Caso práctico. Determinación de los recargos por diferencias entre los pagos provisionales disminuidos y los reales

Páginas31-33
FUNDAMENTO
Artículos 14, último párrafo, inciso b, de la Ley del ISR, y 14 del reglamento de la misma ley.
CASO 2
Determinación de los recargos por diferencias entre los pagos provisionales disminuidos y los reales
PLANTEAMIENTO
La persona moral a que se refiere el caso anterior, al llevar a cabo el cálculo anual del ISR de 2023, se
percató de que el coeficiente de utilidad fue mayor en relación con el coeficiente aplicado en los pagos
provisionales disminuidos.
A continuación, se determinan las diferencias y se calculan los recargos respectivos.
DATOS
Del ejercicio fiscal de 2023
Total de ingresos acumulables $2’358,321
Ingresos propios de la actividad $2’306,120
(+) Ajuste anual por inflación acumulable 52,201
Total de deducciones autorizadas $1’806,831
Gastos de operación $154,824
(+) Costo de lo vendido 1’584,612
(+) Deducción de inversiones 67,395
Pagos provisionales enterados en el periodo de julio a diciembre de 2023 $01
La declaración del ejercicio se presentó el 29 de marzo de 2024
Nota
1. Véase el punto 4 del caso 1.
FISCAL
Taller de prácticas
A31
1a. quincena
julio 2023

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