Aviso por el que se dan a conocer los Lineamientos de funcionamiento del Comité de evaluación y asignación de recursos del Programa Social “Tlalpan hacia el desarrollo sostenible”

52 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 de abril de 2023

ALCALDÍA EN TLALPAN

Maestra Alfa Eliana González Magallanes, Alcaldesa de Tlalpan, con fundamento en los artículos 52, numerales 1 y 4; 53, Apartado A, numerales 1 y 2 fracciones III, XI, XIII y XIV, numeral 12, fracciones VIII y XV, Apartado B, numeral 3, inciso a), fracciones XXXIV y XXXV de la Constitución Política de la Ciudad de México; 2 fracción I y II, 15, 16, 21, 29, 30, 31, 35 fracciones I y II de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; 124, 128 y 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; 1, 3, 4, 5, 7, 8 fracción III, 11, 32, 40, y 43 de la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México; 32, 33, 35, 36, 37 y 38 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 50 y 51 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 1, 2, 3 fracción XII y XIV, 4 fracción VIII, 8, 18, 21, 31, 33, y 37 de la Ley para el Desarrollo Económico de la Ciudad de México; y el numeral 9 de las Reglas de Operación del Programa Social "Tlalpan hacia el desarrollo sostenible"

CONSIDERANDO

Que con fecha 13 de febrero de 2023 fue publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, en su número 1043 Bis, el enlace electrónico donde pueden ser consultadas las Reglas de Operación del Programa Social Tlalpan hacia el desarrollo sostenible, mismas que en su numeral 9 denominado "Criterios de Selección de la población beneficiaria", establece que el Comité de Evaluación y Asignación de Recursos será el órgano encargado de aprobar y asignar los recursos económicos a proyectos y programas de trabajo que participarán en el Programa Social Tlalpan hacia el desarrollo sostenible.

Por lo anterior, se emite el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE EVALUACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RECURSOS DEL PROGRAMA SOCIAL "TLALPAN HACIA EL DESARROLLO SOSTENIBLE".

ÚNICO: Se expiden los Lineamientos de Funcionamiento del Comité de Evaluación y Asignación de Recursos del Programa Social Tlalpan hacia el desarrollo sostenible, para quedar de la siguiente forma:

LINEAMIENTOS DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE EVALUACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RECURSOS DEL PROGRAMA SOCIAL "TLALPAN HACIA EL DESARROLLO SOSTENIBLE".

DEFINICIONES: Para efecto de los presentes lineamientos de funcionamiento se entenderá por:

-Comité: Comité de Evaluación y Asignación de Recursos del Programa Social Tlalpan hacia el desarrollo sostenible.

- Programa: Programa Social Tlalpan hacia el desarrollo sostenible.

-Unidad Técnico Operativa: se encuentra integrada por las personas beneficiarias facilitadoras de servicios, es la encargada de supervisar y dar acompañamiento a los proyectos y programas de trabajo.

CAPÍTULO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA. - Los presentes lineamientos son de observancia obligatoria para todos los miembros del Comité de Evaluación y Asignación de Recursos del Programa Social Tlalpan hacia el desarrollo sostenible.

SEGUNDO. - El Comité vigilará el cumplimiento de los presentes LINEAMIENTOS y la aplicación de las Reglas de Operación del Programa relativas a la evaluación y asignación de recursos.

TERCERA. - Los integrantes del Comité tomarán los acuerdos, preferentemente por consenso, después de no más de dos rondas de discusión de no llegar a acuerdos, estos se decidirán por mayoría calificada (cincuenta por ciento más uno) a través de voto directo.

CUARTA. - El Comité es un Órgano Colegiado que tiene por objeto analizar y en su caso aprobar los proyectos y programas de trabajo viables que sean presentados a fin de convertirse en beneficiarios del programa social Tlalpan hacia el desarrollo sostenible, del mismo modo, será el encargado de aprobar la baja temporal o definitiva de beneficiarios que hayan incumplido con los lineamientos establecidos en las Reglas de Operación del programa social.

QUINTA. - Las sesiones del Comité serán ordinarias o extraordinarias, las cuales serán convocadas por el (la) Presidente

(a) o a través del Secretario (a) Técnico. Las sesiones podrán celebrarse de manera presencial o a través de medios virtuales.

SEXTA. - El Comité celebrará sesiones ordinarias de acuerdo a lo solicitado por el (la) Presidente (a) y/o Secretario (a) Técnico. Para el caso de las sesiones extraordinarias el Presidente (a) y/o Secretario (a) Técnico realizará la convocatoria a solicitud de cualquiera de los miembros del Comité cuando se deban tratar asuntos que por su urgencia no puedan esperar a ser desahogados en la siguiente sesión ordinaria...

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