En búsqueda de la transparencia fiscal. Nuevas obligaciones en materia de precios de transferencia

AutorM. Teresa Quiñones
Páginas17-18

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En los últimos años, las autoridades han considerado que con mayor frecuencia las empresas aplican prácticas para trasladar sus utilidades a otras jurisdicciones o fomentan la erosión de la base fiscal para pagar cantidades menores o nulas de impuestos. Para evitarlo y guardar congruencia con las disposiciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) a solicitud del G20, la autoridad fiscal mexicana tomó un conjunto de medidas que las empresas deben conocer a fondo.

Con la adición del artículo 76-A a la Ley del ISR, las autoridades buscan mejorar la transparencia fiscal a través de nuevos y más detallados estándares de documentación e información en materia de precios de transferencia que son aplicables para ciertos contribuyentes.

Las empresas deben tener muy claro cuáles serán esas nuevas obligaciones y quiénes deben cumplirlas. Inicialmente, los contribuyentes que deben apegarse a esto son los siguientes:

1. Contribuyentes del título II de la Ley del ISR que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos acumulables para efectos de ISR por un importe igual o mayor a $644,599,005.

2. Personas morales que al cierre del ejercicio fiscal inmediato anterior tengan acciones colocadas entre el gran público inversionista (bolsa de valores).

3. Sociedades mercantiles que tributen en el capítulo VI del título II de la Ley del ISR "Del régimen opcional para grupos de sociedades".

4. Entidades paraestatales de la administración pública federal.

5. Personas morales residentes en el extranjero que tengan establecimiento permanente en el país, únicamente por las actividades que desarrollen en dichos establecimientos.

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Estos contribuyentes están obligados a presentar las siguientes declaraciones informativas:

1. Declaración informativa maestra de partes relacionadas del grupo empresarial multinacional.

2. Declaración informativa local de partes relacionadas.

3. Declaración informativa país por país del grupo empresarial multinacional.

En el primer caso, la declaración informativa maestra de operaciones con partes relacionadas del grupo empresarial multinacional deberá contener información sobre la estructura organizacional, la descripción de la actividad (intangibles y actividades financieras con partes relacionadas) y la posición financiera y fiscal de la empresa.

La segunda declaración informativa hace referencia a la empresa local y requiere que el contribuyente proporcione la descripción...

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