Causas por las que pueden quedar sin efectos los CSD o restringirse temporalmente su uso, y no sea posible expedir comprobantes fiscales. Conozca el procedimiento para presentar una aclaración o para obtener uno nuevo

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Causas por las que pueden quedar sin efectos
los CSD o restringirse temporalmente su uso,
y no sea posible expedir comprobantes
iscales. Conozca el procedimiento para
presentar una aclaración o para obtener
uno nuevo
Introducción
De acuerdo con el artículo 29 del CFF, para la expedición de CFDI los contribuyentes deben tramitar al menos un
certificado para el uso de sellos digitales (CSD); por tanto, sin este certificado no se podrán expedir los CFDI.
Al respecto, el CFF señala diversas causas por las cuales los CSD pueden quedar sin efectos o por las que se puede
restringir temporalmente su uso, y si se configuran esas causales los contribuyentes estarán impedidos para expedir
comprobantes fiscales.
Precisamos las causas por las que los CSD pueden quedar sin efectos o se puede restringir temporalmente su uso;
también, indicamos el procedimiento para presentar una aclaración y se pueda activar su uso temporal, así como
para obtener uno nuevo en caso de que hayan quedado sin efectos.
Expedición de CFDI, obligación de contar con CSD
Conforme al artículo 29 del CFF, cuando las leyes tributarias establezcan la obligación de expedir comprobantes
fiscales por los actos o las actividades que se realicen, por los ingresos que se perciban o por las retenciones de
contribuciones que se efectúen, los contribuyentes deberán emitirlos mediante documentos digitales a través de la
página de Internet del SAT.
En este sentido, dichas personas deberán cumplir, entre otras, las obligaciones siguientes:
Al respecto, los contribuyentes podrán optar por el uso de uno o más CSD que se utilizarán exclusivamente para la
expedición de los comprobantes fiscales mediante documentos digitales. El sello digital permitirá acreditar la autoría
de los CFDI que expidan las personas físicas y morales, el cual quedará sujeto a la regulación aplicable al uso de la
firma electrónica avanzada.
FISCAL Taller de prácticas
A34
1a. quincena
julio 2023

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