Acuerdo y Modificación al Programa Parcial de Urbanización del Fraccionamiento Denominado 'palma Alegre', que En lo Sucesivo Se Llamará Fraccionamiento Jardines del Chamizal', Localizado al Noreste de La Ciudad de Tecomán, Colima

Fecha de disposición15 Marzo 2008
Fecha de publicación15 Marzo 2008
SecciónSección General
Número de Gaceta12

ACUERDOY MODIFICACIÓN AL PROGRAMA PARCIAL DE URBANIZACIÓN DEL FRACCIONAMIENTO DENOMINADO "PALMA ALEGRE", QUE EN LO SUCESIVO SE LLAMARÁ FRACCIONAMIENTO JARDINES DEL CHAMIZAL", LOCALIZADO AL NORESTE DE LA CIUDAD DE TECOMÁN, COLIMA.

JESÚS SILVERIO CAVAZOS CEBALLOS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracción III, de la Constitución Política Local, y con fundamento en lo previsto por los artículos 58, fracción XXXIV, del propio texto Constitucional y 71, 283 y 284 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado; y C O N S I D E R A N D O SPRIMERO.-

Que mediante oficio número 01.061/08, de fecha 12 de febrero del año 2008 y recibido en la Dirección General de Gobierno el día 28 del mismo mes y año, el Secretario de Desarrollo Urbano solicitó del Ejecutivo a mi cargo la publicación, en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del documento que contiene la modificación al Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "Palma Alegre" que en lo sucesivo se llamará fraccionamiento "JARDINES DEL CHAMIZAL", localizado al Noreste de la Ciudad de Tecomán, Colima, el cual es promovido por la empresa denominada Promotora Bracamontes de Occidente, S.A. de C.V., representada por el Lic. Jorge Bracamontes Sánchez.

SEGUNDO.-

Que el Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "Palma Alegre", localizado al Noreste de la Ciudad de Tecomán, Colima, fue aprobado por el H. Cabildo del Municipio de Tecomán, Colima, el 11 de noviembre del año 1997, y mediante Acuerdo de fecha diecinueve de diciembre del mismo año, el Titular del Ejecutivo autorizó su publicación en el Periódico Oficial "El Estado de Colima", misma que se llevó a cabo en su edición No. 6, de fecha 7 de febrero del año 1998; pero no obstante, por diversas circunstancias, el programa nunca se llegó a desarrollar, por lo cual, el actual promovente decidió desarrollar un nuevo proyecto de lotificación que se ajuste a las circunstancias actuales de mercado y al que decidió llamar fraccionamiento "JARDINES DEL CHAMIZAL", que fue aprobado por el H. Cabildo del Municipio de Tecomán, Colima, el día 24 de enero del año 2008, según constancia certificada expedida el día 29 del mismo mes y año, por el Lic. Salvador Ochoa Romero, Secretario del H. Ayuntamiento Constitucional de Tecomán, Colima, misma que se encuentra archivada en el expediente correspondiente que tiene a su cargo la Dirección General de Gobierno.

TERCERO.-

Que el C. Ing. Eduardo Gutiérrez Navarrete, Secretario de Desarrollo Urbano, en ejercicio de la facultad que a la dependencia a su cargo le confiere el artículo 20, fracción X, de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima, dictaminó la congruencia respecto a la modificación del Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "Palma Alegre" que en lo sucesivo se llamará fraccionamiento "JARDINES DEL CHAMIZAL", localizado al Noroeste de la Ciudad de Tecomán, Colima, conforme se asienta en el oficio que se menciona en el Considerando Primero del presente Acuerdo.

CUARTO.-

Que por haberse cumplido los requisitos previstos en la Ley de la materia y para que surta los efectos legales correspondientes, es procedente publicar en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", el documento que contiene la modificación al Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "Palma Alegre" que en lo sucesivo se llamará fraccionamiento "JARDINES DEL CHAMIZAL", localizado al Noreste de la Ciudad de Tecomán, Colima, tomando en consideración que esta autorización no surte efectos en terrenos que se encuentren bajo el régimen de propiedad ejidal; así como en aquellos, cuyo propietario no haya atendido lo dispuesto en los artículos del 84 al 89 de la Ley Agraria en vigor, los cuales otorgan al Gobierno del Estado, prioridad sobre el Derecho de Preferencia.

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVOEn tal virtud he tenido a bien expedir el siguiente:

A C U E R D O

ÚNICO.-

Por haberse cumplido las disposiciones legales correspondientes, se ordena la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", el documento que contiene la modificación al Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "Palma Alegre" que en lo sucesivo se llamará fraccionamiento "JARDINES DEL CHAMIZAL", localizado al Noreste de la Ciudad de Tecomán, Colima, lo cual fue aprobado por el H. Cabildo en sesión celebrada el día 24 de enero del año dos mil ocho, tomando en consideración que esta autorización no surte efectos en terrenos que se encuentren bajo el régimen de propiedad ejidal; así como en aquellos, cuyo propietario no haya atendido lo dispuesto en los artículos del 84 al 89 de la Ley Agraria en vigor, los cuales otorgan al Gobierno del Estado, prioridad sobre el Derecho de Preferencia.

T R A N S I T O R I O

ÚNICO.-

El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "El Estado de Colima".

Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y observe.

Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo, en Palacio de Gobierno el día veintiocho del mes de febrero del año dos mil ocho.

Atentamente. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN. EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, LIC. JESÚS SILVERIO CAVAZOS CEBALLOS. Rúbrica. EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, LIC. HÉCTOR MICHEL CAMARENA. Rúbrica. EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO, ING. EDUARDO GUTIÉRREZ NAVARRETE. Rúbrica.

FASE DE ANTECEDENTESIntroducción:

El sábado 7 de febrero de 1998 se publicó en el Periódico Oficial " El Estado de Colima " el proyecto del Programa Parcial de Desarrollo Urbano denominado " fraccionamiento Palma Alegre " promovido por la empresa Infraestructura Rural., S. A de C. V.

El proyecto constaba de un total de 454 lotes vendibles con superficies promedio de 111.00m 2 con usos de suelo de habitacional unifamiliar de densidad alta, en un predio rústico con una superficie de 84,857.34m 2.

No obstante, por diversas circunstancias nunca se llegó a desarrollar el proyecto aprobado, por lo que actualmente el L. E. Jorge Bracamontes Sánchez apoderado legal de la propietaria ha decidido desarrollar el proyecto, elaborando para ello un nuevo proyecto de lotificación que se ajuste más a las circunstancias de mercado actuales, al que ha decidido llamar fraccionamiento "Jardines del Chamizal".

El predio se localiza al noreste de la Ciudad de Tecomán, Col., colindando al norte con el Camino a la Cuarta, al sur con el Fraccionamiento Jardines de Tecomán, al oriente con el...

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