¿En caso de muerte del comitente se dará por rescindido el contrato de comisión mercantil con el comisionista?

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¿En caso de muerte del comi-
tente se dará por rescindido el
contrato de comisión mercantil
con el comisionista?
Laboro como comisionista en una
comercializadora de teléfonos
celulares. Mediante contratos de
comisión mercantil coloco en el
mercado ciertos productos; sin
embargo, recientemente, el comi-
tente con quien realicé el contrato
de comisión mercantil falleció. Al
respecto, los representantes no
tienen interés en revocar dicho
contrato. Desconozco si el contra-
to se rescinde ante la muerte del
comitente.
Lector de Nuevo Laredo, Ta-
maulipas
308. Por muerte o inhabilitación
del comisionista se entenderá res-
cindido el contrato de comisión;
pero por muerte o inhabilitación
del comitente no se rescindirá,
aunque pueden revocarlo sus
representantes.
Según se observa, en caso de
muerte del comitente no se
rescindirá el contrato de comi-
sión mercantil; sin embargo, es
posible que los representantes
del comitente puedan revocar el
contrato.
Por tanto, en el caso que nos
ocupa, debido a que los represen-
tantes del comitente no desean
revocar el contrato de comisión
mercantil, éste seguirá vigente
para el comisionista.
¿En caso de muerte del comitente
se dará por rescindido el contra-
to de comisión mercantil con el
comisionista?
No, de acuerdo con lo siguiente:
El artículo 308 del Código de Co-
mercio (Ccom) dispone lo siguien-
te (énfasis añadido):
Consultas de
nuestros lectores
LEGAL
EMPRESARIAL
B3
2a. quincena
diciembre 2018
legal_862.indd 3 04/12/18 16:34

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