¿En caso de muerte del comitente se dará por rescindido el contrato de comisión mercantil con el comisionista?

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¿En caso de muerte del comi-
tente se dará por rescindido el
contrato de comisión mercantil
con el comisionista?
Soy comisionista en una comercia-
lizadora que se dedica a la venta de
equipo de protección civil. Mediante
contratos de comisión mercantil coloco
en el mercado ciertos productos; sin
embargo, el comitente con quien cele-
bré el contrato de comisión mercantil
falleció. Al respecto, los representantes
no tienen interés en revocar dicho
contrato. Desconozco si el contrato se
rescinde por la muerte del comitente.
Lector de Guadalajara, Jalisco
¿En caso de muerte del comitente se
dará por rescindido el contrato de comi-
sión mercantil con el comisionista?
308. Por muerte o inhabilitación
del comisionista se entenderá
rescindido el contrato de comi-
sión, pero por muerte o inha-
bilitación del comitente no se
rescindirá, aunque pueden
revocarlo sus representantes.
Según se observa, en caso de muerte
del comitente no se rescindirá el contra-
to de comisión mercantil; sin embargo,
es posible que los representantes del
comitente puedan revocar el contrato.
Por tanto, en el supuesto que nos ocu-
pa, debido a que los representantes del
comitente no desean revocar el contrato
de comisión mercantil, éste seguirá
vigente para el comisionista.
No, de acuerdo con lo siguiente:
El artículo 308 del Código de Comercio
(Ccom) dispone lo siguiente (énfasis
añadido):
Consultas de
nuestros lectores
LEGAL
EMPRESARIAL
B8
1a. quincena
mayo 2023
Legal 967.indd 8 17/04/23 15:21

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