Aviso FGJCDMX/07/2022 por el que se da conocer los Lineamientos para la Implementación del Programa de Separación Voluntaria 2022 para el otorgamiento de un pago único, al personal sustantivo por concluir la prestación de sus servicios

140 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 18 de marzo de 2022

ORGANISMOS AUTÓNOMOS FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA

LIC. ERNESTINA GODOY RAMOS, FISCAL GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 21, 123, apartado B, fracción XIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 10, apartado C, 44, apartado A, numeral 1, apartado B, numeral 1, incisos k y s), 46, apartado A, inciso c), aparatado B, numerales 1 y 4, de la Constitución Política de la Ciudad de México; 10 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México, para el Ejercicio Fiscal 2022; 1, 2, 6, 35, fracciones IX y XXI, 75, 87, párrafos primero y último, Transitorios Tercero, párrafos segundo y tercero, Décimo Tercero, de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México; y

C O N S I D E R A N D O

Que a partir del 10 de enero de 2020 entró en vigor la autonomía constitucional de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, declarada por el Congreso de la Ciudad de México, en cumplimiento al artículo 44 de la Constitución Política de la Ciudad de México, lo que la convirtió en un organismo público constitucional autónomo de carácter especializado e imparcial, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía técnica, presupuestal y de gestión plena.

Que el artículo 21, párrafo noveno, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que la seguridad pública es una función del Estado a cargo de la Federación, Entidades Federativas y Municipios, cuyos fines son salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social, la cual comprende la prevención, investigación y persecución de los delitos, así como sanción de infracciones administrativas.

Que el artículo 123, apartado B, fracción XIII de la Constitución Federal establece entre otros, que los agentes del Ministerio Público, peritos y los miembros de las instituciones policiales se regirán por sus propias leyes.

Que el artículo 45 de la Ley General del Sistema de Seguridad Pública, establece que las Instituciones de Seguridad Pública deberán garantizar, al menos las prestaciones previstas como mínimas para los trabajadores al servicio del Estado; las entidades federativas y municipios generarán de conformidad a sus necesidades y con cargo a sus presupuestos, una normatividad de régimen complementario de seguridad social y reconocimientos.

Que el Transitorio Décimo Noveno de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México establece que el proceso de transición de la Procuraduría General de Justicia a la Fiscalía General será gradual hasta un plazo de cuatro años, por lo que resulta importante promover y apoyar la separación voluntaria del servidor público que desee dar por concluidos sus servicios para esta Fiscalía General; así como coadyuvar en dicho proceso, de manera eficaz, a través de acciones tendientes a avanzar en la eficiencia y racionalidad del gasto público, preservando el adecuado cumplimiento de las funciones y atribuciones de la institución.

Que derivado de las funciones que desempeña el personal sustantivo de la Fiscalía General, encargada de la investigación y persecución de los delitos de su competencia, es importante establecer un sistema de retiro digno, reconociendo la misión cumplida de cada persona servidora pública y sus años de servicios brindados a la procuración de justicia en la Fiscalía General, conforme a los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos.

Que por la trascendencia de sus funciones, es necesario reconocer la labor y contribución que realiza en este organismo autónomo el personal sustantivo, a través del otorgamiento de un apoyo económico, por haber desempeñado sus funciones bajo los principios de legalidad, certeza, honradez, lealtad, objetividad, imparcialidad, profesionalismo, transparencia, eficacia, eficiencia y respeto a los derechos humanos.

Que el Acuerdo FGJCDMX/25/2021 por el que se establecen los Lineamientos para el Ingreso del Personal Sustantivo al Servicio Profesional de Carrera de la Fiscalía General, cuyo objeto es establecer los lineamientos para que el personal sustantivo de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México ingrese al Servicio Profesional de Carrera de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, en términos del artículo Décimo Séptimo Transitorio de la Constitución Política de la Ciudad de México, Décimo Tercero y Vigésimo Tercero Transitorio de la Ley Orgánica de la Fiscalía General, establece en su artículo 16, fracción I, que el personal sustantivo que no acredite el cumplimiento del perfil profesional, podrá acceder al plan de retiro que implemente la Coordinación General de Administración de esta Fiscalía General, siempre que cumpla con la edad y años de servicios previstos en la normativa en materia de seguridad social.

Que es importante que la Coordinación General de Administración de por concluida la relación jurídica entre el personal sustantivo con la Fiscalía General, conforme a las disposiciones y criterios que establezcan la normatividad aplicable, por baja administrativa correspondiente, a través de un sistema de retiro digno que reconozca la misión desarrollada por el personal ministerial, policial o pericial, así como los años de servicios brindados en materia de procuración de justicia en esta institución.

Que la Coordinación General de Administración debe establecer el Plan de retiro para el personal sustantivo en activo que desee dar por concluida su relación con la Fiscalía General por concluir sus servicios.

Que el Acuerdo FGJCDMX/33/2021 por el que se reforman diversas disposiciones del similar FGJCDMX/08/2020 por el que se crea el Comité de Administración de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, establece en su artículo 4, fracción XII, que es facultad del Comité de Administración aprobar los programas para el retiro voluntario de las personas servidoras públicas de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México.

Que el 16 de marzo del 2022 se celebró la Tercera Sesión Extraordinaria del Comité de Administración de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, en la que se emitió el ACUERDO CA-FGJCDMX-S-EXT-3/02/2022, por el que las personas integrantes de dicho Comité aprueban los Lineamientos para la Implementación del Programa de Separación Voluntaria 2022 para el otorgamiento de un pago único, al Personal Sustantivo de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, por concluir la prestación de sus servicios.

Por lo anteriormente señalado tengo a bien expedir el siguiente:

AVISO FGJCDMX/07/2022 POR EL QUE SE DA CONOCER LOS LINEAMIENTOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA DE SEPARACIÓN VOLUNTARIA 2022 PARA EL OTORGAMIENTO DE UN PAGO ÚNICO, AL PERSONAL SUSTANTIVO DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, POR CONCLUIR LA PRESTACIÓN DE SUS SERVICIOS

ÚNICO. Se dan a conocer los Lineamientos para la Implementación del Programa de Separación Voluntaria 2022 para el otorgamiento de un Pago Único, al Personal Sustantivo de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, por concluir la prestación de sus servicios, los cuales se publican anexos y forman parte del presente Aviso.

T R A N S I T O R I O S

PRIMERO. Los Lineamientos que se dan a conocer en el presente Aviso, son vigentes desde el día de su aprobación por el Comité de Administración de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México y hasta que se concluya la totalidad de los trámites inherentes a las solicitudes que conforme a los mismos se promuevan.

SEGUNDO. Para mayor difusión, publíquese el presente Aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

TERCERO. Se instruye a la Coordinación General de Administración y a las Direcciones Generales competentes, para que realicen las gestiones necesarias para el cumplimiento a los LINEAMIENTOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA DE SEPARACIÓN VOLUNTARIA 2022 PARA EL OTORGAMIENTO DE UN PAGO ÚNICO, AL PERSONAL SUSTANTIVO DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, POR CONCLUIR LA PRESTACIÓN DE SUS SERVICIOS

La Coordinación General de...

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