Caso Práctico Nº 27 IVA pagado no acreditable y no deducible (Arts. 28-XV LISR y 5-I LIVA)

Páginas1475-1476

Page 1475

CASO 27

IVA PAGADO NO ACREDITABLE Y NO DEDUCIBLE (Arts. 28-XV LISR y 5-I LIVA)

Acorde con la fracción I del art. 5 de la LIVA, los requisitos para el acreditamiento quedan subordinados a la deducibili-dad de la erogación en el ISR:

a) Si la erogación es deducible al 100%, el IVA es 100% acreditable si el contribuyente realiza actos gravados al 100%.

b) Si la erogación es deducible parcialmente, el IVA será parcialmente acreditable si el contribuyente realiza actos gravados al 100%.

c) Si la erogación no es deducible, el IVA no será acredita-ble ni será deducible.

Ejemplo 1

Gastos parcialmente deducibles con IVA parcialmente acreditable e iVa no acreditable ni deducible.

Ejemplo 2

Inversiones parcialmente deducibles con IVA parcialmente acreditable e IVA no acreditable ni deducible.

Page 1476

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR