¿Una persona física que cambió de nombre debe presentar el aviso respectivo ante las autoridades tributarias?

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Soy asistente de impuestos en un despacho de contadores públicos. Uno de los clientes del despacho es una persona física del régimen intermedio de las actividades empresariales. En días pasados, este contribuyente cambió de nombre ante el registro civil. Tengo duda si el cliente debe presentar aviso de cambio de nombre ante las autoridades tributarias.

Lector de Tlaxcala, Tlaxcala

Pregunta

¿Una persona física que cambió de nombre debe presentar el aviso respectivo ante las autoridades tributarias?

Respuesta

El primer párrafo del artículo 27 del CFF estipula lo siguiente (énfasis añadido):

27. Las personas morales, así como las personas físicas que deban presentar declaraciones periódicas o que estén obligadas a expedir comprobantes por las actividades que realicen, deberán solicitar su inscripción en el registro federal de contribuyentes del Servicio de Administración Tributaria y su certificado de firma electrónica avanzada, así como proporcionar la información relacionada con su identidad, su domicilio y en general sobre su situación fiscal, mediante los avisos que se establecen en el Reglamento de este Código. Asimismo, las personas a que se refiere este párrafo estarán obligadas a manifestar al registro federal de contribuyentes su domicilio fiscal; en el caso de cambio de domicilio fiscal, deberán presentar el aviso correspondiente, dentro del mes siguiente al día en el que tenga lugar dicho cambio salvo que al contribuyente se le hayan iniciado facultades de comprobación y no se le haya notificado la resolución a que se refiere el artículo 50 de este Código, en cuyo caso deberá presentar el aviso previo a dicho cambio con cinco días de anticipación. La autoridad fiscal podrá considerar como domicilio fiscal del contribuyente aquel en el que se verifique alguno de los supuestos establecidos en...

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