Boletín de Actualidad

AutorAlexis Alberto García Serrano
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03/09/18
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Artículo Destacado
PEÑA NIETO NO TIENE REMEDIO
Política - Enrique Peña Nieto fue entrevistado en Televisa, en
donde reconoció que el tema de la Casa Blanca desgastó su
gobierno y la figura presidencial. Exhibió también su ignorancia de
los aspectos básicos de la ley que, se supone, debería conocer.
De igual forma dijo que se arrepiente de que su esposa
apareciera en televisión para explicar cómo se hizo de esa
propiedad porque, agregó, "no es funcionaria pública". ¿Es o se
hace? El artículo 1 de la Convención Interamericana contra la
Corrupción -que forma parte de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos en los términos del artículo 1 párrafo
segundo y 133 constitucionales- define "función pública" como
"toda actividad temporal o permanente, remunerada u honoraria,
realizada por una persona natural en nombre del Estado o al
servicio del Estado o de sus entidades, en cualquiera de sus
niveles jerárquicos". ¿Angélica Rivera no desempeñaba una
actividad honoraria como presidenta del Consejo Ciudadano
Consultivo del DIF? ¿No es eso una función pública no
remunerada?.
Legislación Destacada
Resolución que modifica las Disposiciones de Carácter General
aplicables a las Instituciones de Crédito.
Bursátil - Se reforman los Artículos 51 Bis, fracción II y quinto
párrafo; 51 Bis 2, fracción III; entre otros; se adicionan los Artículos
15 Bis, cuarto párrafo; 51 Bis, sexto y séptimo párrafos; entre
otros, y se sustituye el Anexo 71 de las "Disposiciones de carácter
general aplicables a las instituciones de crédito”
Acuerdo por el que se da a conocer la decisión no. 95 de la
Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio
Noticias
Destacadas
MÉXICO GARANTIZA A EU
ERRADICAR LA SIMULACIÓN
SINDICAL
Laboral - Una oferta de mano
de obra calificada, pero de
bajo costo, ha sido un factor
crucial de México para atraer
inversiones manufactureras,
propiciando en numerosos
casos el traslado de líneas
de producción de Canadá y
Estados Unidos hacia
México; sin embargo, el
Capítulo Laboral (del acuerdo
México-EU) incluye un anexo
sobre representación de
trabajadores en
negociaciones colectivas en
México, bajo el cual este país
se compromete a efectuar
acciones legislativas para
otorgar el reconocimiento
efectivo del derecho a la
negociación colectiva”, afirmó
la Representación Comercial
de Estados Unidos (USTR,
por su sigla en inglés) en un
reporte sobre puntos
generales de la negociación
del nuevo acuerdo de libre
comercio con México.
Al garantizar este derecho,
nuestro país se
comprometería a garantizar
tanto la libre afiliación
sindical (sin
condicionamientos de ningún
tipo), como la libertad de los
trabajadores de elegir
democráticamente a sus
representantes.
Nuevos
Contenidos
El número VIII-25 de la
Revista del Tribunal Federal
de Justicia Administrativa.
Administrativo y fiscal - En
este fascículo encontraremos
diversas tesis que resuelven
diversos temas de carácter

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