Ayuntamiento de panotla, Tlaxcala 2021-2024. Bando de policía y gobierno.

Fecha de publicación11 Enero 2023
Número de Gaceta2-1ª SECC
……………………………………... 5 Del Bando de Policía y Gobierno…………………………………………………………………………. 5 Del Municipio……………………………………………………………………………………………... 6 Fines del Municipio……………………………………………………………………………………….. 7 Nombre y Escudo…………………………………………………………………………………………. 8 Territorio…………………………………………………………………………………………………... 9 Extensión, Límites y Colindancias…………………………………………………………………………9 Organización Política………………………………………………………………………………………9 De la Población Municipal…………………………………………………………………………………10 Disposiciones Generales…………………………………………………………………………………... 10 De los Vecinos…………………………………………………………………………………………….. 10 De los Habitantes y Visitantes o Transeúntes……………………………………………………………...11 Organización y Funcionamiento del Gobierno Municipal…………………………………………………12 Ley Municipal……………………………………………………………………………………………... 12 Sesiones de Cabildo……………………………………………………………………………………….. 13 De las Comisiones………………………………………………………………………………………….13 Organización Administrativa……………………………………………………………………………… 13 Órganos y Autoridades Auxiliares del Ayuntamiento…………………………………………………….. 15 Servicios Públicos Municipales…………………………………………………………………………… 16 Integración………………………………………………………………………………………………….16 Organización y Funcionamiento…………………………………………………………………………... 17 Concesiones……………………………………………………………………………………………….. 18 Participación Ciudadana……………………………………………………………………………………19 Mecanismos……………………………………………………………………………………………….. 19 Comités de Participación Ciudadana……………………………………………………………………… 20 Desarrollo Urbano y Planeación Municipal………………………………………………………………..20 Desarrollo Urbano………………………………………………………………………………………….20 Planeación Municipal………………………………………………………………………………………21 Desarrollo Social y Protección al Medio Ambiente………………………………………………………. 21 Desarrollo Social………………………………………………………………………………………….. 21 Protección al Medio Ambiente……………………………………………………………………………. 22 Protección Civil, Seguridad Pública y Vialidad……………………………………………………………23 Seguridad Pública…………………………………………………………………………………………. 23 De los Protocolos de Actuación Policial…………………………………………………………………...24 Vialidad y Tránsito Municipal…………………………………………………………………………….. 35 Protección Civil…………………………………………………………………………………………….35 Permisos, Licencias y Autorizaciones…………………………………………………………………….. 35 Faltas, Infracciones, Sanciones y Recursos Administrativos………………………………………………36 Faltas e Infracciones al Bando y Reglamentos Municipales……………………………………………….36 Imposición de Sanciones………………………………………………………………………………….. 38 Procedimiento Contencioso Administrativo………………………………………………………………. 38 Anexos……………………………………………………………………………………………………...39 Anexo 1. Derechos de los detenidos………………………………………………………………………. 39 Anexo 2. Preservación del lugar de los hechos…………………………………………………………….41 Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos. Secretaría. H

Ayuntamiento Panotla, Tlax. 2021-2024

Marco Jurídico

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 115 fracción II, que los Municipios están investidos de personalidad jurídica, los Ayuntamientos tendrán facultades para aprobar y expedir, de acuerdo con las Leyes Municipales, los Bandos de Policía y Gobierno, los Reglamentos Circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la Administración Pública Municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguran la participación ciudadana vecinal.

En el mismo sentido que nuestra Carta Magna, se pronuncia la Constitución Política del Estado libre y Soberano de Tlaxcala, en su artículo 86, donde se considera al Ayuntamiento como el depositario de la función pública Municipal y constituye la primera instancia de Gobierno, con fundamento en la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala en sus Artículos 6, 33 Fracción I, 49 y 53 respectivamente, y con el propósito de recoger y atender las necesidades colectivas y sociales, así como para articular y promover el desarrollo integral y sustentable del Municipio.

Nuestra Constitución define entonces con precisión el Principio de Proximidad, cuya esencia exige que todas aquellas funciones que inciden directamente en la vida diaria de las personas sean atribuidas al Órgano de Gobierno más cercano al ciudadano, en este caso el Gobierno del Municipio. Según los términos de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala Art. 49, es una facultad del Ayuntamiento, expedir y publicar en el Periódico Oficial, el Bando de Policía y Gobierno.

El Bando de Policía y Gobierno es una integración de normas de observancia general con la intención de regular las diferentes actividades administrativas y de gobierno que, de conformidad con las necesidades y condiciones de los habitantes del Municipio, son necesarias para una mejor armonía social de las mismas.

Por lo expuesto anteriormente, se pone a consideración la siguiente propuesta de actualización del Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Panotla, Tlaxcala.

Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Panotla, Tlaxcala.

Titulo Primero.

Disposiciones Generales.

Capítulo I Del Bando de Policía y Gobierno.

Artículo 1. El Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Panotla, es de interés público y tiene por objeto: I. Establecer las normas generales básicas para lograr una mejor organización territorial, ciudadana y de gobierno; II. Orientar las políticas de la Administración Pública Municipal para una gestión, eficiente y eficaz del desarrollo político, económico, social y cultural de los habitantes de esta demarcación Municipal; y III. Establecer las bases para la delimitación clara y eficiente del ámbito público, de la competencia de las Autoridades Municipales; y de las relaciones sociales en un marco de la seguridad jurídica.

Artículo 2. El Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Panotla, Tlaxcala, es de observancia general y aplicación obligatoria para autoridades, vecinos, habitantes y transeúntes en todo el territorio Municipal; sus infracciones serán sancionadas conforme a lo que establezcan las propias disposiciones Municipales.

Para efectos de esta Ley se entiende por: Población: Al conjunto de individuos que viven o transitan dentro de la demarcación territorial de un Municipio y son objeto de la acción del Gobierno Local.

Territorio: Al espacio físico determinado por los límites geográficos y geofísicos para el Municipio en donde se efectúan las actividades de la población y de los Gobierno Federal, Estatal y Municipal.

Gobierno Municipal: A los órganos que realizan actos de decisión o autoridad en el desarrollo de las facultades otorgadas al Ayuntamiento o Municipio.

Ayuntamiento: Al Órgano Colegiado del Gobierno Municipal que tiene la máxima representación política que encauza los diversos interese sociales y la participación ciudadana hacia la promoción del desarrollo.

Cabildo: A la asamblea deliberativa compuesta por los integrantes del Ayuntamiento para proponer, acordar y ocuparse de los asuntos Municipales.

Presidente Municipal: Al representante político del Ayuntamiento y jefe Administrativo del Gobierno Municipal responsable de la ejecución de las decisiones y acuerdos emanados del Cabildo.

Síndico: Al integrante del Ayuntamiento a quien se le asigna la representación legal del Municipio y la vigilancia de los recursos Municipales.

Regidor: Al integrante del Ayuntamiento y representante popular de los intereses vecinales del Municipio.

Presidente de Comunidad: Representante político de su comunidad, quien ejerce de manera delegada la función Administrativa Municipal e interviene ante el Cabildo como Regidor.

Artículo 3. Corresponde directamente la aplicación del presente Bando de Policía y Gobierno al Gobierno Municipal, por conducto de la C. Presidenta Municipal Constitucional; quien, para este fin, será auxiliado por los titulares de las dependencias de esta Administración Municipal.

Las Autoridades Municipales, dentro del ámbito de sus competencias, deberán vigilar su cumplimiento e imponer las sanciones respectivas a sus infractores.

Las sanciones a las infracciones cometidas a este ordenamiento serán aplicadas al infractor, sin perjuicio a las responsabilidades civiles o penales que le resulten.

Capítulo II Del Municipio.

Artículo 4. El régimen jurídico y el orden normativo del Municipio de Panotla, Tlaxcala, se rige de conformidad con lo que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala, el presente Bando de Policía y Gobierno, y en los reglamentos, las normas, y las demás disposiciones de observancia general, emitidos por el Gobierno Municipal, en el ámbito de su competencia y demarcación.

Artículo 5. El Municipio de Panotla, Tlaxcala, es una Entidad Pública Municipal y parte integrante de la división territorial, de la organización política y administrativa del Estado de Tlaxcala; esta investido de personalidad jurídica, patrimonio propio y capacidad política y administrativa para la consecución de sus fines. En cuanto a su régimen interior goza de libertad. Cuenta con territorio, población y Gobierno, propios y está gobernado por un Ayuntamiento de elección popular, directa; no existiendo autoridad intermedia, entre éste y el Gobierno del Estado.

Artículo 6. El Gobierno Municipal tiene competencia plena en el ámbito territorial Municipal de Panotla, Tlaxcala, para decidir libremente sobre su Organización Política y Administración Pública y sobre la prestación de los servicios públicos, de conformidad a lo establecido en la Constitución Federal y Estatal.

Capitulo III Fines del Municipio.

Artículo 7. El Municipio tiene como fin esencial lograr el bienestar general de sus habitantes; por lo tanto, el Gobierno Municipal, debe sujetar sus líneas de acción a los siguientes principios rectores de la vida Municipal: I. Preservar la dignidad de la persona humana y, en consecuencia, las garantías individuales establecidas en la Constitución Política de los Estados...

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