Caso práctico. Determinación de la ganancia acumulable por la venta de un activo fijo realizada por una persona moral

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Planteamiento

Una persona moral del régimen general de la Ley del ISR desea determinar la ganancia por la venta de un camión que utilizaba en sus actividades.

Datos

* Fecha de enajenación Octubre de 2015

* Fecha de adquisición Noviembre de 2012

* Precio de venta $205,000

* Monto original de la inversión $375,000

* Cantidades deducidas en el ISR al 31 de diciembre de 2014 $195,312

* INPC de mayo de 2015 115.764

* INPC de noviembre de 2012 107.0000

Desarrollo

1. Determinación del saldo pendiente por deducir, actualizado.

a) Determinación del factor de actualización.

INPC de mayo de 2015 115.764

(÷) INPC de noviembre de 2012 107.000

(=) Factor de actualización 1.0819

b) Determinación del saldo pendiente por deducir, actualizado.

Monto original de la inversión $375,000

(-) Cantidades deducidas en el ISR al 31 de diciembre de 2014 195,312

(=) Monto original de la inversión ajustado 179,688

(x) Factor de actualización 1.0819

(=) Monto original de la inversión ajustado, actualizado $194,404

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2. Determinación de la ganancia acumulable por la venta del camión.

Precio de venta $205,000

(-) Monto original de la inversión ajustado, actualizado 194,404

(=) Ganancia acumulable por la venta del camión $10,596

Comentario

Se ejemplificó la mecánica para determinar la ganancia acumulable por la venta de un activo fijo realizada por una persona moral, conforme a la Ley del ISR y al criterio no vinculativo de las disposiciones fiscales y aduaneras 02/ISR/NV; este último especifica que para calcular dicha ganancia, la ley de la materia establece que la misma consiste en la diferencia entre el precio de venta y el monto original de la inversión, disminuido de las cantidades ya deducidas.

Fundamento

Artículos 18, fracción IV, y 31 de la Ley del ISR.

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