Aviso REF:513241

Fecha de publicación04 Noviembre 2021
SecciónAvisos Judiciales y Generales
Estados Unidos Mexicanos
Estados Unidos Mexicanos
Fiscalía General de la República
Delegación Estatal en Chiapas
Equipo de Investigación y Litigación
Célula 1-2
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
En cumplimiento a los acuerdos dictados dentro de los autos de las diversas carpetas de investigación, de las cuales se decretó el aseguramiento ministerial de diversos bienes; y con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado "A" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 40 y 41 del Código Penal Federal; 82 fracción III 131 y 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales; 1 fracción 1, 3, 5, 6, 7, 8, 14 y 15 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Publico; se notifica a través del presente edicto, al C. IRÁN DE JESÚS MORALES CLEMENTE, quien o quienes resulten ser propietarios, representantes legales o personas con interés legal y/o quienes acrediten la propiedad, del siguiente bien afectos a la indagatoria que a continuación se describen: Carpeta de investigación FED/CHIS/TGZ/0001231/2016, iniciada por el delito de DAÑOS CULPOSOS EN HECHOS DE TRÁNSITO, previsto y sancionado por el artículo 536, de la Ley General de vías Generales de Comunicación, en la cual el 17 de noviembre de 2016, se decretó el aseguramiento de: 1.- UN VEHÍCULO MARCA CHEVROLET, LÍNEA MONZA, COLOR NEGRO CON PLACAS DE CIRCULACIÓN DRJ-20-55, PARTÍCULARES DEL ESTADO DE CHIAPAS, CON NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN VEHÍCULAR 3G1SE5434WS103301, ORIGEN NACIONAL, MODELO 1998, por ser instrumento del delito.-----------------------------------------------------------------------------
- - - Lo anterior, a efecto de que manifiesten lo que a su derecho corresponda y se apercibe, para que se abstengan de ejercer actos de dominio sobre dicho bien asegurado y de no manifestar lo que a su interés convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la publicación del presente, dichos bienes causarán abandono en favor del Gobierno Federal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales, haciendo del conocimiento que el referido bien se encuentran a disposición jurídica y material de la suscrita Agente del Ministerio Público de la Federación, Titular de la Célula Segunda del Equipo...

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