Avisos Administrativos y Generales

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IDEE G0.113111E121
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110
II de agosto de 2014
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TENANGO DEL VALLE-SANTIAGO
TIANGUISTENCO
EDICTO
A LOS INTERESADOS.
El C. ROMAN SOANCATL, Apoderado Legal de la
Jurisdicció9 Centro de la Iglesia del Dios Vivo, Columna y Apoyo
de la Verdad, la Luz del Mundo, A.R., promueve ante el Juzgado
Segundo Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de
Tenango cfel Valle con residencia en Santiago Tianguistenco,
Estado de México, bajo el expediente número 824/2014,
Procedimiento Judicial no Contencioso sobre Información de
Dominio, respecto a un predio urbano, localizado dentro de la
población de San Lorenzo Huehuetitlán, en el paraje Tetitla,
carretera a Tenango del Valle, perteneciente al Municipio de
Santiago Ti nguistenco, Estado de México.
HECHOS:
1.-
or medio de contrato de compraventa de fecha el
día
treinta uno ;de diciembre del año dos mil siete, adquirí de la Sra,
EMMA SPLAZAR GONZALEZ, el terreno urbano localizado
dentro de II población de San Lorenzo Huehuetitlán, en el paraje
Tetitla, can etera a Tenango del Valle-Almoloya del Río sin,
pertenecie te al Municipio de Santiago Tianguistenco, Estado de
México, mismo que cuenta con las siguientes medidas
y
colindancias siguientes: al norte: 19.246 metros lineales, y
colinda
con Guada upe Urueña Castañeda, al sur: 27.834 metros lineales,
y colinda cCin propiedad que se reserva la vendedora, al oriente:
en dos líneas la primera 18.053 m (18) metros lineales, y colinda
con carretera a Tenango del Valle y la segunda 57.658 metros
lineales col nda con María Elena Urueña Castañeda, al poniente:
69.988 metros lineales, colinda con Ma. Elena Urueña
Castañeda. Teniendo una superficie de: 1,912.404 m2. (mil
novecientos doce punto cuatrocientos cuatro metros cuadrados).
Como así o acredito con el contrato de compraventa que se
acompaña al presente en original; 2.- Desde la fecha del contrato
a que se h zo referencia en el hecho que antecede, mi posesión
de inmueb e objeto del presente procedimiento ha sido en
concepto de propietario, así mismo de forma pacífica, continua,
pública así Domo de buena fe, como se acreditará en su momento
oportuno con la recepción de prueba testimonial que al efecto se
ofrecerá. 3.- El predio descrito en el hecho uno del presente, no
se encuentra inscrito en el Registro Público de la Propiedad,
como se desprende del certificado de no inscripción expedido por
el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, de este
Distrito Jud cial, mismo que se anexa al presente en original; 4.-
También s acompaña este escrito, pago de predial del inmueble
objeto delpresente procedimiento, expedido por la oficina de
p
Tesorería el Ayuntamiento de Santiago Tianguistenco, Estado
de México, es decir está al corriente del pago del impuesto
predial, dicho pago se realiza a nombre de la Jurisdicción Centro
de la lglesiá del Dios Vivo Columna y Apoyo de la Verdad. La Luz
del Mundo, A.R.; 5.- Se adjunta al presente, plano descriptivo y
de localización del mencionado inmueble, en original,
debidamente detallado con sus medidas y colindancias para los
efectos legales correspondientes. 5.- Como se desprende de la
constancia expedida por la Secretaría de Ayuntamiento de
Santiago Tianguistenco, Estado de México, el inmueble descrito
anteriormente NO AFECTA BIENES DEL DOMINIO PUBLICO
MUNICIPAL. Dicha certificación se acompaña a este escrito en
original; 7.- Manifiesto bajo protesta de decir verdad, que en la
ubicación n donde se encuentra el inmueble objeto de la
presente o es del régimen ejidal. Dicha certificación se
acompaña
este escrito en original; 8.- Se ofrece documental
pública co sistente en la declaratoria de procedencia en su
resolutivo p imero, que expide a mi representada la Secretaría de
Gobernació misma que se adjunta en copia certificada
notariada. .- Se ofrece prueba testimonial de personas que
responden los nombres de ENRIQUE MELO FUENTES, con
domicilio e la C. Morelos 129, Col. Xonacatlán de Vicencio,
Estado de éxico, DANIEL ANTONIO LECHUGA, con domicilio
en C. Igna o Zaragoza 19, Col. Xonacatlán de Vicencio, Estado
de México, ROSALBA MARTINEZ NAVARRETE, con domicilio
en C. Moctezuma 4, Col. Adolfo López Mateos, Lerma México, y
a quienes me obligo a presentar el día y hora que se señale para
tal efecto y que examinados serán conforme a interrogatorio que
por separado se anexa al presente, previa su calificación de
legales, y que depondrán en el sentido de que el autor de
sucesión que presento, ha sido y es poseedor del predio descrito
objeto del procedimiento que nos ocupa, en forma pacífica,
pública, continua y en concepto de propietario por el tiempo que
se refiere en los hechos básicos de la presente.
Para su publicación por dos veces con intervalos de por lo
menos dos días, en la GACETA DEL GOBIERNO del Estado y en
un periódico de mayor circulación que se edita en esta Ciudad de
Toluca, México.-Doy fe.
Dado en Santiago Tianguistenco, Estado de México, a los
veintinueve días del mes de julio del año dos mil catorce.-La
Secretario de Acuerdos, Lic. Ana Lidia Ortiz González.-Rúbrica.
3073.-6 y 11 agosto.
JUZGADO SEXAGESIMO PRIMERO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO
SECRETARIA: "B".
EXP.
No. 742/2010.
SE CONVOCAN POSTORES.
En cumplimiento a lo ordenado en proveído dictado en
audiencia de primero de julio del año en curso, dictado en los
autos del Juicio Especial Hipotecario, promovido por BANCO
MERCANTIL DEL NORTE. S.A. INSTITUCION DE BANCA
MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE en contra de
EDUARDO MEJIA FAJARDO expediente número 742/10: La C.
Juez Sexagésimo Primero de lo Civil en el Distrito Federal, señaló
las DOCE HORAS DEL VEINTIUNO DE AGOSTO DEL AÑO
DOS MIL CATORCE, para la audiencia de REMATE EN
SEGUNDA ALMONEDA el bien inmueble ubicado en TORRE
NUMERO 5, CONDOMINIO MARCADO CON EL NUMERO 8, DE
LA CALLE HUIZACHE, PREDIO "LA CASA", DEPARTAMENTO
402,
REGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO, MUNICIPIO
DE HUIXQUILUCAN, ESTADO DE MEXICO, sirviendo de base
para el remate la cantidad de $1'606,400.00 (UN MILLON
SEISCIENTOS SEIS MIL CUATROCIENTOS PESOS 00/100
M.N.), cantidad que resulta de restar el veinte por ciento del valor
de la tasación por la que se sacó a remate el inmueble
hipotecado en primera almoneda, es decir la cantidad de
$2'008,000.00 (DOS MILLONES OCHO MIL PESOS 00/100
MONEDA NACIONAL) que fue el valor de avalúo rendido por el
perito de la parte actora, y es postura legal la que cubra las dos
terceras partes de la cantidad mencionada en primer término y
para intervenir en el remate los licitadores, deberán exhibir el diez
por ciento del valor del bien inmueble mediante certificado de
depósito expedido por BANSEFI, sin cuyo requisito no será
admitido.
Para su publicación por dos veces, debiendo mediar entre
una y otra publicación siete días hábiles y entre la última y la
fecha de remate igual término.-México, D.F., a 02 de julio de
2014.-La C. Secretaria de Acuerdos "B", Lic. Celia Hernández
Patiño.-Rúbrica.
778-A1.-9 julio y 11 agosto.
AVISOS ADMINISTRATIVOS Y
GENERALES
INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL
DISTRITO DE TLALNEPANTLA
EDICTO
Expediente: 298852/178/2014, C. LILIA ESTHER
VAZQUEZ REYES, ROBERTO ISRAEL VAZQUEZ REYES,
promueven inmatriculación administrativa, de un terreno ubicado

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