Codigo de Conducta y Prevencion de Conflictos de Interes del Instituto Tamaulipeco de Educacion para Adultos, Tamaulipas

CÓDIGO DE CONDUCTA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS DEL INSTITUTO TAMAULIPECO DE EDUCACIÓN PARA ADULTOS

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Extraordinario Número 22 del Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas, el lunes 11 de septiembre de 2023.

INSTITUTO TAMAULIPECO DE EDUCACIÓN PARA ADULTOS

CÓDIGO DE CONDUCTA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS DEL INSTITUTO TAMAULIPECO DE EDUCACIÓN PARA ADULTOS

Í N D I C E

MENSAJE DE LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO TAMAULIPECO DE EDUCACIÓN PARA ADULTOS

MISIÓN

VISIÓN

OBJETIVO

RIESGOS ÉTICOS

CÓDIGO DE CONDUCTA Y PREVENCION DE CONFLICTOS DE INTERÉS DEL INSTITUTO TAMAULIPECO DE EDUCACION PARA ADULTOS

TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES.
CAPÍTULO I OBJETO DEL CÓDIGO DE CONDUCTA
CAPÍTULO II ÁMBITO DE APLICACIÓN Y OBLIGATORIEDAD
CAPÍTULO III GLOSARIO
TÍTULO SEGUNDO CONDUCTAS QUE RIGEN LA ACTUACIÓN DE LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS DEL INSTITUTO TAMAULIPECO DE EDUCACIÓN PARA ADULTOS
CAPÍTULO I PRINCIPIOS
CAPÍTULO II VALORES
CAPÍTULO III REGLAS DE INTEGRIDAD
TÍTULO TERCERO ACCIONES DE PREVENCIÓN DE CONDUCTAS
CAPÍTULO I ACCIONES QUE PUEDAN CONSTITUIR CONFLICTOS DE INTERÉS
CAPÍTULO II COMPROMISOS Y OBLIGACIONES

CAPIÍTULO (SIC) III. DEL INCUMPLIMIENTO

CAPÍTULO IV DE LA INTERPRETACIÓN, CONSULTA Y ASESORÍA
TRANSITORIOS

CARTA COMPROMISO

MENSAJE DE LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO TAMAULIPECO DE EDUCACIÓN PARA ADULTOS

El presente Código de Conducta se constituye para el efecto de promover y establecer un verdadero compromiso de las personas servidoras públicas que laboramos en el Instituto Tamaulipeco de Educación para Adultos, a conducirse en concordancia con los principios éticos y valores, puesto que su cumplimiento resulta necesario para un óptimo desempeño del servicio público que se brinda a la sociedad en apego a los principios de respeto, legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia; fomentando e impulsando la igualdad entre hombres y mujeres, eliminando estereotipos sociales, previniendo cualquier tipo de violencia y discriminación alguna y evitando con ello todo tipo de acoso u hostigamiento sexual y/o laboral.

Las personas servidoras públicas que pertenecemos a este Instituto estamos obligados a observar y cumplir las disposiciones legales aplicables dentro del marco de cero tolerancia a la corrupción.

  1. LIC. GLORIA GUADALUPE GONZÁLEZ GONZÁLEZ.

Directora General del Instituto Tamaulipeco de Educación para Adultos

El Instituto Tamaulipeco de Educación para Adultos tiene como objetivo, misión y visión, lo siguiente:

MISIÓN

El Instituto Tamaulipeco de Educación para Adultos tiene como misión promover, organizar, impartir, acreditar y certificar la educación básica para jóvenes y adultos, fundada en el autodidactismo y la solidaridad social.

La educación de adultos constituye un sistema estatal no escolarizado y gratuito que atiende el rezago educativo dirigido a jóvenes y adultos, que no han cursado o concluido su educación básica.

VISIÓN

Ser un Instituto reconocido entre la población que ofrece un servicio gratuito de calidad y cumplir al mismo tiempo con las normas y metas establecidas para revertir la tendencia creciente de rezago educativo, contribuyendo así, para que Tamaulipas sea un estado competitivo en materia de educación.

OBJETIVO

Desarrollar en el estado acciones de alfabetización, educación Primaria, Secundaria y Comunitaria, dirigida a personas jóvenes y adultas de 15 años y más sin educación básica concluida.

RIESGOS ÉTICOS

Con el firme propósito de cumplir con la noble misión, visión y objetivo del Instituto Tamaulipeco de Educación para Adultos las personas servidoras públicas de esta Institución deberán asumir el compromiso verdadero, de manera individual y colectiva, con la finalidad de inhibir conductas que pudieran representar los siguientes riesgos éticos: Hostigamiento y Acoso sexual, Hostigamiento y Acoso laboral, Corrupción, Agresión física y/o verbal, Violación a Derechos Humanos, Discriminación, Abuso de Poder, Irregularidades Administrativas, Violaciones al Código de Conducta y/o Código de Ética, Mal Servicio, Violación a privacidad de datos, Conflicto de interés, recibir cualquier tipo de gratificación a cambio de la acreditación y certificación de la educación básica para jóvenes y adultos.

En consecuencia, y derivado de la identificación de los riesgos éticos, se tiene a bien implementar como mecanismo de participación de las personas servidoras públicas del Instituto, la promoción y distribución de este instrumente (sic) normativo, mismo que marcará la pauta para su actuar y tener sanas relaciones laborales e interpersonales.

En ese contexto, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 numeral 1 de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Tamaulipas, y en los Lineamientos y la Guía para la Elaboración y Actualización del Código de Conducta y Prevención de Conflictos de Interés de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal, publicados en (sic) Periódico Oficial del Estado, edición Vespertina Número 63 de fecha 25 de mayo del 2023, se ha tenido a bien aprobar el siguiente Acuerdo por el que se expide el:

CÓDIGO DE CONDUCTA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS DEL INSTITUTO TAMAULIPECO DE EDUCACIÓN PARA ADULTOS

TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 21
Capítulo I Artículo 1

Objeto del Código de Conducta

Artículo 1 El presente ordenamiento tiene por objeto regular la actuación de las personas servidoras públicas del Instituto Tamaulipeco de Educación para Adultos, obedeciendo a los principios, valores, compromisos y obligaciones establecido (sic) en el Código de Ética y demás disposiciones aplicables.
Capítulo II Artículos 2 y 3

Ámbito de Aplicación y Obligatoriedad

Artículo 2 El presente Código de Conducta del Instituto Tamaulipeco de Educación para Adultos, es de observancia general y obligatoria para todas las personas servidoras públicas que desempeñan un empleo, cargo o comisión en esta Entidad de la Administración Pública Estatal, sin distinción de nivel jerárquico.

El Comité de Ética, Conducta y Prevención de Conflictos de Interés del Instituto y la Contraloría, a través del Órgano Interno de Control y/o la autoridad correspondiente, vigilarán en el ámbito de su competencia, el cumplimiento del presente Código de Conducta.

Artículo 3

Para efectos de lo anterior, el Instituto, tendrá la obligación de hacer del conocimiento de todo su personal el presente Código de Conducta, a través de medios físicos o electrónicos, de acuerdo a las políticas de austeridad, a fin de que las personas servidoras públicas tomen conocimiento de su contenido, debiendo suscribir una carta compromiso para alinear el desempeño de su empleo, cargo o comisión, a lo previsto en el presente ordenamiento y los demás que resulten aplicables en la materia.

Capítulo III Artículo 4

Glosario

Artículo 4 Para los efectos de este Código de Conducta se entenderá por:
  1. Acoso laboral: Forma de violencia que se presenta en una serie de eventos que tienen como objetivo intimidar, excluir, opacar, amedrentar o consumir emocional o intelectualmente a la víctima, causando un daño físico, psicológico, económico o laboral-profesional. Se puede presentar en forma horizontal, vertical ascendente o vertical descendente, ya sea en el centro de trabajo o fuera de éste, siempre que se encuentre vinculado a la relación laboral.

  2. Acoso sexual: Forma de violencia de carácter sexual, en la que, puede o no existir una subordinación jerárquica de la víctima frente a la persona agresora, e inclusive puede realizarse de una persona de menor nivel jerárquico hacia alguien de mayor nivel o cargo, habiendo un ejercicio abusivo de poder por parte de quien la realiza. Puede tener lugar entre personas servidoras públicas y de éstas hacia particulares y es expresada en conductas verbales o de hecho, físicas o visuales, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.

  3. Carta compromiso: Documento en el que la persona servidora pública dejará constancia de conocer el contenido de los códigos de Ética y de Conducta, así como de su compromiso por observar los principios, valores y reglas de integridad plasmados en ellos.

  4. Código: Instrumento emitido por el Instituto Tamaulipeco de Educación para Adultos, en el que se especifica de manera puntual y concreta la forma en que las personas servidoras públicas aplicarán los principios, valores, reglas de integridad y compromisos contenidos en el presente, atendiendo a los objetivos, misión, visión y líneas estratégicas del Instituto.

  5. Comité de Ética: Comité de Ética, Conducta y Prevención de Conflictos de Interés de las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal.

  6. Conducta: Comportamiento de la persona en el servicio público.

  7. Conflicto de Interés: Posible afectación del desempeño imparcial y objetivo de las funciones de las servidoras y los servidores públicos en razón de intereses personales, familiares o de negocios.

  8. Contraloría: Contraloría...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR