Aviso para transferir las coberturas propias a coberturas especiales de algodón año agrícola 2015, del incentivo para la administración de riesgos de precios

Fecha de disposición09 Marzo 2016
Fecha de publicación09 Marzo 2016
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

ALEJANDRO VÁZQUEZ SALIDO, Director en Jefe de la Agencia de Servicios a la Comercialización y Desarrollo de Mercados Agropecuarios (ASERCA), Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA); con fundamento en los artículos 17, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9 primer párrafo, 12 y 32 de la Ley de Planeación; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 7, 8, 32 fracción VII, 60, 61, 79, 104, 140, 178, 183, 190 fracción II y 191 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 75, 77, y demás relativos y aplicables de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 29, 30, 34, 36 y Anexos 11, 25 y 26 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016; 2 apartado D fracción I, 17 fracciones IV y XXIII, 44, 45 párrafos primero y segundo, 46 fracción VI y Transitorio Séptimo del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; 1, 3, 4 fracciones IV y IX, 5, 7, 8 fracciones I, II, VII y IX, 12 fracciones V y XI, 13 fracciones I, IV, V, XI y XIII, 14, 15, 20, 22 y Transitorios Tercero, Sexto y Noveno del Reglamento Interior de la Agencia de Servicios a la Comercialización y Desarrollo de Mercados Agropecuarios, así como 1 fracción VII inciso a), 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 256, 257, 259, 260, 261, 262 fracciones VII inciso a), 263, 264 fracción II, 265 fracciones I, II, incisos a) y d), y III y último párrafo, 267 fracción I, incisos d) y r), 271 apartado A primer párrafo, 294, 295, fracción I, numeral 1, modalidad A, incisos 1 y 3, 296 primer párrafo y fracción I incisos a) y b), 297, 298, 299, 300, 301, 387 fracciones I incisos c), h) y o) y II incisos g) y h), 389, 393, 395, 396, 397, 398, 399, 400, 401 y Transitorio noveno, Anexos XLVIII, LV y LXV y las demás disposiciones que resulten aplicables del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de los programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio fiscal 2016 (Reglas de Operación), publicado en el DOF el día 30 de diciembre de 2015; y

CONSIDERANDO

Que conforme al Decreto que establece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre (SINHAMBRE) publicado el 22 de enero de 2013 en el DOF, el Gobierno Federal debe garantizar en el corto plazo a la población, el derecho a una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, a través de acciones coordinadas, eficientes y transparentes con alto contenido de participación social, a fin de contribuir al cumplimiento de uno de los objetivos de SINHAMBRE estipulados en el artículo segundo, inciso III referido a la necesidad de aumentar la producción de alimentos y el ingreso de los campesinos y pequeños productores agrícolas;

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, publicado en el DOF el 20 de mayo de 2013 tiene contemplado dentro de la cuarta meta nacional "México Próspero" en su Objetivo 4.10 construir un sector agropecuario y pesquero productivo que garantice la seguridad alimentaria del país, al que se vincula la Estrategia 4.10.1. orientada a impulsar la productividad en el sector agroalimentario mediante la inversión en el desarrollo de capital físico, humano y tecnológico y específicamente como línea de acción la de impulsar una política comercial con enfoque de agronegocios y la planeación del balance de demanda y oferta, para garantizar un abasto oportuno, a precios competitivos, coadyuvando a la seguridad alimentaria, así como la de apoyar la producción y el ingreso de los campesinos y pequeños productores agropecuarios y pesqueros de las zonas rurales más pobres, generando alternativas para que se incorporen a la economía de manera más productiva;

Que el Programa Sectorial de Desarrollo Agropecuario, Pesquero y Alimentario 2013-2018 publicado en el DOF el 13 de diciembre de 2013, previene en el numeral II.1 Estrategia Integral: Elevar la productividad para alcanzar el máximo potencial del sector agroalimentario; que la estrategia de productividad agroalimentaria requiere un enfoque integral por lo que en el pilar 5 Manejo y prevención de riesgos climáticos y de mercado, se señala que para impulsar este pilar, se está instrumentando el Programa de Comercialización y Desarrollo de Mercados (Programa) para fortalecer la cadena productiva y comercial agroalimentaria, dando certidumbre en los mercados y en el ingreso de los productores a través de incentivos a la comercialización de productos agropecuarios elegibles;

Que el Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016 (PEF 2016), publicado en el DOF el 27 de noviembre de 2015, establece en su Anexo 11. Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, Vertiente Competitividad, Programa de Comercialización y Desarrollo de Mercados, de conformidad con su artículo 3 fracciones XII, XXI y XXII, la asignación del gasto para el Componente Incentivos a la Comercialización, dentro del Ramo 08;

Que en el artículo 256 de las Reglas de Operación, se aprobó la ejecución del Programa de Comercialización y Desarrollo de Mercados, cuyo objetivo general es apoyar a los productores agropecuarios, acuícolas y pesqueros para que utilicen algún esquema de comercialización, administración de riesgos de mercado, promoción comercial y/o enlaces comerciales;

Dicho Programa contempla entre sus Componentes el relativo a Incentivos a la Comercialización y el concepto de apoyo Incentivo para la administración de riesgos de precios, bajo la modalidad A) sin contratos de Agricultura por Contrato (AxC), a través de Esquemas de Coberturas Propias, las cuales podrán transferirse a Coberturas Especiales y cuya población objetivo, en este caso, está compuesta por personas físicas y morales productoras de algodón año agrícola 2015, así como las personas participantes en los programas de apoyo para la administración de riesgos de mercado implementados en Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero (FND) y los Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura (FIRA), a través del fideicomiso denominado Fondo Especial para Financiamientos Agropecuarios (FEFA) conforme se establece en el...

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