Tasas para el cálculo del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a la enajenación de gas natural para combustión automotriz en el mes de marzo de 1999
Fecha de disposición | 16 Junio 1999 |
Fecha de publicación | 16 Junio 1999 |
Emisor | SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
TASAS para el cálculo del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a la enajenación de gas natural para combustión automotriz en el mes de marzo de 1999.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
TASAS PARA EL CALCULO DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS APLICABLES A LA ENAJENACION DE GAS NATURAL PARA COMBUSTION AUTOMOTRIZ EN EL MES DE MARZO DE 1999
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 17 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 2o.-C de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y 4o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría da a conocer las tasas para el cálculo del impuesto especial sobre producción y servicios por la enajenación de gas natural para combustión automotriz en el mes de marzo de 1999, por sector y tasa:
Sector | Tasa de IEPS |
Chihuahua | |
Juárez Importado | 126.12% |
Juárez Nacional | 98.38% |
Sur | 121.53% |
Torreón | 131.48% |
Monterrey | |
Monterrey | 145.03% |
Monclova | 141.15% |
Reynosa | 148.19% |
San Fernando | 169.75% |
Cd. Madero | 174.80% |
Guadalajara | 128.94% |
Salamanca | |
Salamanca | 160.92% |
Lázaro Cárdenas | 138.14% |
Venta de Carpio | 169.43% |
Valle de México | 152.74% |
Poza Rica | 179.02% |
Apizaco | 172.16% |
Veracruz | 180.97% |
Cd. Mendoza | 180.20% |
Minatitlán | 187.13% |
Cárdenas | 188.24% |
Naco | 100.80% |
Piedras Negras | 119.29% |
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 26 de abril de 1999.- En ausencia del Secretario de Hacienda...
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