Se da a conocer reforma para que los bancos informen a los usuarios la apertura de nuevas sucursales

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La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación del pasado 5 de noviembre el Decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 87 de la Ley de Instituciones de Crédito (LIC).

En dicho ordenamiento se establece que las instituciones de banca múltiple deberán dar aviso a la SHCP e insertar en una publicación periódica de amplia circulación regional de la localidad de que se trate un aviso dirigido al público, que contenga la información relativa a la apertura, reubicación o clausura de las sucursales respectivas, con una anticipación de 30 días naturales a la fecha en que se tenga programada.

Esta modificación surge a raíz de la falta de precisión de la disposición en el artículo 87 de la LIC, ya que no se establecía que la publicación periódica de amplia circulación fuera regional. Este hecho daba la oportunidad a las instituciones de banca múltiple a que...

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