Circular Núm. 5 por La que Se Informa los Días que Serán Inhábiles con Suspensión de Labores para El Personal del Poder Judicial del Estado, con Excepción de Los Juzgados Mencionados en La Misma

PODER JUDICIALSUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADOCIRCULAR NÚM. 5

POR LA QUE SE INFORMA LOS DÍAS QUE SERÁN INHÁBILES CON SUSPENSIÓN DE LABORES PARA EL PERSONAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO, CON EXCEPCIÓN DE LOS JUZGADOS MENCIONADOS EN LA MISMA.

C I R C U L A R NUM. 5

AÑO JUDICIAL 2014 - 2015 SECRETARÍA GENERAL DE ACUERDOS DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIACC. MAGISTRADOS, JUECES DE PRIMERA INSTANCIA, PROYECTISTAS JURÍDICOS, JUECES MIXTOS DE PAZ, CENTRO ESTATAL DE JUSTICIA ALTERNATIVA, JEFES DE LAS OFICINAS DE SERVICIOS COMUNES, ÁREAS ADMINISTRATIVAS YPÚBLICO EN GENERAL.

P R E S E N T E S.-

El Supremo Tribunal de Justicia determinó girar la presente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado y 123 del Reglamento Interior del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, para informar los días que serán inhábiles con suspensión de labores para el personal del Poder Judicial del Estado, comprendidos en el calendario actual, que son los siguientes:

DÍA INHÁBIL CONMEMORACIÓN 01 DE ENERO JUEVES

AÑO NUEVO.

02 DE FEBRERO LUNES

POR EL DÍA 5 ANIVERSARIO DE LA CONSTITUCIÓN MEXICANA.

16 DE MARZO LUNES

EN CONMEMORACIÓN DEL NATALICIO DE BENITO JUÁREZ, EL DÍA 21 DEL MISMO MES.

02 Y 03 DE ABRIL JUEVES Y VIERNES

JUEVES Y VIERNES SANTOS.

01 DE MAYO VIERNES

DIA DEL TRABAJO.

05 DE MAYO MARTES

BATALLA DE PUEBLA.

16 DE SEPTIEMBRE MIERCOLES

ANIVERSARIO DE LA INDEPENDENCIA DE MÉXICO.

01 DE NOVIEMBRE DOMINGO

DIA DE TODOS LOS SANTOS.

02 DE NOVIEMBRE LUNES

DIA DE LOS DIFUNTOS.

16 DE NOVIEMBRE LUNES

EN CONMEMORACIÓN DEL ANIVERSARIO DE LA REVOLUCIÓN MEXICANA, EL DÍA 20 DEL MISMO MES.

25 DE DICIEMBRE VIERNES

NAVIDAD.

Lo anterior, con excepción de los Juzgados Especializado en la Impartición de Justicia para Adolescentes y Mixto de Armería; los Juzgados del Sistema Penal Mixto, Salas y Juzgados del Nuevo Sistema de Justicia Penal, así como Juzgados Familiares y Mixtos que conozcan de la materia familiar; los que tomarán las providencias necesarias a fin de atender los asuntos urgentes de su competencia, así determinados por la Ley.

Los Juzgados Familiares, y Mixtos que conozcan de la materia familiar, para la atención de asuntos urgentes en los días inhábiles señalados, sábados y domingos, recibirán directamente las promociones que se les presenten y asignarán un número provisional de expediente en su caso, acudiendo a las primeras horas del día hábil siguiente ante la Oficialía de Partes que corresponda para la...

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