Codigo de Conducta de la Comision Estatal para el Desarrollo Sostenible de los Pueblos Indigenas, Hidalgo

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA COMISIÓN ESTATAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el lunes 4 de enero de 2021.

Lic. César Herrera Lara, Encargado del Despacho de la Comisión Estatal para el Desarrollo Sostenible de los Pueblos Indígenas, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 15 fracciones I, XIV y XXII de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Hidalgo, 16 fracción I del Decreto que modifica diversas disposiciones del Decreto que crea a la Comisión Estatal para el Desarrollo Sostenible de los Pueblos Indígenas; 6 fracción I y 25 del Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Hidalgo; y

CONSIDERANDO

[...]

Por lo expuesto, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

QUE CONTIENE EL CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA COMISIÓN ESTATAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS

Capítulo I

De las disposiciones Generales

  1. El presente Código de Conducta, es de observancia general y obligatoria para los servidores públicos de la Comisión Estatal para el Desarrollo Sostenible de los Pueblos Indígenas, de tal manera que lo dispuesto en este Código deberá observarse durante la totalidad del tiempo de desempeño del empleo, cargo o comisión dependiente del Organismo; a través del cual se establecen los principios, valores y reglas de integridad considerados en el Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, con la finalidad de dar certidumbre en el actuar de los servidores públicos, para formar una ética e identidad profesional compartida y un sentido de orgullo de pertenencia al servicio público.

  2. El presente Código de Conducta, es un instrumento que permite concientizar y elevar la calidad de servicio al promover una conducta de integridad, trato digno e igualitario, el cual de manera puntual y concreta especifica la forma en que los servidores públicos de la Comisión Estatal para el Desarrollo Sostenible de los Pueblos Indígenas aplicarán los principios, valores y reglas de integridad considerados en el Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, con la finalidad de prevenir conflictos de interés, actos de corrupción o incurrir en cualquier falta administrativa.

  3. El lenguaje empleado en este Código no busca generar ninguna distinción, ni marcar diferencias entre hombres y mujeres, por lo que las referencias o alusiones en la redacción hechas hacia un género representan a ambos sexos.

  4. Para efectos de la comprensión de este Código de Conducta se entenderá por:

    1. CEPCI: Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés;

    2. Código de Conducta: Instrumento deontológico que establece los principios, valores y reglas de integridad a las que aspira el servidor público dentro de la CEDSPI;

    3. Código de Ética: El Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Hidalgo. Instrumento deontológico, que establece los parámetros generales de valoración y actuación respecto al comportamiento al que aspira un servidor público, en el ejercicio de su empleo, cargo o comisión, a fin de promover un gobierno transparente, íntegro y cercano a la ciudadanía;

    4. CEDSPI: Comisión Estatal para el Desarrollo Sostenible de los Pueblos Indígenas;

    5. Estado: El Estado Libre y Soberano de Hidalgo;

    6. PAT: Programa Anual de Trabajo del Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés de la CEDSPI; y

    7. Servidores Públicos: Las personas mujeres y hombres que desempeñan un empleo, cargo o comisión en la CEDSPI conforme a lo dispuesto en el artículo 149 de la Constitución Política del Estado.

  5. Misión: Generar condiciones para el desarrollo económico y social sostenible de los pueblos Indígenas del Estado de Hidalgo, orientando y promoviendo las políticas públicas para superar la desigualdad, pobreza y extrema marginación que padecen, en un marco de respeto a su medio ambiente, herencia cultural y derechos individuales.

  6. Visión: Ser un elemento detonante para que los pueblos indígenas del Estado de Hidalgo logren vivir en condiciones económicas y sociales dignas, logrando la autosuficiencia y que contribuyan de manera activa al desarrollo y progreso del estado en un marco de interculturalidad e igualdad con los diversos sectores de la sociedad.

  7. Objetivo: Orientar, coordinar, promover, apoyar, fomentar, dar seguimiento, ejecutar y evaluar programas, proyectos, estrategias y acciones públicas orientadas al desarrollo integral y sostenible, que contribuyan al desarrollo económico de los pueblos indígenas.

Capítulo II

De los Principios, Valores y Reglas de Integridad

  1. Principios. Son aquellos que rigen la actuación de los servidores públicos de la CEDSPI: Legalidad, Honradez, Lealtad, Imparcialidad, Eficiencia, Economía, Disciplina, Profesionalismo, Objetividad, Transparencia, Rendición de Cuentas, Competencia por Mérito, Eficacia, Integridad y Equidad.

    Los servidores públicos de la CEDSPI en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, deberán observar las siguientes conductas:

    1. Legalidad. Conocer, aplicar y cumplir las leyes, normas y reglamentos, que regulen su empleo, cargo o comisión, debiendo actuar con estricto apego y cumplimiento de las leyes, reglamentos, acuerdos, decretos, reglas de operación y otras disposiciones aplicables, respetando siempre el estado de derecho;

    2. Honradez. Conducirse con rectitud sin valerse de su empleo, cargo o comisión, para obtener algún beneficio o ventaja personal, ni aceptar compensaciones, prestaciones, dádivas o regalos de cualquier persona, y/u organización, debido a que lo anterior compromete su empleo, cargo o comisión;

    3. Lealtad. Comprometerse con la CEDSPI, asumiendo las responsabilidades inherentes a su empleo, cargo o comisión, realizar su...

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