Capítulo IV. El Tribunal de la Santa Inquisición

AutorMaría Guadalupe Márquez Algara
Cargo del AutorUniversidad Autónoma de Aguascalientes
Páginas267-310
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Orígenes
Resulta interesante para tener una idea completa de la administra ción de
justicia en Ag uascalientes durante la época colonia l, el adentrarnos en el es-
tudio del Tribunal de la Santa Inquisición y su f uncionamiento en la Nueva
España, y part icularmete, la Nueva Galicia y la Villa de Nuestra Señora de la
Asunción de las A guas Calientes.
Remontándonos a sus orígenes desc ubrimos que el Tribunal fue creado
por el ponticado en la Ed ad Media, según la mental idad dominante en esa
época, la u nidad en la fe se presentaba c omo uno de los elementos de cohe-
sión y equilibrio social. Por l a importancia que tenía la religión, todo acto
que atentase contra ella, era cast igado con severidad, así nace la I nquisición,
con el objetivo de descubri r, procesar y condenar a los c ulpables de herejía.
En un pri ncipio la herejía como pe cado, se castig aba con la ex comu-
nión, pero a partir del rec onocimiento por los emperadores romanos de l
cris tianismo como religión ocia l en el siglo , la herejía empezó a ser
considera da como un pel igro pa ra el Estado, transfor mándose en delito.
Hereje, etimológic amente, e s el s ujeto que dentro de conjunto doctri nal
elije sólo una part e, sin tomar en cuenta la s demás.
La herejía es, por tanto, u na verdad parcial que se convier te en un error,
la herejía introduce una rupt ura en la doct rina común . Tres elementos se
requieren para con gurar el del ito de herejía: el primero, el haber sido bau-
tizado, un moro o un judío no pueden ser herejes porque nunca ha n sido
bautizados; el segundo, el incu rrir en u n error doctrin al; y el tercero, el ser
pertina z, esto es el obstinarse en el er ror.275
Como delito, la herejía estaba sujeta a l fuero judicia l, y como cualqu ier
otro delito, tendría que castigarse por medio del proce so subsiguiente. “El
emperador Constanti no y sus inmediatos sucesores prevén par a este delito,
penas de destierro, conscación de bienes o muerte. En 407, se da u n paso
más adelante en la vía de la pen alización de la herejía , Por primera vez, una
275 Pérez, Joseph, La Inquisición Española,  ediciones, España, 2005, pp. 23 y ss.

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