Caso práctico. Actualización de las cuentas de utilidad fiscal neta y de capital de aportación, al cierre del ejercicio 2018

Páginas57-59
Así, de esta redacción derivan dos interpretaciones:
Interpretación 1
Resultado fiscal del ejercicio
(–) ISR pagado en términos del artículo 9o. de la Ley del ISR
(–) No deducibles (excepto artículo 28, fracciones VIII y IX, de la Ley
del ISR y la PTU pagada en el ejercicio)
(=) Ufín del ejercicio
Interpretación 2
Resultado fiscal del ejercicio
(–) ISR pagado en términos del artículo 9o. de la Ley del ISR
(–) No deducibles (excepto artículo 28, fracciones VIII y IX, de la Ley del ISR)
(–) PTU pagada en el ejercicio
(=) Ufín del ejercicio
En nuestra opinión, aplica la primera interpretación; es decir, la PTU pagada en el ejercicio no se debe disminuir
del resultado fiscal del mismo ejercicio, toda vez que de acuerdo con el artículo 9o. de la Ley del ISR, la PTU ya
se encuentra disminuida en el resultado fiscal que sirve de base para determinar la Ufín, pues de lo contrario se
duplicaría la disminución de dicha partida en perjuicio del contribuyente.
Por último, conforme al artículo noveno, fracción XXX, de las disposiciones transitorias de la nueva Ley del ISR,
vigente a partir del 1o. de enero de 2014, las personas morales que distribuyan dividendos estarán obligadas a
mantener la Cufín con las utilidades generadas hasta el 31 de diciembre de 2013, y deberán iniciar otra Cufín
con las utilidades generadas a partir del 1o. de enero de 2014.
FUNDAMENTO
Artículos 77 de la Ley del ISR y 117 de su reglamento.
CASO 4
Actualización de las cuentas de utilidad fiscal neta y de capital de aportación, al cierre del ejercicio 2018
PLANTEAMIENTO
Se desea actualizar los saldos de la Cufín y de la Cuca de una persona moral del régimen general de la Ley del
ISR, al cierre del ejercicio de 2018.
La Cufín con las utilidades generadas hasta 2013, así como la Cuca, se actualizaron por última ocasión en di-
ciembre de 2017, y desde esa fecha no se ha efectuado reparto de dividendos, ni aportaciones o reembolsos
de capital que ameriten una actualización posterior.
FISCAL
Taller de prácticas
A57
1a. quincena
diciembre 2018
Taller fiscal 859- 2a parte.indd 57 21/11/18 14:55

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