los principios y las reglas de actuación que permitan generar la credibilidad de los derechohabientes, en apego a la misión, visión y objetivos del Instituto.

    En concordancia, el Comité de Ética integrado por servidoras y servidores públicos del IPSSET, adhiere al presente Código de Conducta los Lineamientos Generales para el establecimiento de acciones permanentes que aseguren la integridad y el comportamiento ético de las personas servidoras públicas del IPSSET, en el desempeño de sus funciones.

    Por lo antes expuesto, se da a conocer a las servidoras y los servidores públicos del IPSSET este Código de Conducta, invitándolos a que lo hagamos nuestro, convirtiendo sus lineamientos en una norma de trabajo y de vida, que permita consolidar dentro de cada uno, una ética del servicio público que ponga como centro de nuestros esfuerzos el bienestar de los derechohabientes, en respeto y cumplimiento a las leyes y normas que rigen al Instituto.

    Ciudad Victoria, Tamaulipas, a 11 de julio de 2023.

    Luisa Eugenia Manautou Galván

    Directora General del IPSSET

    OBJETO

    El IPSSET tiene como objeto la administración de los recursos, pensiones, seguros, prestaciones y servicios a que se refiere la Ley del Instituto de Previsión y Seguridad Social del Estado de Tamaulipas, misma que regula la previsión y el otorgamiento de los servicios de Seguridad Social presentes y futuros a los servidores públicos y trabajadores afiliados, pensionados y pensionistas, así como sus familiares derechohabientes, incluidos en los Poderes del Estado de Tamaulipas y sus Organismos.

    MISIÓN

    En el IPSSET somos un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Estatal, que tiene como compromiso prever y proporcionar Seguridad Social presente y futura a los servidores públicos y trabajadores afiliados, pensionados y pensionistas, así como sus familiares derechohabientes, procurando brindar los servicios, con mayor eficiencia, eficacia, calidad y mejora continua.

    VISIÓN

    Contribuir al bienestar social de nuestros derechohabientes y sus familiares afiliados, promoviendo el otorgamiento de los beneficios derivados de las prestaciones de Seguridad Social, mejorando su calidad de vida.

    MARCO JURÍDICO

    - Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    - Constitución Política del Estado de Tamaulipas.

    - Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Tamaulipas.

    - Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas.

    - Código de Ética del Poder Ejecutivo del Estado de Tamaulipas.

    - Lineamientos para la Integración, Organización, Funcionamiento y Evaluación de los Comités de Ética, Conducta y Prevención de Conflictos de Interés de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal.

    ATRIBUCIONES ESPECÍFICAS

    Las atribuciones del Instituto tienen su origen en los artículos 1 numeral 2 y 111 de la Ley del Instituto de Previsión y Seguridad Social del Estado de Tamaulipas, así como en las demás disposiciones jurídicas que así lo establezcan.

    En virtud de lo antes expuesto, y de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 122 fracciones I, III inciso d) y VIII de la Ley del Instituto de Previsión y Seguridad Social del Estado de Tamaulipas, así como por los artículos 6, 7 y 16 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Tamaulipas, y en cumplimiento a lo dispuesto en los Lineamientos para la Integración, Organización, Funcionamiento y Evaluación de los Comités de Ética, Conducta y Prevención de Conflictos de Interés de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal, se tiene a bien expedir el:

    CÓDIGO DE CONDUCTA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN Y SEGURIDAD SOCIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS.

    Objeto del Código

    El presente Código de Conducta tiene por objeto:

    1. Establecer los principios, valores, reglas de integridad y compromisos que deben ser conocidos y aplicados por todas las personas servidoras públicas, para propiciar ambientes laborales adecuados, fomentar su actuación ética y responsable y erradicar conductas que representen actos de corrupción, y

    2. Establecer las obligaciones y mecanismos institucionales para la implementación del Código de Conducta, así como las instancias para denunciar su incumplimiento.

      El presente ordenamiento tiene por objeto establecer los principios, valores y obligaciones éticas que rigen el servicio público en el Instituto de Previsión y Seguridad Social del Estado de Tamaulipas, así como las Reglas de Integridad de las y los servidores públicos, que tienen por objetivo lograr una actuación ética y responsable en el ejercicio de sus funciones, con transparencia y honestidad en la rendición de cuentas de la gestión pública estatal.

      Conceptos Generales

      Los principios y valores consagrados en el Código de Conducta y Prevención de Conflictos de Interés y las Reglas de Integridad son obligatorias para las y los servidores públicos sin distinción de nivel jerárquico, sin pasar por alto lo contemplado en diversas disposiciones aplicables a su desempeño, es obligación conocer el contenido del mismo y en consecuencia el compromiso de aplicarlo en el desempeño de su actividad diaria en el Instituto.

      Las personas servidoras públicas que ocupen un cargo, empleo o comisión sin distinción de su nivel jerárquico, deberán suscribir el compromiso de observancia de los valores éticos, mismo que se encuentra contemplado en el presente Código.

      Principios Éticos

      Las personas servidoras públicas deberán observar en el ejercicio de su empleo, cargo o comisión, los principios tutelados en el presente Código en congruencia con los principios tutelados en la Constitución Política del Estado de Tamaulipas, en la Ley de Responsabilidades Administrativas, en la Ley Orgánica de la Administración Pública, en la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción, la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, Código de Ética del Poder Ejecutivo, todos estos ordenamientos del Estado de Tamaulipas, congruentes con el criterio del Eje de Transparencia y Combate a la Corrupción.

      Principios y valores aplicables a personas servidoras públicas:

      PRINCIPIOS

    3. Bien Común: Las decisiones y acciones de las y los servidores públicos deben dirigirse a la satisfacción de las necesidades e intereses de la sociedad, por encima de intereses particulares ajenos al bienestar de la colectividad;

    4. Confidencialidad: Es el respeto por los datos o hechos que deben...

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