CFDI versión 3.3. La emisión del complemento para recepción de pagos es obligatoria a partir del 1o. de septiembre de 2018. Procedimiento para expedirlo

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CFDI versión 3.3.
La emisión del complemento para recepción
de pagos es obligatoria a partir del
1o. de septiembre de 2018.
Procedimiento para expedirlo
Introducción
La regla 2.7.1.35 de la RMF para 2018 establece que cuando las contraprestaciones no se paguen en una sola exhi-
bición, se emitirá un CFDI por el valor total de la operación en el momento en que ésta se realice y posteriormente se
expedirá un CFDI por cada uno de los pagos que se reciban, en el que se deberá señalar “cero” en el campo “Total”,
sin registrar dato alguno en los campos “Método de pago” y “Forma de pago”, e incorporar al mismo el “Complemen-
to para recepción de pagos” que al efecto se publique en el portal del SAT. El monto del pago se aplicará proporcio-
nalmente a los conceptos integrados en el comprobante emitido por el valor total de la operación.
Los contribuyentes que al momento de expedir el CFDI no reciban el pago de la contraprestación, deberán seguir el pro-
cedimiento que se indica en dicha regla para reflejar el pago con el que se liquide el importe de la operación.
Para efectos de la emisión del CFDI con “Complemento para recepción de pagos” podrá emitirse uno solo por cada
pago recibido o uno por todos los pagos recibidos en un periodo de un mes, siempre que correspondan a un mismo
receptor del comprobante
El CFDI con “Complemento para recepción de pagos” deberá emitirse a más tardar el décimo día natural del mes inme-
diato siguiente al que correspondan el o los pagos recibidos.
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No obstante, el tercero transitorio resolutivo de la RMF para 2018, reformado mediante la Primera Resolución de
modificaciones a la RMF para 2018, dispone que los contribuyentes podrán optar por expedir CFDI mediante la
versión 3.3 del anexo 20 de la misma resolución sin incorporar el complemento para recepción de pagos hasta el
31 de agosto de 2018.
Por ello, a partir del 1o. de septiembre de 2018 será obligatoria la emisión del complemento para recepción de pagos.
En febrero pasado, dimos a conocer un taller acerca del procedimiento para emitir el complemento para recepción
de pagos mediante el servicio gratuito del SAT, pues se preveía con anterioridad su entrada en vigor en abril pasado;
sin embargo, dado que los contribuyentes todavía tienen dudas con respecto a la ex pedición del CF DI con el com-
plemento para recepción de pagos, y debido a que el servicio referido ha tenido algunos cambios, nuevamente
ejemplificamos el procedimiento para expedirlo mediante el servicio gratuito del SAT.
Procedimiento para emitir un CFDI en el servicio gratuito del SAT con el complemento para recepción de
pagos
Expedición del CFDI por el valor total de la operación
Para acceder a la aplicación, primero se deberá ingresar a la página de Internet del SAT www.sat.gob.mx, como se
observa a continuación:
Se dará un clic en la liga “Factura electrónica”, y se desplegarán las siguientes opciones:
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