Codigo de Conducta del Instituto Hidalguense de Competitividad Empresarial

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL INSTITUTO HIDALGUENSE DE COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Alcance ocho del Número 50 del Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el viernes 17 de diciembre de 2021.

L.A. SOCORRO MONSERRAT MENESES RODRÍGUEZ, ENCARGADA DEL DESPACHO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL INSTITUTO HIDALGUENSE DE COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES Y OBLIGACIONES QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 3, 4 Y 15 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE HIDALGO; 15, FRACCIONES I, XIV Y XXII DE LA LEY DE ENTIDADES PARAESTATALES PARA EL ESTADO DE HIDALGO; 11, FRACCIÓN XVIII DEL DECRETO QUE MODIFICA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL QUE CREÓ AL INSTITUTO HIDALGUENSE DE COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE HIDALGO, EL DÍA 30 DE AGOSTO DE 2021 Y 6, FRACCIÓN I DEL CÓDIGO DE ÉTICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE HIDALGO; Y

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO. Que el Instituto Hidalguense de Competitividad Empresarial, es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, sin fines de lucro, cuyo objetivo es el de instrumentar programas y acciones que impulsen, respalden, promuevan y favorezcan el incremento de la competitividad empresarial del Estado de Hidalgo, permitiendo un mayor flujo de inversiones, generando más y mejores empleos formales y productivos, en pro de un desarrollo más equilibrado y sustentable, lo anterior fundamentado en la Actualización del Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022, en el Eje 2: Hidalgo Próspero y Dinámico, con el Objetivo Estratégico: 2.1. Entorno Económico Dinámico e Innovador y el Objetivo General: 2.1.2 Impulso a las micro, pequeñas y medianas empresas y del Programa Institucional del IHCE.

SEGUNDO. Que el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022 establece en su Eje Rector 1. "Gobierno Honesto, Cercano y Moderno", en específico en el punto 1.1.1 correspondiente al "Cero Tolerancia a la Corrupción", combatir la corrupción, de tal manera que la actuación de los servidores públicos se apegue a los principios y valores éticos.

TERCERO. Que dentro del sector público es importante considerar los aspectos legales y normativos que permitan contribuir desde distintos paradigmas la ética pública, mediante la cual la sociedad pueda recuperar la confianza en los servidores públicos, con la finalidad de que la atención hacia las personas beneficiadas sea de calidad, efectividad y logre atender y resolver las necesidades de los emprendedores y empresarios.

CUARTO. Que en términos del artículo 25 del Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, cada dependencia emitirá un Código de Conducta en el que se especificará de manera puntual y concreta la forma en la que los servidores públicos aplicarán los principios, valores y reglas contenidas en el Código de Ética antes citado.

Por lo anterior, tengo a bien expedir el siguiente:

A C U E R D O

QUE CONTIENE EL CÓDIGO DE CONDUCTA DEL INSTITUTO HIDALGUENSE DE COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL.

CAPÍTULO I

DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

  1. El presente Código de Conducta es un elemento de la política de integridad de los entes públicos de la Administración Pública Estatal para el fortalecimiento de un servicio público ético e íntegro.

    Es el instrumento que contiene los principios, valores y reglas de integridad considerados como fundamentales para la definición del rol del servicio público y que busca incidir en el comportamiento y desempeño de los servidores públicos, para formar una ética e identidad profesional compartida y un sentido de orgullo de pertenencia al servicio público, contemplando de igual manera los principios constitucionales invocados en la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

  2. El lenguaje empleado en este Código, no busca generar ninguna distinción ni marcar diferencias entre hombres y mujeres, por lo que las referencias o alusiones en redacción hechas hacia un género representan a ambos sexos; sin embargo, se prioriza la comunicación y redacción con prospectiva de género.

  3. El Objetivo de este Código es procurar el cumplimiento de los principios, valores y reglas de integridad que deben prevalecer en la actuación de todas las personas servidoras públicas adscritas al Instituto, e incentivar la inclusión de todos aquellos valores que como consecuencia de su observancia den como resultado la prestación de un servicio más eficiente, leal, honesto, diligente, transparente y comprometido; en beneficio de empresarios y emprendedores del Estado, así como de todas (sic) personas que se relacionan de forma directa o indirecta del Instituto Hidalguense de Competitividad Empresarial, incluyendo a los propios compañeros de trabajo.

  4. Misión: Brindar un apoyo integral a emprendedores y empresarios que permita incrementar los niveles de competitividad empresarial del Estado de Hidalgo y que acorde a las necesidades del sector, genere esquemas de atención especializada de acuerdo al tamaño y requerimientos específicos de cada empresa.

  5. Visión: Consolidarse como la entidad estatal que dé respuesta a las necesidades del sector empresarial en materia de competitividad, a través del acompañamiento, formación de capital humano y financiamiento.

  6. Además de las definiciones previstas en el Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, para efectos de este Código se entenderá por:

    1. Código de Conducta: Código de Conducta del Instituto Hidalguense de Competitividad Empresarial, instrumento emitido por la persona servidora pública que ocupe la titularidad a propuesta de su Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés, con el visto del Órgano Interno de Control del IHCE, cuyo fin es orientar la actuación de los servidores públicos en el desempeño de sus cargos, funciones y actividades en el Instituto;

    2. Código de Ética: Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, instrumento deontológico a que refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, que establece los parámetros generales de valoración y actuación respecto al comportamiento al que aspira una persona servidora pública, en el ejercicio de su empleo, cargo o comisión, a fin de promover un gobierno transparente, íntegro y cercano a la ciudadanía;

    3. Comité: Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés del Instituto Hidalguense de Competitividad Empresarial, órgano integrado que tiene a su cargo el fomento de la ética e integridad en el servicio público y la prevención de conflictos de interés a través de acciones de orientación, capacitación y difusión en el Instituto;

    4. Discriminación: Es una práctica cotidiana que consiste en un trato desfavorable o de desprecio a determinada persona o grupo;

    5. Género: Se refiere a los conceptos sociales de las funciones, comportamientos, actividades y atributos que cada sociedad considera...

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