Casos Prácticos

AutorEdiciones fiscales ISEF, S.A.
Páginas1-63
CASOS PRACTICOS 1
NOTAS IMPORTANTES
1. Los casos que se presentan a continuación, no se en-
cuentran relacionados entre sí.
2. Los datos utilizados en la elaboración de los casos prác-
ticos que a continuación se presentan, son estimados
para 2019.
3. El último INCP conocido en el momento en que se reali-
zan los casos, corresponde al mes de octubre 2018, los
siguientes a esa fecha son estimados.
4. Los recargos tienen como base la tasa publicada en la
LIF 2019 conforme al artículo 8.
5. Tabla que contiene INPC y tasa de recargos 2018.
INPC
Diciembre 2017 98.2729 1.13%
Mes Año 2018 Recargos
por Mora
Enero 98.7950 1.47%
Febrero 99.1714 1.47%
Marzo 99.4922 1.47%
Abril 99.1548 1.47%
Mayo 98.9941 1.47%
Junio 99.3765 1.47%
Julio 99.9091 1.47%
Agosto 100.4920 1.47%
Septiembre 100.9170 1.47%
Octubre 101.4400 1.47%
Noviembre 102.3030 1.47%
Diciembre 102.7735 1.47%
EDICIONES FISCALES ISEF 2
Mes Año 2019* Recargos
por Mora
INPC
Enero 104.5206 1.47%
Febrero 105.1163 1.47%
Marzo 105.7575 1.47%
Abril 105.8844 1.47%
Mayo 105.7573 1.47%
Junio 106.0216 1.47%
Julio 106.4138 1.47%
Agosto 106.9352 1.47%
Septiembre 107.2666 1.47%
Octubre 107.9316 1.47%
Noviembre 109.0432 1.47%
Diciembre 109.6865 1.47%
El valor UMA para 2019 se estimó de acuerdo con la si-
guiente metodología1:
a) Variación interanual2 del INPC del mes de diciembre del
año inmediato anterior.
INPC dic-18 102.7735
Menos:
INPC dic-17 98.272883
Diferencia 4.500617
Entre:
INPC dic-17 98.272883
Variación en el índice 0.0457
1. De acuerdo con el apartado B del artículo 26 de la CPEUM, el INEGI
calculará en los términos que señale la ley, el valor de la Unidad de Medida y
Actualización que será utilizada como unidad de cuenta, índice, base, medida
o referencia.
2. De acuerdo con la fracción I del Artículo Quinto de las DT del DOF pu-
blicado el 27 de enero de 2016. El valor diario se determinará multiplicando el
valor diario de la Unidad de Medida y Actualización del año inmediato anterior
por el resultado de la suma de uno más la variación interanual del Indice
Nacional de Precios al Consumidor del mes de diciembre del año inmediato
anterior.
CASOS PRACTICOS 3
b) Resultado de la suma de uno más la variación interanual
del Indice Nacional de Precios al Consumidor del mes
de diciembre del año inmediato anterior.
Uno 1
Más:
Variación interanual del INPC del mes de
diciembre del año inmediato anterior 0.0457
Resultado: 1.0457
c) Valor actualizado de la UMA.
Valor diario de la UMA del año inmediato
anterior 80.60
Por:
Resultado 1.0457
Valor actualizado de la UMA: 84.28
No obstante, puede ser sustituida por el lector cuando ya se
haya publicado en el DOF por el INEGI.
El salario mínimo general que tendrá vigencia a partir del
1o. de enero de 2019 en el área geográfica de la Zona libre
de la Frontera Norte será de 176.72 pesos diarios por jornada
diaria de trabajo; mientras que el monto del salario mínimo
general para el área de Salarios Mínimos Generales será de
102.68 pesos diarios por jornada diaria, serán las que figuren
en la Resolución de esta Comisión que serán publicadas en
el Diario Oficial de la Federación, como cantidad mínima que
deberán recibir en efectivo los trabajadores.

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