CFDI con complemento carta porte. Conozca los casos en que se debe emitir por el transporte de mercancías

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CFDI con complemento carta porte.
Conozca los casos en que se debe emitir por
el transporte de mercancías
Introducción
El artículo 29 del CFF dispone que mediante reglas de carácter general el SAT podrá establecer las características de
los comprobantes que servirán para amparar el transporte y la legal tenencia y estancia de las mercancías durante
el mismo.
Al efecto, en la RMF para 2022 se consignan diversas disposiciones para el transporte de mercancías, en las que se
señalan ciertos casos en los que es obligatorio emitir un CFDI con el complemento carta porte, así como algunos
supuestos en los que se libera de acompañar el complemento carta porte al CFDI.
Comentamos los casos mencionados.
CFDI de tipo ingreso con el que se acredita el transporte de mercancías con complemento carta porte
La regla 2.7.7.1 de la RMF para 2022 indica que los contribuyentes dedicados al servicio de transporte de carga ge-
neral y especializada, que circulen por vía terrestre, férrea, marítima o aérea, además de los que presten el servicio de
paquetería y mensajería, de grúas de arrastre y de grúas de arrastre y salvamento y depósito de vehículos, así como
de traslado de fondos y valores o materiales y residuos peligrosos, entre otros servicios que impliquen la transporta-
ción de bienes o mercancías, deberán llevar a cabo lo siguiente:
FISCAL
Taller de prácticas
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1a. quincena
marzo 2022
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