Aviso REF:514893

Fecha de publicación28 Diciembre 2021
SecciónAvisos Judiciales y Generales
Estados Unidos Mexicanos
Estados Unidos Mexicanos
Fiscalía General de la República
Delegación Estatal Chiapas
Equipo de Investigación y Litigación
Célula 1-5
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
NOTIFICACION POR EDICTO
En cumplimiento al acuerdo de 28 de octubre de 2021 dictado en autos de la carpeta de investigación FED/CHIS/TGZ/0000392/2016, en el cual se decretó la devolución de bien afecto a la carpeta de investigación antes citada; y con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado "A" de la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos; 40 y 41 del Código Penal Federal; 82 fracción III 131, 231, 245 y 246 del CódigoNacional de Procedimientos Penales; 1 fracción 1, 3, 5, 6, 7, 8, 14 y 15 de la Ley Federal para laAdministración y Enajenación de Bienes del Sector Publico; se notifica a través del presente edicto, a quien o quienes resulten ser propietarios o representantes legales del siguiente bien afecto a la indagatoria que a continuación se describe:
1. Carpeta de Investigación FED/CHIS/TGZ/0000392/2016, iniciada por el delito de TRÁFICO DE PERSONAS MIGRANTES EN LA MODALIDAD DE A QUIEN TRANSPORTE POR EL TERRITORIO NACIONAL, CON EL OBJETO DE OBTENER DIRECTA O INDIRECTAMENTE UN LUCRO, A UNO O VARIOS EXTRANJEROS CON EL FIN DE EVADIR LA REVISIÓN MIGRATORIA, previsto y sancionado en el artículo 159 fracción III, con la agravante de CUANDO LA CONDUCTA DESCRITA SE REALICE RESPECTO DE NIÑOS Y ADOLESCENTES, previsto y sancionado por el diverso 160, fracción I, ambos de la Ley deMigración, en la cual el 28 de octubre de 2021, se ordenó la devolución a quien resulte ser propietario de la unidad vehicular marca jeep, línea Grand Cherokke, tipo multipropósito, color negro, año modelo 1996, con numero de identificacion vehicular 1 J 4 F X 5 8 S X T C 2 8 8 2 8 9, lo anterior toda vez que no es objeto, producto o instrumento del delito investigado.------------------------------------------------------------------------------
Lo anterior para que dentro de los diez días siguientes a dicha notificación se presente a recogerlos, bajo el apercibimiento que, de no hacerlo, los bienes causarán abandono a favor del Gobierno Federal o de la Entidad federativa de que se trate, según corresponda y se procederá en los términos previstos en el CódigoNacional de...

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