Aviso REF:519165

Fecha de publicación08 Abril 2022
SecciónAvisos Judiciales y Generales
Estados Unidos Mexicanos
Estados Unidos Mexicanos
Fiscalía General de la República
Delegación Michoacán
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
En cumplimiento a los acuerdos dictados dentro de los autos de las diversas carpetas de investigación, de las cuales se decretó el aseguramiento ministerial de diversos bienes; y con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado "A" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 40 y 41 del Código PenalFederal; 82 fracción III 131 y 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales; 1 fracción 1, 3, 5, 6, 7, 8, 14 y 15 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Publico; se notifica a través del presente edicto, a quien o quienes resulten ser propietarios, representantes legales o personas con interés legal y/o quienes acrediten la propiedad, del siguiente bien afecto a la indagatoria que a continuación se describe: 1.- Carpeta de investigación FED/MICH/MLM/0001957/2018, iniciada por el delito de Resguarde, Transporte, Almacene, Distribuya, Posea, Suministre y oculte Hidrocarburos, Petrolíferos o Petroquímicos sin derecho y realice cualquier sustracción o alteración de ductos, equipos, instalaciones o activos de la industria petrolera sin consentimiento de asignatarios, contratistas, permisionarios, distribuidores o de quien pueda disponer de ello con arreglo a la Ley Federal Para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, en la cual el 07 de julio de 2018, se decretó el aseguramiento de vehículo semirremolque, de la marca Gallegos, tipo tanque, sin placas de circulación, color gris, con número de identificación vehicular 3C92A31A48G039013, de origen nacional , modelo 2008, por ser instrumento del delito investigado.- - - - - - -
- - - Lo anterior a efecto de que manifiesten lo que a su derecho corresponda y se apercibe, para que se abstengan de ejercer actos de dominio sobre dichos bienes asegurados y de no manifestar lo que a su interés convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la publicación del presente, dichos bienes causarán abandono en favor del Gobierno Federal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales, haciendo del conocimiento que los referidos bienes se encuentran a...

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