Codigo de Conducta del Museo Interactivo Papagayo, Tabasco

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL MUSEO INTERACTIVO PAPAGAYO DEL ESTADO DE TABASCO

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Suplemento del Periódico Oficial del Estado de Tabasco, el sábado 16 de octubre de 2021.

ACUERDO POR EL QUE SE EMITE El CÓDIGO DE CONDUCTA AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS DEL MUSEO INTERACTIVO "PAPAGAYO" DEL ESTADO DE TABASCO.

Mtra. Eloísa Ocampo González, Directora General del Museo Interactivo Papagayo, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 17, fracción I, II, V, del Acuerdo de Creación del Museo Interactivo Papagayo, publicado en el suplemento D, al Periódico Oficial del Estado de Tabasco, número 6472 de fecha 15 de septiembre de 2004, así como el artículo 5 fracción I, II, V, VI, XIV, XVII, del Reglamento interior del Museo Interactivo Papagayo, publicado en el suplemento C, del Periódico Oficial del Estado de Tabasco 6872 de fecha 16 de julio de 2008, articulo 47 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco:

CONSIDERANDO

Que mediante suplemento C, al Periódico Oficial del Estado de Tabasco, Edición 8053 de fecha 09 de noviembre de 2019, se publicó el acuerdo 2185 por el cual se emite el Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas de la Administración Pública Estatal, que establece la obligación de las Dependencias y Entidades (sic) emitir sus respectivos Códigos de Conducta.

Que en términos del Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para la emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 12 de octubre de 2018, es facultad del Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Intereses, elaborar la propuesta de (sic) Código de Conducta para someterlo a consideración del Director General del Museo para su emisión, previa autorización del Órgano Interno de Control.

Toda vez que el Museo Interactivo Papagayo no cuenta con órgano de Control Interno, con fecha 02 de junio de 2021, se solicitó a la Secretaría de la Función Pública determinara persona competente para su aprobación, de conformidad a las facultades conferidas en el artículo 29 del Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas de la Administración Pública Estatal. En concatenación a lo anterior, en fecha 22 de junio de 2021, mediante oficio número SFP/DGNE/SN/0567/06/2021, la Secretaría autorizó al área Jurídica del Museo, para que sea la unidad administrativa encargada de aprobar el citado código.

Que mediante Oficio MIP/UAJ/008/2021 de fecha 05 de julio de 2021, la Titular de la Unidad de Apoyo Jurídico del Museo Interactivo Papagayo, aprobó el proyecto de (sic) Código de Conducta para las Personas Servidoras Públicas de dicha dependencia, propuesto por el Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés en la Primera Sesión Ordinaria de fecha 31 de mayo de 2021.

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL MUSEO INTERACTIVO PAPAGAYO

CONTENIDO

  1. INTRODUCCIÓN

  2. CARTA INVITACIÓN

  3. VISIÓN Y MISIÓN

  4. PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES

  5. VALORES

  6. REGLAS DE INTEGRIDAD

  7. MARCO JURÍDICO

  8. CÓDIGO DE CONDUCTA

  9. Respeto al marco normativo:

  10. Desempeño del cargo público:

  11. Respeto a los derechos humanos. Igualdad, no discriminación y equidad de género:

  12. Uso y cuidado de los recursos:

  13. Manejo de la información:

  14. Conflicto de intereses:

  15. Toma de decisiones:

  16. Relación con la sociedad:

  17. Medio ambiente, salud y seguridad:

  18. Capacitación y desarrollo:

  19. Conciliación de vida laboral y corresponsabilidad familiar

  20. Clima Laboral:

  21. Transparencia y rendición de cuentas:

  22. Adaptación al cambio:

  23. IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS ÉTICOS

  24. CARTA COMPROMISO

  25. GLOSARIO

  26. INTRODUCCIÓN.

    Las y los trabajadores del Museo Interactivo Papagayo asumimos el compromiso de fortalecer la transparencia y el combate a la corrupción, garantizando el adecuado cumplimiento de los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia, que den por resultado una conducta digna, generando condiciones que hagan posible la igualdad de oportunidades entre las personas, erradicando así a la discriminación y actos de violencia en nuestro actuar. Es construir una actitud, un estilo de vida, una cultura.

    El presente código de conducta tiene como referente lo que mandatan la Constitución Federal y Estatal, la Ley General de Responsabilidades Administrativas, el Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas de la Administración Pública Estatal y demás leyes y reglamentos, pretende describir de manera puntual y concreta la forma en que las y los trabajadores del Museo aplicarán los principios, valores y reglas de integridad. Las normas de conducta de las personas que laboramos en el Museo estarán basadas en una cultura organizacional que fomente los valores, cambio de actitudes, hacia una mayor eficacia y eficiencia, elevando la calidad de los servicios que brindamos.

    El servicio que proporciona el Museo deberá ejercerse con estricto apego a los principios éticos y los valores, plasmados en el presente código, que emanan de los distintos ordenamientos jurídicos que rigen nuestra actuación en el desempeño de nuestras funciones, ponderando siempre el bien común, actuar con honestidad y rectitud, de forma transparente, tolerante, en un ambiente de igualdad, con un trato digno, íntegro y que el trabajo en equipo fortalezca día a día el ejercicio de nuestras funciones.

    Este código es un compromiso que asumimos los servidores públicos del Museo, contiene las reglas de integridad para el ejercicio de la función pública, y los lineamientos generales para propiciar la probidad de las personas y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, siendo un instrumento que establece los valores que todo servidor público debe anteponer en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o funciones.

    Los servidores públicos debemos actuar conforme a las funciones, facultades y atribuciones que las normas expresamente les confieren y en todo momento someter su actuación a las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas atribuibles a su empleo, cargo, o comisión, por lo que deberán conocer y asumir el compromiso de cumplirlas.

  27. CARTA INVITACIÓN.

    PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS DEL MUSEO INTERACTIVO PAPAGAYO.

    PRESENTE.

    El Museo Interactivo Papagayo, se ha caracterizado por promover, mediante el juego y los conocimientos científicos y tecnológicos, el desarrollo de la capacidad intelectual de los niños, con la visión de consolidarnos como un referente educativo y cultural en el estado de Tabasco y del sureste mexicano. Para ello, es de gran importancia contar con el compromiso, la dedicación y el esfuerzo de todos y cada uno de los servidores públicos que integran esta gran comunidad.

    Conducirse de manera ética en el cumplimiento del ejercicio de nuestro empleo, cargo, o comisión, es una tarea que a todos los servidores públicos nos ha sido encomendada, con fundamento en el artículo 109 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del numeral 6 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, de los cuales se desprenden que todos los entes públicos están obligados a crear y mantener condiciones estructurales y normativas que permitan el adecuado funcionamiento del Estado en su conjunto, y la actuación ética y responsable de cada persona servidora pública en el desarrollo de sus funciones.

    El presente código servirá como una guía esencial que ofrece los lineamientos necesarios para orientar nuestra conducta al cumplimiento de las leyes que nos rigen y de las responsabilidades que tenemos como servidores públicos, absteniéndose para tales efectos de toda acción u omisión que pueda dañar la reputación y los intereses del Museo. En tal sentido, al ser el presente documento de conocimiento público y de observancia obligatoria, se les hace la cordial invitación para conocer y aplicar el presente Código de Conducta, confiando que los principios, reglas y valores que en el mismo se encuentren estipulados se reflejaran en el diario desempeño de nuestras labores, logrando que impere una conducta recta y responsable que dignifique la función pública y fomente la confianza de la ciudadanía en las instituciones, contribuyendo de tal manera con el progreso de nuestro país y el fortalecimiento de la sociedad.

    ATENTAMENTE

    Mtra. Eloísa Ocampo González.

    Directora General del Museo Interactivo Papagayo.

  28. VISIÓN Y MISIÓN.

    El personal que labora en el Museo nos regimos por la visión, misión y valores que nos dan identidad, sentido de pertenencia, y congruencia entre el ser y quehacer cotidiano, sustentado en la equidad, inclusión, combate a la corrupción y transparencia en el manejo de la información.

    Visión. Ser un referente educativo y cultural del estado de Tabasco y un nodo de información, colaboración, innovación y creación de espacios con programas educativos, interactivos en el sureste mexicano.

    Misión. Brindar un espacio educativo y cultural para que las niñas y niños de Tabasco y sus familias creen, desarrollen y ejerciten habilidades cognitivas, emocionales y sociales para el conocimiento y apropiación de la ciencia, tecnología y arte, por medio de recursos interactivos y colaborativos.

  29. PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES

    Los Servidores Públicos observarán en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los siguientes principios constitucionales y legales:

    - Disciplina.

    - Legalidad.

    - Objetividad.

    - Profesionalismo.

    - Honradez.

    - Lealtad.

    - Imparcialidad.

    - Integridad.

    - Economía.

    - Rendición de cuentas.

    - Competencia por mérito.

    - Transparencia.

    - Eficacia.

    - Eficiencia.

    - Equidad.

  30. VALORES.

    Los valores que toda persona pública del Museo debe anteponer en el desempeño de su empleo...

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