Codigo de Conducta y Prevencion de Conflictos de Interes de las y los Servidores Publicos del Instituto Tamaulipeco de la Infraestructura Fisica Educativa \(itife\)

CÓDIGO DE CONDUCTA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS DE LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL INSTITUTO TAMAULIPECO DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA EDUCATIVA (ITIFE)

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas, el miércoles 21 de agosto de 2019.

CÓDIGO DE CONDUCTA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS DE LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL INSTITUTO TAMAULIPECO DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA EDUCATIVA (ITIFE)

ÍNDICE

CONTENIDO

Mensaje del Titular

Introducción

Misión

Visión

Marco Jurídico

Código de Ética de las y los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de Tamaulipas.

Código de Conducta y Prevención de Conflictos de Interés de las y los Servidores Públicos del Instituto de Infraestructura Física Educativa (ITIFE)

  1. Conocimiento y estricto cumplimiento de la normatividad y el respeto de los derechos humanos

  2. Cumplimiento del empleo, cargo o comisión en el servicio público

  3. Uso y asignación de recursos

  4. Transparencia y rendición de cuentas

  5. Conflictos de interés

  6. Igualdad y equidad de género

  7. Comportamiento digno

  8. Relaciones con otras áreas de los diferentes ámbitos de gobierno y con la sociedad

  9. Toma de decisiones

  10. Atención a quejas y denuncias

Glosario de términos

Bibliografía

MENSAJE DEL TITULAR

Distinguidas servidoras y servidores públicos:

El Instituto Tamaulipeco de Infraestructura Física Educativa, con el más alto nivel de compromiso en el cumplimiento de las metas establecidas dentro del Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022, mediante un gobierno que busca consolidar la construcción de una gestión pública con estricto apego y observancia de los fundamentos en un estado de derecho, con principios de legalidad, imparcialidad, honestidad, certeza, independencia, objetividad, transparencia, responsabilidad, eficacia y eficiencia, que rinda cuentas y que esté en todo momento dispuesto a someterse al escrutinio y evaluación por parte de la sociedad. Lo que, en principio, debe desarrollarse con herramientas que permeen procedimientos que coadyuven a ello, y es precisamente el fin indicado que se pretende con la implementación del Comité de Ética, Conducta y Conflictos de Interés, para fortalecer las prácticas y valores dentro de la administración pública estatal, con una visión de gestión más abierta a la sociedad, transparente, honesta y con una nueva vocación para rendir cuentas sobre las acciones y compromisos que se generen con la ciudadanía.

Marcando con ello, que dentro de las funciones del Comité, se emite el Código de Conducta y Prevención de Conflictos de Interés de las y los Servidores Públicos del Instituto Tamaulipeco de Infraestructura Física Educativa (ITIFE), con el fin de contribuir a los objetivos y metas trazadas en el ámbito de competencia del Instituto, conforme lo establece el control interno, como apartado básico de prevención de conductas y actividades que demeriten la función pública de quienes contribuimos al bienestar administrativo en el Estado.

IMN. Germán Pacheco Díaz

Director General

Introducción Artículos 1 a 27

El servicio público debe apegarse a los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia, establecidos en el artículo 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el propósito de que impere en las y los servidores públicos, de manera invariable, una conducta digna que fortalezca a las instituciones públicas, que responda a las necesidades de la sociedad y que persevere en su desarrollo profesional y personal, para dar como resultado un mejor servicio en el desarrollo de sus funciones.

Aunado a lo anterior, con dicho Código se tiene por objeto establecer los principios y obligaciones éticas que rigen el servicio público en las dependencias y entidades de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas, así como las Reglas de Integridad que busca (sic) de las y los servidores públicos una actuación ética y responsable en el ejercicio de sus funciones, con transparencia y honestidad en la rendición de cuentas de la gestión pública estatal.

Misión

Ser el organismo que norme, conduzca, regule y evalúe la construcción, el equipamiento y la rehabilitación de la Infraestructura Física Educativa.

Visión

Ser el organismo público descentralizado con el mejor equipo de trabajo, reconocidos como excelentes en la aplicación de especificaciones y normas en la construcción, equipamiento y rehabilitación de los espacios físicos educativos en Tamaulipas.

MARCO JURÍDICO

A continuación se precisa el marco jurídico de actuación del personal del Instituto Tamaulipeco de Infraestructura Física y Educativa, con la finalidad de que pueda asistirnos como guía en la ética y la moral, a fin de servir con profesionalismo, honestidad, lealtad y diligencia a la sociedad.

De esta manera, el conocimiento que el personal del Instituto Tamaulipeco de Infraestructura Física y Educativa tenga el sobre (sic) marco jurídico, le servirá para aplicarlo en su actuación cotidiana, permitiéndole evaluar los alcances y responsabilidades de las funciones que se le encomiende y/o desempeñe.

La o el servidor público debe conocer la legislación aplicable en términos generales y la normatividad correspondiente; en tal sentido, el personal del Instituto Tamaulipeco de Infraestructura Física y Educativa se regirá entre otras, por:

- La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

- La Constitución Política del Estado de Tamaulipas.

- La Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Tamaulipas.

- La Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Tamaulipas.

- La Ley de Trasparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tamaulipas.

- La Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Tamaulipas.

- El Código de Ética de las y los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de Tamaulipas y sus reformas.

- El Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022.

CÓDIGO DE ÉTICA DE LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE TAMAULIPAS

Capítulo I Artículo 1

Objeto del Código

Artículo 1°

El presente ordenamiento tiene por objeto establecer los principios y obligaciones éticas que rigen el servicio público en las dependencias y entidades de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas, así como las Reglas de Integridad que busca de las y los servidores públicos una actuación ética y responsable en el ejercicio de sus funciones, con transparencia y honestidad en la rendición de cuentas de la gestión pública estatal.

Capítulo II Artículos 2 y 3

Conceptos Generales

Artículo 2°

Los principios y valores consagrados en el Código de Ética que rigen el servicio público en las dependencias y entidades de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas, así como el Código de Conducta y Prevención de Conflictos de Interés y las Reglas de Integridad son obligatorias para las y los servidores públicos sin distinción de nivel jerárquico, sin pasar por alto lo contemplado en diversas disposiciones aplicables a su desempeño, es obligación de todas y todos conocer el contenido del mismo y, en consecuencia, compromiso de aplicarlo en el desempeño de su actividad.

La Contraloría y los Órganos Internos de Control, vigilarán en el ámbito de su competencia, el cumplimiento del presente Código de Ética.

Artículo 3º Las y los servidores públicos que ocupe (sic) un cargo, empleo o comisión sin distinción de su nivel jerárquico, deberán suscribir el compromiso de observancia de los valores éticos contempladas en el presente Código.
Capítulo III Artículo 4

Glosario

Artículo 4° Para los efectos de éste Código, se entenderá por:
  1. Administración Pública: Al conjunto de órganos administrativos que tiene (sic) como función realizar una actividad para alcanzar el bien colectivo de un Estado, a partir de los servicios públicos;

  2. Código de Ética: Documento que contiene los principios y valores que rigen el desempeño de actuación de las y los servidores públicos del Gobierno del Estado de Tamaulipas;

  3. Comité: Comité de Ética del Gobierno del Estado de Tamaulipas;

  4. Comité de Ética: Instancia colegiada formado (sic) por la o el titular de la Contraloría Gubernamental, las y los titulares de las dependencias, y una persona que ocupará la Secretaría Ejecutiva; su función es la aplicación del Código de Ética;

  5. Conducta: Comportamiento de la persona en el servicio público;

  6. Conflicto de Interés: Posible afectación del desempeño imparcial y objetivo de las funciones de las y los servidores públicos en razón de intereses personales, familiares o de negocios;

  7. Contraloría: Contraloría Gubernamental del Estado de Tamaulipas;

  8. Constitución: Constitución Política del Estado de Tamaulipas;

  9. Ética: Rama de la filosofía que se ocupa del estudio racional de la moral, la virtud, el deber, la felicidad y el buen vivir; en tanto requiere de la reflexión y de la argumentación;

  10. Ética Pública: Alude al perfil, formación y conducta responsable comprometida de las personas encargadas de las cuestiones públicas, es la ciencia del buen comportamiento en el servicio a la ciudadanía;

  11. Órganos Internos de Control: Unidades administrativas a cargo de promover, evaluar y fortalecer el buen funcionamiento del control interno en los entes públicos, así como aquellas otras instancias de los órganos constitucionales autónomos que, conforme a sus respectivas leyes, sean competentes para aplicar las leyes en materia de responsabilidades de las y los servidores públicos;

  12. Principios: Reglas o normas de carácter general y universal que orientan la acción de los seres humanos en sociedad. Se entenderán como principios los siguientes: Bien Común, Derechos Humanos, Eficacia, Eficiencia, Honradez, Imparcialidad, Justicia Distributiva, Lealtad, Legalidad y Libertad;

  13. Servidoras y Servidores...

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