Avisos Judiciales

8 de junio de 2016 Página 9
A V I S O S J U D I C I A L E S
JUZGADO PRIMERO FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA
NEZAHUALCOYOTL, MEXICO
E D I C T O
Ciudad Nezahualcóyotl, Estado de México, a 31 de Marzo
del año 2016.
EXPEDIENTE NÚMERO 1949/2014.
El Juez Primero Familiar del Distrito Judicial de
Nezahualcóyotl, Estado de México, por auto de fecha
DIECISIETE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, dictado
en el expediente al rubro citado, relativo al JUICIO DE DIVORCIO
INCAUSADO, promovido por SAMUEL SERRANO BELTRÁN,
solicitado de GUADALUPE BELEM TREJO LIRA, en el que se
solicita la pretensión: A) LA DISOLUCIÓN DEL VINCULO
MATRIMONIAL.
Fundando la pretensión a) En fecha seis de abril del año
dos mil uno contrajeron matrimonio, SAMUEL SERRANO
BELTRÁN y GUADALUPE BELEM TREJO CARRERA, bajo el
régimen de sociedad conyugal; b) Durante el matrimonio
procrearon dos hijos menores de edad, de nombres WILIAM
SAMUEL y BYRON DAVID ambos de APELLIDOS SERRANO
TREJO; c) con fecha dos de diciembre del año dos mil catorce, se
promovió el JUICIO DIVORCIO INCAUSADO solicitado por
SAMUEL SERRANO BELTRÁN, de GUADALUPE BELEM
TREJO LIRA; y, d) con fecha tres de diciembre del año dos mil
catorce se ordenó el emplazamiento de GUADALUPE BELEM
TREJO LIRA, Con fundamento en lo dispuesto por el artículo
1.181 del Código de Procedimientos Civiles, ordeno emplazar a
juicio a GUADALUPE BELEM TREJO LIRA, POR MEDIO DE
EDICTOS que se publicarán por TRES VECES DE SIETE EN
SIETE DÍAS, en el Periódico GACETA DEL GOBIERNO DEL
ESTADO EN OTRO DE MAYOR CIRCULACIÓN EN ESTA
POBLACIÓN Y EN EL BOLETÍN JUDICIAL, haciéndosele saber
que deberá dar contestación y presentarse dentro del plazo de
TREINTA DÍAS contados a partir del siguiente al de la última
publicación con el apercibimiento que de no comparecer por sí,
por apoderado o gestor que pueda representarlo, se seguirá el
juicio en rebeldía, haciéndole las ulteriores notificaciones por lista
de acuerdos y Boletín Judicial, fijándose además en la puerta de
este Juzgado una copia íntegra del presente proveído por todo el
tiempo de la notificación. EN CUMPLIMIENTO AL AUTO DE
FECHA DIECISIETE DE MARZO DE DOS MIL DIECISÉIS.-DOY
FE.- SECRETARIO, LIC. SALVADOR SÁNCHEZ MEJÍA.-
RÚBRICA. 347-B1.- 19, 30 mayo y 8 junio.
JUZGADO CUARTO (ANTES QUINTO) CIVIL
DE PRIMERA INSTANCIA
ECATEPEC DE MORELOS COACALCO
E D I C T O
RUBEN SALOME MOZO CUATE.
Se hace de su conocimiento que NANCY YANIRA MOZO
GARCIA, CINTHYA ANGELICA MOZO GARCIA, ALICIA GARCIA
y SALOME RUBEN MOZO GARCIA denuncio ante éste Juzgado
bajo el número de expediente 812/2013 el juicio ORDINARIO
CIVIL USUCAPIÓN reclamando las siguientes prestaciones: A)
De LETICIA ARELLANO ZAVALA, la declaración de que ha
operado a favor de los CC. NANCY YANIRA MOZO GARCIA,
SALOME RUBEN MOZO GARCIA, CINTHYA ANGELICA MOZO
GARCIA, ALICIA GARCIA, la prescripción positiva Usucapión del
inmueble ubicado en Calle Arroyo, manzana 17, lote 22 en la
Colonia Los Acuales en Coacalco de Berriozábal, Estado de
México, el cual tiene las siguientes medidas y colindancias:
NORESTE 15.50 metros con lote siete, SURESTE 09.00 metros
con lote veintitrés, SUROESTE 17.00 metros con lote veintiuno,
NORESTE 09.00 metros con calle Arrollo, con una superficie de
ciento cincuenta y nueve metros cuadrados; B) Del Registrador
del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Distrito
Judicial de Ecatepec de Morelos, que se realice la Cancelación
de la Inscripción del inmueble descrito anteriormente, al cual
aparece a nombre de LETICIA ARELLANO ZAVALA en el folio
real 00260715, en la partida 404, volumen 1045 y se inscriba a
favor de los hoy actores como legítimos y únicos propietarios del
inmueble materia de la litis; C) El pago de los gastos y costas que
el presente juicio origine. Lo anterior fundándose en los hechos
descritos en la demanda inicial. Con fundamento en lo dispuesto
por el artículo 1.181 del Código de Procedimientos Civiles, en
cumplimiento a lo ordenado por auto del tres de febrero de dos
mil dieciséis emplácese a RUBEN SALOME MOZO CUATE por
medio de edictos, que se publicara TRES VECES DE SIETE EN
SIETE DÍAS, en el Periódico “GACETA DEL GOBIERNO DEL
ESTADO DE MÉXICO” Y EN OTRO DE MAYOR CIRCULACIÓN
EN ESTA CIUDAD, ASÍ COMO EN EL BOLETÍN JUDICIAL
FIJÁNDOSE TAMBIEN EN LA TABLA DE AVISOS DE ESTE
JUZGADO POR TODO EL TIEMPO QUE DURE LA
NOTIFICACIÓN; haciéndole saber que debe presentarse dentro
del término de TREINTA DÍAS contados a partir del siguiente al
de la última publicación. Se le apercibe para que, si pasado este
término no comparece por sí, por apoderado o por gestor que
pueda representarlo, se seguirá el juicio en su rebeldía,
teniéndosele por contestada la demanda en sentido negativo,
haciéndole las ulteriores notificaciones en términos del artículo
1.170 del Código Procesal Civil.
EN CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO POR AUTO DE
TRES DE FEBRERO DEL DOS MIL DIECISEIS.- DOY FE.-
SECRETARIO DE ACUERDOS, LICENCIADA PATRICIA
MÁRQUEZ CAMPOS.- RÚBRICA. 941-A1.- 19, 30 mayo y 8 junio.
JUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE OTUMBA
E D I C T O
SEÑORES LEOPOLDO PEREZ RODRÌGUEZ, ANDRES PEREZ
GALLEGOS, SERGIO ARCINIEGA RODRÌGUEZ Y MANUEL
PEREZ RODRIGUEZ:
Por medio del presente se le hace saber que el señor
JAVIER VILLASANCHEZ SANDOVAL promueve por su propio
derecho, bajo el expediente número 1736/2014, de este Juzgado,
JUICIO ORDINARIO CIVIL DE USUCAPIÒN denunciándole:
I. La prescripción positiva por USUCAPIÓN, respecto de
una fracción del inmueble denominado LA NORIA el cual se
encuentra ubicado en el Poblado de Santa María Cozotlan,
perteneciente al Municipio de Teotihuacán, Estado de México; II.
La prestación de anterior, la inscripción de la frac ción del
inmueble denominado LA NORIA el cual se encuentra ubicado en
el Poblado de Santa María Cozotlan, perteneciente al Municipio
de Teotihuacán, Estado de México, ante el Instituto de la Función
Registral. III. El pago de gastos y costas que el presente juicio
origine, para el caso de que el demandado se oponga
temerariamente a la misma.
EL JUEZ PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE OTUMBA, ESTADO DE MÉXICO,
mediante auto de fecha veinte de abril del año 2016, ordenó
emplazar a los codemandados LEOPOLDO PEREZ
RODRÍGUEZ, ANDRES PEREZ GALLEGOS, SERGIO
ARCINIEGA RODRÍGUEZ y MANUEL PEREZ RODRIGUEZ por
medio de EDICTOS que deberán de publicarse por TRES
VECES, DE SIETE EN SIETE DÍAS, EN EL PERIÓDICO
OFICIAL GACETA DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MEXICO,
Y EN EL DIARIO OCHO COLUMNAS DE ESTA ENTIDAD
FEDERATIVA, ASÍ COMO EN EL BOLETÍN JUDICIAL DEL
ESTADO DE MÉXICO, PARA QUE USTEDES LEOPOLDO

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