Incorporación Municipal del Predio con Clave Catastral 02-01-10-183-001-000 Denominado 'bodega para Alimentos Envasados' Etapa única

DEL GOBIERNO MUNICIPALH. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE COLIMA, COL.

INCORPORACIÓNMUNICIPAL DEL PREDIO CON CLAVE CATASTRAL 02-01-10-183-001-000 DENOMINADO "BODEGA PARA ALIMENTOS ENVASADOS" ETAPA ÚNICA.

PROFR. FEDERICO RANGEL LOZANO, Presidente Municipal de Colima;

LIC. SALVADOR CARDENAS MORALES, Secretario del H. Ayuntamiento, a los habitantes del Municipio de Colima, sabed:

Que en cumplimiento al párrafo Segundo del artículo 330 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima, el H. Ayuntamiento ha acordado para su publicación la siguiente:

INCORPORACIÓN MUNICIPAL DEL PREDIO CON CLAVE CATASTRAL 02-01-10-183-001-000

DENOMINADO "BODEGA PARA ALIMENTOS ENVASADOS" ETAPA UNICACONSIDERANDO:

PRIMERO.-

Que por instrucciones del C. Presidente Municipal PROFR. FEDERICO RANGEL LOZANO, recibimos memorándum No. S-1163/13, suscrito por el C. Secretario del H. Ayuntamiento, LIC. SALVADOR CARDENAS MORALES, mediante el cual turnó a esta Comisión el oficio No. DGDUEV-638/13, signado por el Director General de Desarrollo Urbano, Ecología y Vivienda, ARQ. BELARMINO CORDERO GOMEZ, en el que pone a consideración del H. Cabildo, el Dictamen técnico de Incorporación Municipal de la Única Etapa del predio con clave catastral 02-01-10-183-001-000, denominado "BODEGA PARA ALIMENTOS ENVASADOS", ubicado al sur de la ciudad.

SEGUNDO.-

Que la solicitud de Incorporación Municipal que nos ocupa, cumple con lo estipulado en el artículo 328 de la Ley de Asentamientos Humanos, toda vez que el C. ALFREDO ABUD MARTINEZ, Apoderado Legal de la Empresa CONDOMINIOS MARIA DE LOURDES, S.A. DE C.V., en su carácter de promotor de este desarrollo, presentó ante la dependencia municipal, oficio de fecha 24 de octubre del 2013, en que solicita la Incorporación Municipal del predio con clave catastral 02-01-10-183-001-000, denominado "Bodega para Alimentos Envasados".

TERCERO.-

Que conforme al Dictamen Técnico presentado en el oficio no. DGDUEV-635/2013 de fecha 06 de noviembre de 2013, expedido por el ARQ. BELARMINO CORDERO GOMEZ, Director General de Desarrollo Urbano, Ecología y Vivienda del Municipio de Colima, se acredita que el Urbanizador cumple con lo estipulado en el Programa de Desarrollo Urbano de Colima, aprobado por el H. Cabildo el 11 de octubre del año 2000 y publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Colima".

De lo anterior, se deriva que el área prevista a incorporar, tiene una superficie total de 10,000.00 M

2, mismos que se integran en un lote de tipo Corredor Comercial y de Servicios Regionales (CR)

y que corresponde al área vendible, mismo que se detalla a...

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