Codigo de Conducta y Prevencion de Conflictos de Interes de las y los Servidores Publicos de la Comision de Energia de Tamaulipas

CÓDIGO DE CONDUCTA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS DE LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA COMISIÓN DE ENERGÍA DE TAMAULIPAS

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado al Número 99 del Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas, el jueves 15 de agosto de 2019.

CÓDIGO DE CONDUCTA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS DE LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA COMISIÓN DE ENERGÍA DE TAMAULIPAS

CONTENIDO

MENSAJE DE LA O EL COMISIONADO2

MISIÓN Y VISIÓN DE LA COMISIÓN DE ENERGÍA DE3

TAMAULIPAS

Misión3

Visión3

CÓDIGO DE ÉTICA DE LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS3

DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE TAMAULIPAS

CÓDIGO DE CONDUCTA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS7

DE INTERÉS DE LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS

DE LA COMISIÓN DE ENERGÍA DE TAMAULIPAS

  1. CONOCIMIENTO Y ESTRICTO CUMPLIMIENTO DE LA8

    NORMATIVIDAD Y EL RESPETO DE LOS DERECHOS HUMANOS

  2. CUMPLIMIENTO DEL EMPLEO, CARGO O COMISIÓN EN EL8

    SERVICIO PÚBLICO

  3. USO Y ASIGNACIÓN DE RECURSOS8

  4. TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS9

  5. CONFLICTOS DE INTERÉS9

  6. IGUALDAD Y EQUIDAD DE GÉNERO10

  7. COMPORTAMIENTO DIGNO10

  8. RELACIONES CON OTRAS ÁREAS DE11

    LOS DIFERENTES ÁMBITOS DE GOBIERNO DEL

    ESTADO DE TAMAULIPAS.

  9. TOMA DE DECISIONES11

    1. Comité de Ética, Conducta y Prevención de Conflictos de Interés11

    2. Disposiciones Generales11

    GLOSARIO DE TÉRMINOS12

    MENSAJE DE LA O EL COMISIONADO

    Estimadas/os compañeras/os:

    Como todos ustedes saben el titular del Poder Ejecutivo del Gobierno de Tamaulipas es un decidido promotor de acciones para fortalecer la transparencia, rendición de cuentas, legalidad y combate a la corrupción. Para alinearnos a esos principios se ha integrado un Comité de Ética, Conducta y Prevención de Conflictos de Interés que elaboró el Código de Conducta de nuestra institución, tomando como base el Código de Ética de las y los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de Tamaulipas publicado en el Periódico Oficial del Estado No. 151 de fecha 19 de diciembre de 2017 y las Reglas de Integridad para el Ejercicio de la Función Pública que deberán ser observadas por los servidores de todas las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo del Estado de Tamaulipas, la Guía para elaborar el Código de Conducta y las Bases para la Evaluación del Cumplimiento y Desempeño de los Comités de Ética, Conducta y Prevención de Conflictos de Interés de las Dependencias y Entidades, publicadas en el Periódico Oficial del Estado Anexo al No. 64 del 30 de mayo de 2017.

    Te invito a que leas, conozcas y observes este Código de Conducta y Prevención de Conflictos de Interés. Estoy seguro que su contenido te auxiliará en las situaciones en las que no tengas claridad respecto a lo que debes hacer y lo que no debes hacer y así cumplir honorablemente tu trabajo. Estoy consciente de que los verdaderos cambios se gestan a partir de que las y los servidores públicos de manera individual y en su conjunto, asumimos hoy una verdadera cultura ética y de servicio a la sociedad, convencidos de la dignidad e importancia de nuestras actividades.

    Estoy convencido de que cuento con todo tu apoyo, entusiasmo y compromiso para seguir fortaleciendo a la Comisión de Energía de Tamaulipas, construyendo un futuro cada vez más prometedor, con servidoras y servidores públicos orgullosos de pertenecer a esta Comisión.

    Recuperar la confianza ciudadana, transparentar todas las acciones del gobierno, no tolerar la corrupción, modernizar los procesos, optimizar los recursos, evaluar permanentemente los resultados de las y los servidores públicos y de los programas institucionales, son compromisos asumidos para el ejercicio 2016-2022.

    Aprovechemos esta oportunidad de trabajar por un Tamaulipas honesto, competitivo y próspero y cumplir así con la confianza que la ciudadanía Tamaulipeca nos ha brindado a cada uno de nosotros. Por el bien de México.

    ATENTAMENTE

    LIC. ANDRÉS ALEJANDRO FUSCO CLYNES

    COMISIONADO DE ENERGÍA DE TAMAULIPAS

    MISIÓN Y VISIÓN DE LA COMISIÓN DE ENERGÍA DE TAMAULIPAS

    Misión

    La misión de la Comisión es establecer las políticas, estrategias y directrices que coadyuven en el desarrollo de la energía no renovable y el aprovechamiento de las energías renovables en el Estado de Tamaulipas, para contribuir objetivamente con el Plan Estatal de Desarrollo y sus metas, observando el marco regulatorio energético.

    Visión

    La Comisión contribuye en la autonomía energética del Estado de Tamaulipas y lo ha posicionado como una entidad federativa líder en la generación de energía en todos sus tipos.

    La Comisión tiene además como visión, ser una institución de (sic) gobierno estatal innovadora, transparente, que rinda cuentas en el manejo de los recursos públicos del Estado con una nueva cultura laboral altamente profesional y actitud de servicio, comprometida con la sociedad de manera integral.

    CÓDIGO DE ÉTICA DE LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE TAMAULIPAS

Capítulo I Artículo 1

Objeto del Código

Artículo 1°

El presente ordenamiento tiene por objeto establecer los principios y obligaciones éticas que rigen el servicio público en las Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas, así como las Reglas de Integridad que busca de las y los servidores públicos una actuación ética y responsable en el ejercicio de sus funciones, con transparencia y honestidad en la rendición de cuentas de la gestión pública estatal.

Capítulo II Artículos 2 y 3

Conceptos Generales

Artículo 2°

Los principios y valores consagrados en el Código de Ética que rigen el servicio público en las Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas, así como el Código de Conducta y las Reglas de Integridad son obligatorias para las y los servidores públicos sin distinción de nivel jerárquico, sin pasar por alto lo contemplado en diversas disposiciones aplicables a su desempeño, es obligación de todas y todos conocer el contenido del mismo y en consecuencia el compromiso de aplicarlo en el desempeño de su actividad.

La Contraloría y los Órganos Internos de Control, vigilarán en el ámbito de su competencia, el cumplimiento del presente Código de Ética.

Artículo 3° Las y los servidores públicos que ocupen un cargo, empleo o comisión sin distinción de su nivel jerárquico, deberán suscribir el compromiso de observancia de los valores éticos contemplados en el presente Código.
Capítulo III Artículo 4

Glosario

Artículo 4° Para los efectos de éste Código, se entenderá por:
  1. Administración Pública: Conjunto de Órganos Administrativos que tienen como función realizar una actividad para alcanzar el bien colectivo de un Estado, a partir de los servicios públicos;

  2. Código de Ética: Documento que contiene los principios y valores que rigen el desempeño de actuación de las y los servidores públicos del Gobierno del Estado de Tamaulipas;

  3. Comité: Comité de Ética del Gobierno del Estado de Tamaulipas;

  4. Comité de Ética: Instancia colegiada integrada por la o el C. Gobernador del Estado, las y los Titulares de las Dependencias, y la o el titular de la Contraloría Gubernamental; su función es la aplicación del Código de Ética;

  5. Conducta: Comportamiento de la persona en el servicio público;

  6. Conflicto de Interés: Posible afectación del desempeño imparcial y objetivo de las funciones de las y los servidores públicos, en razón de intereses personales, familiares o de negocios;

  7. Contraloría: Contraloría Gubernamental del Estado;

  8. Constitución: Constitución Política del Estado de Tamaulipas;

  9. Ética: Rama de la filosofía que se ocupa del estudio racional de la moral, la virtud, el deber, la felicidad y el buen vivir; en tanto requiere de la reflexión y de la argumentación;

  10. Ética Pública: Alude al perfil, formación y conducta responsable comprometida de las personas encargadas de las cuestiones públicas, es la ciencia del buen comportamiento en el servicio a la ciudadanía;

  11. Órganos Internos de Control: Unidades administrativas a cargo de promover, evaluar y fortalecer el buen funcionamiento del control interno en los entes públicos, así como aquellas otras instancias de los órganos constitucionales autónomos que, conforme a sus respectivas leyes, sean competentes para aplicar las leyes en materia de responsabilidades de las y los servidores públicos;

  12. Principios: Reglas o normas de carácter general y universal que orientan la acción de los seres humanos en sociedad;

  13. Servidoras y Servidores Públicos: Las personas que desempeñan un empleo, cargo o comisión en los entes públicos, en los ámbitos estatal y municipal, conforme a lo dispuesto en el artículo 149 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas; y

  14. Valor: Conjunto de principios que determinan el comportamiento de las personas, de acuerdo con lo que se considera bueno y deseable.

Capítulo IV Artículos 5 y 6

Principios Éticos

Artículo 5°

Las y los servidores públicos deberán observar en el ejercicio de su empleo, cargo o comisión, los principios tutelados en el presente Código en congruencia con los principios tutelados en los artículos 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 7 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Tamaulipas, 22 párrafo 1 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas, 5 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, 5 de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Tamaulipas; 13 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Tamaulipas, todos estos ordenamientos, son congruentes con el criterio del eje de transparencia y combate a la corrupción contemplado en el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022.

Artículo 6° Son principios aplicables a las y los servidores públicos, los siguientes:
  1. Bien Común: Las decisiones y acciones de las y los servidores públicos deben dirigirse a la...

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