Ayuntamiento de xicohtzinco, Tlaxcala 2021-2024. Bando de policía y gobierno.

Fecha de publicación27 Septiembre 2023
Número de Gaceta39-1ª SECC
siendo las XX 18:00 h, del día jueves 20 de octubre de 2022, cito en el Salón de Cabildos, ubicado en el interior del edificio declarado como recinto oficial votado por el Honorable Ayuntamiento de Xicohtzinco conforme a lo establecido por los artículos 35 fracción I y 41 fracciones I y II de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala, previa convocatoria emitida por el Presidente Municipal Constitucional, Arq. Luis Ángel Barroso Ramírez se encuentran reunidos los integrantes del cabildo el C. Presidente Municipal, Síndico Municipal Regidores y Secretario Municipal, quien actúa y da Fe de la presente, Sesión Ordinaria de Cabildo conforme al siguiente …………………………………………………….

DESAHOGO DE LA SESIÓN

1.- En cuanto al primer punto del orden del día se ha dado cumplimiento como consta en el proemio De la presente, continuando con el punto subsecuente del orden del día.

2.- Para dar cumplimiento al presente punto se pasa lista de asistencia, encontrándose los siguientes integrantes del Cabildo.

Presidente Municipal Constitucional.

Arq. Luis Ángel Barroso Ramírez Síndico Municipal.

C. Aida Silvia Xochicale Pérez Primer Regidor.

C. Rosa Arenas Saldaña Segundo Regidor.

C. Julio Cesar García Pérez Tercer Regidor.

C. Raymundo García Mendoza Cuarto Regidor.

C. Karla Rocio Amador Rojas Quinto Regidor.

C. Cleotilde Jaramillo Ramírez Sexto Regidor.

Pedro Hernández Pérez

3.- El Secretario del Ayuntamiento hace uso de la voz y manifiesta que, en virtud de encontrarse la totalidad de los integrantes del cabildo, se declara la existencia de Quórum Legal, y por lo tanto se declara valida la Sesión Ordinaria, siendo obligatorios todos los acuerdos que se deriven de la misma.

4.- El Secretario del Ayuntamiento dio seguimiento al orden del día, cede el uso de la voz al C.

Presidente Municipal Arq. Luis Ángel Barroso Ramírez, les expone a los integrantes del cabildo, que es de interés de todos el llevar a cabo esta acción que representara cambios en el régimen normativo y administrativo, contaremos con un Bando de Policía y Gobierno acorde a las necesidades y requerimientos de nuestro municipio a favor de la población que representamos para lo que les pido a todos ustedes que pongamos lo mejor de sí para que esta mesa de trabajo deje un legado a nuestra comunidad.

Iniciativa que busca garantizar los derechos y obligaciones de los gobernados frente a la autoridad del Municipio de Xicohtzinco.

ARQ. LUIS ANGEL BARROSO RAMÍREZ.

PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE XICOHTZINCO.

HONORABLE CABILDO Quien suscribe la presente, Arq. Luis Ángel Barroso Ramírez Presidente Municipal Constitucional del Municipio de Xicohtzinco, para el periodo de dos mil veintiuno a dos mil veinticuatro del Ayuntamiento de Xicohtzinco, Tlaxcala, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 86, 87, 90, 91 y 93, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, 33 y 41 de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala, me permito someter a la consideración y, en su caso, aprobación de este Cabildo la presente Iniciativa del Proyecto de Bando de Policía y Gobierno Municipio de Xicohtzinco, lo anterior, al tenor de la siguiente: I. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Y DESCRIPCIÓN GENERAL.

Es facultad del Ayuntamiento expedir su Bandos de Policía y Gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de su respectiva jurisdicción, para que organicen la administración pública municipal, regular las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de nuestra competencia, y que se asegure la participación ciudadana y vecinal, consagrada en el artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En términos generales, puede definirse como objeto del Bando es establecer disposiciones básicas para lograr una mejor organización territorial, ciudadana, vecinal y de gobierno municipal y orientar las políticas de la administración pública municipal en ese nivel de gobierno para una gestión eficiente del desarrollo político, económico, social y cultural de los habitantes que integran el municipio.

II. DISPOSICIONES GENERALES.

Establece su fundamento legal, objeto, ámbito de aplicación y sujetos que regula. Además de lo anterior, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 115 Constitucional Política de los Estados Unidos Mexicanos, se establece de manera clara y precisa cuál es el régimen Jurídico y de Gobierno, así como los fines del municipio, como puede ser el fomentar una cultura cívica, el respeto y empleo de nuestra Bandera, el Himno y Escudo Nacional; la Bandera del Estado, el Himno del Estado; del Escudo y nombre del Municipio.

III. PRINCIPIOS ORGANIZATIVOS DEL MUNICIPIO.

Dentro de los principios organizativos del municipio, se establecen las bases para una organización político administrativa eficiente.

Además de ello, las normas relativa a las diferentes condiciones políticas que pueden ostentar las personas dentro del municipio, supuestos de adquisición y pérdida de las mismas, así como las obligaciones y derechos que ellas implican. Dichos dispositivos aseguran el adecuado ejercicio de los derechos políticos de las personas en el ámbito municipal, además de que se asegura la inclusión de ellas, sin lugar a discriminación originada por una mala regulación, en los sistemas de gobierno, promoviendo y legitimando las relaciones de la autoridad.

En lo relativo a la organización y funcionamiento del gobierno municipal, el Bando busca establecer, en coordinación con el Reglamento Interior del Ayuntamiento y demás leyes de la materia, una delimitación clara y eficiente del ámbito de competencia de las autoridades municipales, ello habida cuenta de que para preservar o gestionar un orden y gobierno de una sociedad es preciso el establecimiento de un sistema de jurisdicciones y competencias al cual las autoridades deban sujetarse, en beneficio de los gobernados y en pro de la Seguridad Jurídica. Aunado a ello, cumpliendo con su objetivo de identificar autoridades y legislación aplicable, el Bando contiene un sistema de remisiones a las leyes que, por su especial naturaleza, son las que regulan situaciones específicas.

IV. CUESTIONES ESPECÍFICAS.

El Bando contiene disposiciones de carácter general en relación a las actividades específicas del Ayuntamiento encaminadas a satisfacer los fines del municipio y que impactan en el gobierno y gestión administrativa pública municipal.

A. SERVICIOS PÚBLICOS.

La satisfacción de las necesidades colectivas, mediante la adecuada prestación de los servicios públicos municipales, es uno de los retos a superar en el fortalecimiento municipal. Ello requiere de un sistema claro y eficiente de reglas para la prestación de dichos servicios. Así pues, el Bando establece las reglas básicas sobre el particular, de las que se destaca las políticas de prestación de servicios y manejo de recursos. Con ello se busca inmediatez entre la necesidad colectiva y su adecuada satisfacción.

B. PARTICIPACIÓN CIUDADANA.

Uno de los objetivos que pretende satisfacer el Bando es el relativo a la implementación de la participación ciudadana como instrumento de inclusión social y de evaluación e instrumentación de las políticas públicas para lograr la efectiva prestación de los servicios públicos. Se pretende incentivar al ciudadano a formar parte activa en la consecución de los fines locales mediante la creación de los consejos correspondientes.

C. DESARROLLO URBANO.

El Bando incluye disposiciones relativas a la implementación de planes y programas de desarrollo urbano, que deberán ser compatibles con los planes estatales y federales. Sobre el particular, cobra relevancia el cúmulo de atribuciones del Ayuntamiento, de las que se evidencia la posibilidad de proyectar políticas de sustentabilidad con los otros niveles de gobierno.

D. DESARROLLO SOCIAL Y PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE.

Es importante destacar que, en la gestión pública municipal, se pretende introducir la cultura de preservación y recuperación de los recursos naturales del municipio para buscar la sustentabilidad ambiental.

V. SEGURIDAD PÚBLICA Y PROTECCIÓN CIVIL.

demás de todo lo anterior, el Bando contiene disposiciones relativas a Seguridad Pública y Tránsito Municipal y Protección Civil, se implementa las nuevas disposiciones de orden Federal en materia de Seguridad Pública y Usos de la Fuerza, conforme a las funciones de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal, del Cuerpo de Policía, Servicio Profesional Policial de Carrera y Consejo de Honor y Justicia y en Protección Civil los lineamientos generales que deberán cumplir los ciudadanos y vecinos para la prevención de contingencias y desastres naturales.

VI. PERMISOS Y LICENCIAS Así como las facultades del Ayuntamiento para expedir, revocar o negar permisos, licencias y autorizaciones, para que los ciudadanos y vecinos tengan autorización de la administración pública municipal para hacer alguna actividad o acción propia de forma directa o indirecta.

VII PROCESOS.

Un apartado de importancia indiscutible, y que es toral en el diseño de sociedades organizadas bajo principios de justicia y equidad, es el relativo a los recursos que pueden hacerse valer en contra de las resoluciones de la autoridad. Este contiene disposiciones que dejan claro primero, el tipo de faltas e infracciones que se pueden cometer por actos u omisiones de los particulares, así como los supuestos de procedencia; y segundo, el tipo de sanciones a que pueden hacerse acreedores quienes cometan dichas faltas o infracciones. Además, se mencionan los supuestos de procedencia de los recursos administrativos correspondientes, respecto de las resoluciones que eventualmente dicte la autoridad municipal en perjuicio de sus gobernados.

I. MARCO JURÍDICO Son fundamento del bando de policía y gobierno los artículos 21, 115 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo dispuesto por los artículos 21, 86, 87, 90, 91 y 93, de la Constitución Política del...

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