CG-R-19/24. RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL, MEDIANTE LA CUAL RESUELVE EL RECURSO DE INCONFORMIDAD IDENTIFICADO BAJO EL NÚMERO DE EXPEDIENTE IEE/RI/019/2024, PROMOVIDO POR EL PARTIDO POLÍTICO DENOMINADO PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN IDENTIFICADA CON LA CLAVE CME-CLV-R-05/24, EMITIDA POR EL CONSEJO MUNICIPAL ELECTORAL DE CALVILLO DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE AGUASCALIENTES

Fecha de publicación17 Abril 2024
Pág. 118 PERIÓDICO OFICIAL Abril 17 de 2024
78, fracción XX, 143, 144, 145, f racción III, 147, 314, 317, 330, 331, 332, 333 y 334 del Código Electoral del Estado de Aguascalientes; Lineamientos
del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes, para la implementación de acciones afirmativas en favor de los grupos de atención prioritaria en la
postulación de candidaturas, en el Proc eso Electoral Concurrente 2023-2024 en Aguascalientes y su respectiva Adenda; este Consejo General del
Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes emite la siguiente:
42.
R E S O L U C I Ó N
43.
PRIMERO. Este Consejo General es competente par a emitir la presente resolución, de conformidad con lo establecido por los artículos 75,
fracciones XX y XXX, 330 primer párrafo y 332 del Código Electoral del Estado de Aguascalientes.
44.
SEGUNDO. Este Consejo General determina CONFIRMAR la resolución impugnada de clave CME-AGS-R-03/24, por el partido político
denominado MORENA, en términos del Consideran do UNDECIMO de la presente resolución.
45.
TERCERO. La presente resolución surtirá sus efectos legales des de el momento de su aprobación.
46.
CUARTO. Infórmese mediante oficio acompañado de copia cert ificada de la presente resolución al Consejo Municipal Elector al de Aguascalientes
del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes, de conformidad con lo establecido en los artículos 253, primer párrafo, 318, 320 fr acción IV, del
Código Electoral para el Estado de Aguascalient es.
47.
QUINTO. Se tienen por notificados de la present e resolución, a los partidos políticos cuyas representaciones estuvieron presentes en esta s esión,
de conformidad con lo establecido en lo s artículos 325 del Código Electoral para el Estado de Aguas calientes y 46, segundo párrafo del Reglamento
de Reuniones y Sesiones del Consejo Gene ral del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes; y en caso de no haberlo estado, notifíqueseles
mediante oficio a través de la Secretaría Ejecutiva de este Consejo General, en cumplimiento a los artículos 320, fracción IV del Código Electoral
para el Estado de Aguascalientes; 57, segundo párraf o, fracción XX del Reglamento Interior del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes y 46,
primer párrafo del Reglamento de Reuniones y Ses iones del Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguas calientes.
48.
SEXTO. Notifíquese por estrados y en la página web oficial de este I nstituto la presente resolución, en términos de lo establecido por los artículos
318, 320 fracción III, 323 y 326 del Código Electoral para el Estado de Aguascalientes; 30, segundo párrafo, fracción XXIII del Reglamento Interior
del Instituto Estatal Electoral de Ag uascalientes y 48 numeral 1 del Reglamento de Reunion es y Sesiones del Consejo General del Instituto Estatal
Electoral de Aguascalientes.
49.
SÉPTIMO. Solicítese a la Secretaría General d e Gobierno la publicación de la presente resolución en el Periódico Oficial del Estado, lo anterior
con fundamento en lo establecido en los artículo s 320, fracción VI del Código Electoral del Estado de Aguas calientes y 48, numeral 2 del Reglamento
de Reuniones y Sesiones del Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguasc alientes, a fin de hacerlo del conocimient o general, y en
atención al principio de máxima publicidad.
50.
OCTAVO. Infórmese que el catálogo de medios de im pugnación en contra de la presente determinación, podrá encontrarlo, se gún le resulte
conveniente, dentro de los artículos 297 del C ódigo Electoral para el Estado de Aguascal ientes; 7° de los “Lineamientos para la tramitación,
sustanciación y resolución del Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, el Juicio Electoral, y Asunto General,
competencia del Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes”, o bien, 3°, se gundo párrafo de la Ley Gener al del Sistema de Medios de
Impugnación en Materia Electoral.
51.
La presente resolución fue tomada en sesi ón extraordinaria del Consejo General del Instituto Estatal Electo ral, celebrada a los ocho días del mes de
abril del año dos mil veinticuatro. -Conste.
LA CONSEJERA PRESIDENTA
EL SECRETARIO EJECUTIVO INTERINO
LIC. CLARA BEATRIZ
JIMÉNEZ GONZÁLEZ
MTRO. FIDEL MOISÉS
CAZARÍN CALOCA
Así la aprobaron, por unanimidad de votos, las y los Consejeros Electorales que integran el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes; lo anterior,
de conformidad con la fracción I del artículo 36 del Reglamento de Reuniones y Sesiones del Consejo General del Instituto Estatal Electoral.
INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL
CG-R-19/24
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL, MEDIANTE LA CUAL RESUELVE EL RECURSO DE
INCONFORMIDAD IDENTIFICADO BAJO EL NÚMERO DE EXPEDIENTE IEE/RI/019/2024, PROMOVIDO POR EL PARTIDO POLÍTICO
DENOMINADO PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN IDENTIFICADA CON LA CLAVE CME-CLV-R-05/24,
EMITIDA POR EL CONSEJO MUNICIPAL ELECTORAL DE CALVILLO DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE AGUASCALIENTES.
1.
Reuniéndose en sesión extraordinaria en la sede1 del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes2, las y los integrantes del Consejo General3, previa
convocatoria de su presidenta y determinación del cuórum legal, con base en los siguient es:
1 A través de su asistencia presencial y/o virtual, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3°, fracciones III y IV y 4° numerales 2 y 6 del Reglamento de
Reuniones y Sesiones del Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes.
2 En lo sucesivo “Instituto”.
3 Se hace referencia al Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes, y con posterioridad se entenderá como Consejo General.
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