Tasas para el cálculo del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a la enajenación de gas natural para combustión automotriz en el mes de octubre de 1998
Fecha de disposición | 12 Febrero 1999 |
Fecha de publicación | 12 Febrero 1999 |
Emisor | SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
TASAS para el cálculo del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a la enajenación de gas natural para combustión automotriz en el mes de octubre de 1998.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
TASAS PARA EL CALCULO DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS APLICABLES A LA ENAJENACION DE GAS NATURAL PARA COMBUSTION AUTOMOTRIZ EN EL MES DE OCTUBRE DE 1998
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 17 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 2o.-C de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y 4o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría da a conocer las tasas para el cálculo del impuesto especial sobre producción y servicios por la enajenación de gas natural para combustión automotriz en el mes de octubre de 1998, por sector y tasa:
Sector | Tasa de IEPS |
Chihuahua | |
Juárez importado | 54.89% |
Juárez nacional | 19.78% |
Sur | 38.50% |
Torreón | 46.54% |
Monterrey | |
Monterrey | 57.50% |
Monclova | 54.37% |
Reynosa | 60.41% |
San Fernando | 66.95% |
Cd. Madero | 70.93% |
Guadalajara | 34.83% |
Salamanca | |
Salamanca | 60.00% |
Lázaro Cárdenas | 46.92% |
Venta de Carpio | 66.69% |
Valle de México | 53.55% |
Poza Rica | 74.26% |
Apizaco | 68.84% |
Veracruz | 75.79% |
Cd. Mendoza | 75.17% |
Minatitlán | 80.63% |
Cárdenas | 81.49% |
Naco | 42.69% |
Piedras Negras | 47.05% |
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 10 de diciembre de 1998.-...
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