Aviso por el que se dan a conocer los Lineamientos por los que se establecen los términos para acceder a la acción social emergente “Apoyo agrícola derivado del fenómeno hidrometereológico (granizada) por una situación anormal atípica, afectando cultivos agrícolas y productores agrícolas, de la Alcaldía 2023”, para el ejercicio 2023

ALCALDÍA EN TLÁHUAC

ING. ANTONIO RANGEL LARA, DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO ECONÓMICO Y RURAL EN TLÁHUAC, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3 numeral 2 inciso a), 10 apartados A, D numerales 1, 2, 15 apartado A numerales 1, 2, 4, apartado B numeral 5, 52 numeral 1, 53 apartado A, numerales 1, 2 fracciones III, XI, XV y XVIII, numeral 12, fracción X, apartado B, b) fracción XXII de la Constitución Política de la Ciudad de México; artículos 1, 3, 5, 20, 29, fracción VIII y X, 30, 35 fracción I, II, 40, 43 fracciones V y VIII, 71 fracción VIII y 75 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; artículo 4 apartado A, fracciones I, II y III, apartado B, fracción II inciso a), fracción, IX, inciso c) artículo 15 fracción V de la Ley de Desarrollo Agropecuario, Rural y Sustentable de la Ciudad de México; artículos 3 fracción I, 11 fracción IV, 32, 33 y 38 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 1, 124, 128 y 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; artículo 11 de la Ley del Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; artículo 21, 24 fracciones XIII y XXIII, 121, 122 fracciones XVII y XXVII y 124 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, artículo 2, artículo 5, artículo 23 fracciones VI, VIII, IX y X, 24, 25 y 26 fracciones I, II, III, VI y VIII de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para la Ciudad de México; así como del Aviso por el cual se dan a conocer los "Lineamientos para la Programación de Acciones Sociales 2023", Aviso por el cual se dan a conocer los "Acuerdos por el que se delegan en los titulares de la Direcciones Generales de Gobierno y Asunto Jurídicos, de Administración, de Obras y Desarrollo Urbano, de Servicios Urbanos, de Desarrollo Social y Bienestar, de Desarrollo Económico y Rural y de Participación Ciudadana y demás Unidades Administrativas el ejercicio directo de las facultades que se indican", publicado en la Gaceta Oficial de fecha 12 de noviembre de 2021, se emite el siguiente:

CONSIDERANDOS

I. Que conforme a lo que establece la Ley de Desarrollo Agropecuario, Rural y Sustentable de la Ciudad de México, las autoridades de la Ciudad de México, en el ámbito de sus competencias, promoverán, respetarán, protegerán y garantizarán los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los tratados internacionales en materia de derechos humanos de los que el Estado Mexicano sea parte, en la Constitución Política de la Ciudad de México y en las normas generales y locales, de conformidad con los principios de interpretación y aplicación que en dichos instrumentos se establecen. En la Ciudad de México se reconocen los siguientes derechos, ejercidos de manera individual o colectiva.Toda persona tiene derecho a una alimentación adecuada, nutritiva, diaria, suficiente y de calidad con alimentos inocuos, saludables, accesibles y asequibles y culturalmente aceptables que le permitan gozar del más alto nivel de desarrollo humano posible y la protejan contra el hambre, la malnutrición y la desnutrición. El derecho de toda persona humana de tener una alimentación que le conviene culturalmente, desde el punto de vista de la salud y de lo económico, orientada a una alimentación adecuada. Así también que se le procure el abasto suficiente de alimentos y de productos básicos y estratégicos en el ejercicio de su derecho a la alimentación.

II. Que las y los productores de cultivos agrícolas tienen derechos iguales; a disfrutar totalmente, como colectivo e individualmente, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales, libres de cualquier tipo de discriminación y desigualdad a participar en el diseño de políticas, en la toma de decisiones, la aplicación y monitoreo de cualquier proyecto, programa o política que afecte sus espacios rurales. El Gobierno de la Ciudad de México, garantizará particularmente a las y los productores agrícolas, en el ejercicio de sus derechos relacionados con la tierra y al territorio, las y los campesinos rurales tienen derecho a trabajar su propia tierra, independiente del tipo de propiedad social o de pequeña propiedad a obtener productos agrícolas, criar ganado, a cazar, a recolectar y a pescar en sus territorios.

III. Que el ejercicio del disfrute a un ambiente adecuado, las y los productores agrícolas tienen derecho a convenir y reclamar compensaciones por los daños ambientales.

IV. Que para la formulación y conducción de la política agropecuaria y rural, así como para la expedición de los instrumentos de política previstos en la Ley, se observarán los principios de fomento de la conservación del suelo, del agua, de la biodiversidad, los recursos filogenéticos para la agricultura y la alimentación y el mejoramiento de la calidad de los recursos naturales, mediante su protección y aprovechamiento sustentable.

IV. Que la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal establece que los Programas de Desarrollo Social son instrumentos derivados de la planificación institucional de la política social que garantizan el efectivo cumplimiento y promueven el pleno ejercicio de los derechos humanos, económicos, sociales y culturales.

8 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11 de julio de 2023

Con fundamento en las disposiciones jurídicas y consideraciones antes expuestas, he tenido a bien emitir el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS POR LOS QUE SE ESTABLECEN LOS TÉRMINOS PARA ACCEDER A LA ACCIÓN SOCIAL EMERGENTE "APOYO AGRÍCOLA DERIVADO DEL FENÓMENO HIDROMETEREOLÓGICO (GRANIZADA) POR UNA SITUACIÓN ANORMAL ATÍPICA, AFECTANDO CULTIVOS AGRÍCOLAS Y PRODUCTORES AGRÍCOLAS, DE LA ALCALDÍA TLÁHUAC 2023", A CARGO DE LA ALCALDÍA TLÁHUAC, PARA EL EJERCICIO 2023.

1.- Nombre de la acción.

"APOYO AGRÍCOLA DERIVADO DEL FENÓMENO HIDROMETEREOLÓGICO (GRANIZADA) POR UNA SITUACIÓN ANORMAL ATÍPICA, AFECTANDO CULTIVOS AGRÍCOLAS Y PRODUCTORES AGRÍCOLAS, DE LA ALCALDÍA TLÁHUAC 2023".

2.- Tipo de Acción Social.

La Acción Social Emergente, es un apoyo económico para productoras y productores que sufrieron afectaciones diversas, por el Agente Perturbador, de Origen Natural Extremo, por el Fenómeno Hidrometereológico (Granizada) por una situación Anormal Atípica, en sus cultivos agrícolas de sembradíos de hortalizas y legumbres, como son: Brócoli, Lechuga, Verdolaga, Calabaza, Cilantro, Apio, Rábano, Acelga, Espinaca, Romero, Maíz, Cebolla, Chile, Huauzontle, Chilacayote y Coliflor; en los ejidos de los pueblos San Andrés Mixquic, San Juan Ixtayopan, San Pedro Tláhuac y Santiago Tulyehualco de la Alcaldía Tláhuac.

3.- Entidad Responsable.

La AlcaldíaTláhuac, Órgano Político Administrativo, es directamente responsable de la ejecución de la Acción Social Emergente.

La Dirección General de Desarrollo Económico y Rural, es la responsable de la coordinación para la implementación de la Acción Social.

La Dirección de Desarrollo Rural, la Subdirección de Infraestructura Rural y Ecológica y la Jefatura de Unidad Departamental de Conservación Ambiental, son las responsables de la operación, instrumentación, seguimiento, verificación, supervisión y control, así como de llevar a cabo el concentrado, resguardo y sistematización de la documentación de la Acción Social Emergente.

La Dirección General de Administración es responsable de la emisión y entrega de los cheques del apoyo.

La Dirección de Comunicación Social es responsable de la difusión.

La Dirección General de Desarrollo Económico y Rural en coordinación con la Dirección de Desarrollo Rural, son las responsables de la Evaluación y Asignación de Recursos.

4. Diagnóstico.

4.1 Antecedentes.

La superficie de la Alcaldía Tláhuac es de 8,534.62 hectáreas (5.74% de la superficie total de la Ciudad de México) de las cuales 2,064.80 hectáreas corresponden a suelo urbano (24.19% de su superficie) y 6,469.82 hectáreas corresponden a suelo de conservación (75.81%), de acuerdo con la Declaratoria que determina la línea limítrofe entre el área de desarrollo urbano y el área de conservación ecológica publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 16 julio de 1987. De acuerdo con lo anterior, existen tres formas básicas de propiedad sobre la tenencia de tierra: privada, pública y social.

En el suelo de conservación existe una gran riqueza biológica, se estima la presencia de 1,700 especies de plantas vasculares (1,500 especies de plantas fanerógamas), 20 de anfibios, 50 de reptiles, 320 de aves y 70 de mamíferos y en las zonas de cultivo se mantiene una amplia agrobiodiversidad originaria de México, siendo la zona forestal del sur de la Ciudad de México una de las áreas florísticas más ricas de la cuenca de México (CONAFOR-SEDEMA, 2006 Programa Estratégico Forestal 2006-2025).

El Suelo de Conservación, es hábitat de una gran biodiversidad, se tienen el registro de 265 especies endémicas de las cuales pertenecen a plantas 193, reptiles 31, mamíferos 21, invertebrados 4 y anfibios 15. Además, es refugio de 56 especies bajo alguna categoría de riesgo según la NOM-059-SEMARNAT-2010; 16 plantas, 14 mamíferos, 12 anfibios, 12 hongos y 2 reptiles. (CORENADR, 2022).

De acuerdo al Programa Sectorial de Desarrollo Agropecuario, Pesquero, y Alimentación 2013-2018, el Campo Mexicano presenta signos de agotamiento reflejado en el estancamiento de la productividad y rentabilidad, no es incluyente y carece de un manejo sustentable de los recursos naturales. Se requiere impulsar una estrategia para construir un nuevo rostro del campo y del sector agroalimentario. Por su parte el Programa Nacional de Desarrollo (PND) 2019-2024, menciona que alrededor del 80 % de las tierras agrícolas en México presentan algún nivel de degradación debido al sobrepastoreo, el uso de agroquímicos y sobre explotación de los acuíferos además del avance de la mancha...

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