Circular que establece la información que deberán proporcionar las sociedades de información crediticia al Banco de México

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El pasado 3 de diciembre, el Banco de México dio a conocer en el DOF la Circular 60/2008 relativa a las modificaciones a las Reglas generales a las que deberán sujetarse las operaciones y actividades de las sociedades de información crediticia y sus usuarios, misma que entró en vigor el día siguiente a su publicación, es decir, el 4 de diciembre.

La circular en cita adiciona una regla decimosexta a las reglas generales, a fin de establecer que las sociedades de información crediticia deberán proporcionar al Banco de México, a través de la Dirección general de análisis del sistema financiero, en los términos que ésta indique, lo siguiente:

  1. La información que conste en sus bases de datos.

  2. Los reportes de crédito especiales de las personas morales.

  3. Los...

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