Acuerdo que modifica el similar que establece la clasificación y codificación de mercancías y productos cuya importación, exportación, internación o salida está sujeta a regulación sanitaria por parte de la Secretaría de Salud

Fecha de disposición26 Octubre 2005
Fecha de publicación26 Octubre 2005
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO que modifica el similar que establece la clasificación y codificación de mercancías y productos cuya importación, exportación, internación o salida está sujeta a regulación sanitaria por parte de la Secretaría de Salud.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

FERNANDO DE JESUS CANALES CLARIOND, Secretario de Economía, y JULIO JOSE FRENK MORA, Secretario de Salud, con fundamento en los artículos 34 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. fracción III, 5o. fracción III, 15, 16, 17, 20 y 21 de la Ley de Comercio Exterior; 36 fracción I inciso c) y II inciso b), 104 fracción II y 113 de la Ley Aduanera; 3 fracción XXII, 17 bis, 194, 194 bis, 283, 284, 285, 286, 286 bis, 289, 295, 368 y 375 fracciones VI, VIII y IX de la Ley General de Salud; 4o., 8o., 15, 232, 238 y demás aplicables del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios; 5 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía; 2o. inciso C fracción X, 6 y 7 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y 1, 3 fracción I, 10 fracción II y 14 fracción II del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, y

CONSIDERANDO

Que el Programa Nacional de Salud 2001-2006, conforme al Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, tiene como propósito dar plena realización a los principios y mandatos contenidos en el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en las disposiciones de la Ley General de Salud;

Que con fecha 29 de marzo de 2002, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías y productos cuya importación, exportación, internación o salida está sujeta a regulación sanitaria por parte de la Secretaría de Salud, modificado mediante diversos dados a conocer en el mismo órgano informativo el 27 de marzo de 2003, 27 de enero y 1 de abril de 2005;

Que para que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) pueda ejercer un adecuado control y vigilancia en materia de medicamentos y otros insumos para la salud, órganos, tejidos, alimentos y bebidas, productos de perfumería, belleza y aseo, sustancias tóxicas o peligrosas para la salud, materias primas y aditivos que intervengan en la elaboración de los productos anteriores; es necesario actualizar el esquema de las regulaciones técnicas al comercio exterior aplicables;

Que conforme a lo dispuesto por los artículos 20 de la Ley de Comercio Exterior, y 36 fracciones I, inciso c) y II, inciso b) de la Ley Aduanera, sólo podrán hacerse cumplir en el punto de entrada o salida al país, las regulaciones no arancelarias cuyas mercancías hayan sido identificadas en términos de sus fracciones arancelarias y nomenclatura que les corresponda;

Que en cumplimiento a las Metas Presidenciales de Buen Gobierno, la Secretaría de Salud ha continuado desarrollando acciones de mejora regulatoria, tales como la eliminación de trámites y la simplificación administrativa, flexibilizando la regulación aplicable a sustancias que no representan un riesgo sanitario pero que de acuerdo con la Ley General de Salud deben controlarse, por lo que estima conveniente simplificar los procedimientos para verificar las mercancías sujetas a normas oficiales mexicanas sanitarias, con objeto de reducir costos a los usuarios, y

Que conforme al artículo 6 de la Ley de Comercio Exterior, la Comisión de Comercio Exterior opinó favorablemente la publicación de las regulaciones no arancelarias en materia de salubridad, aplicables a la importación o exportación de mercancías, en términos de la codificación y descripción de las fracciones arancelarias que les corresponden conforme a la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, hemos tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO QUE MODIFICA EL SIMILAR QUE ESTABLECE LA CLASIFICACION Y CODIFICACION DE MERCANCIAS Y PRODUCTOS CUYA IMPORTACION, EXPORTACION, INTERNACION O SALIDA ESTA SUJETA A REGULACION SANITARIA POR PARTE DE LA SECRETARIA DE SALUD

ARTICULO 1o

Se reforma el artículo 8 del Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías y productos cuya importación, exportación, internación o salida está sujeta a regulación sanitaria por parte de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de marzo de 2002, modificado mediante diversos dados a conocer en el mismo órgano informativo el 27 de marzo de 2003, 27 de enero y 1 de abril de 2005, para quedar como sigue:

ARTICULO 8.- Lo dispuesto en los artículos 1 apartado A, 2 apartados A y C, y 4 del presente Acuerdo no se aplicará a los productos, residuos y subproductos que se destinen al régimen de importación definitiva luego de haber sido obtenidos en el territorio nacional mediante un proceso productivo efectuado por empresas que...

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