Aviso REF:517838

Fecha de publicación29 Marzo 2022
SecciónAvisos Judiciales y Generales
Estados Unidos Mexicanos
Estados Unidos Mexicanos
Fiscalía General de la República
Delegación Estatal en Chiapas
Equipo de Investigación y Litigación
Célula 1-2
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
En virtud que dentro de la presente carpeta de Investigación se decretó el aseguramiento ministerial de diversos bienes; y con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado "A" de la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos; 40 y 41 del Código Penal Federal; 82 fracción III 131 y 231 del Código Nacionalde Procedimientos Penales; 1 fracción 1, 3, 5, 6, 7, 8, 14 y 15 de la Ley Federal para la Administración yEnajenación de Bienes del Sector Publico; se notifica a través del presente edicto, a JESICCA UTRILLA PINACHO Y/O YESSICA UTRILLA PINACHO, Y/O QUIEN O QUIENES RESULTEN SER PROPIETARIOS, REPRESENTANTES LEGALES O PERSONAS CON INTERÉS LEGAL Y/O QUIENES ACREDITEN LA PROPIEDAD, del siguientes bien afecto a la indagatoria que a continuación se describe: Carpeta de investigación FED/CHIS/TGZ/0000967/2021, iniciada por el delito de A QUIEN TRANSPORTE POR TERRITORIO NACIONAL, CON EL OBJETO DE OBTENER INDIRECTAMENTE UN LUCRO A VARIOS EXTRANJEROS SIN LA DOCUMENTACIÓN CORRESPONDIENTE, CON EL FIN DE EVADIR LA REVISIÓN MIGRATORIA, CON LA AGRAVANTE DE COMETERLO RESPECTO DE NIÑOS Y ADOLESCENTES, previsto y sancionado por los artículos 159, fracción III y 160 fracción I, de la Ley deMigración, en la cual el 15 de junio de 2021, se decretó el aseguramiento de: UN CAMIÓN MARCA FAB AUTOTRANS MÉXICO, COLOR BLANCO, AÑO MODELO 1990, SIN PLACAS DE CIRCULACIÓN, CON NÚMERO DE SERIE C1114VMED07846 y/o UN CAMIÓN MARCA FAMSA, TIPO TORTON, COLOR BLANCO, SIN PLACAS DE CIRCULACIÓN, CON NÚMERO DE SERIE C1114VMED07846, por ser instrumento del delito.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - Lo anterior, a efecto de que manifiesten lo que a su derecho corresponda y se apercibe, para que se abstengan de ejercer actos de dominio sobre dichos bienes asegurados y de no manifestar lo que a su interés convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la publicación del presente, dichos bienes causarán abandono en favor del Gobierno Federal de conformidad con lo...

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