Aviso por el que se dan a conocer los Lineamientos para el Proceso de Selección de las personas beneficiarias facilitadoras del Programa Social 'Seguro de Desempleo', identificadas como Promotoras y Verificadoras para el Ejercicio Fiscal 2021

SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO

DRA. HAYDEÉ SOLEDAD ARAGÓN MARTÍNEZ, Secretaria de Trabajo y Fomento al Empleo; con fundamento en lo dispuesto por los artículos 10 "Ciudad Productiva", apartado B, numeral 5, incisos b, de la Constitución Política de la Ciudad de México; 11 fracción I, 16 fracción XVII, 18, 20 fracción IX y 41 fracciones XXXIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 124 y 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; 1, 5 fracción I y 10 de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para el Distrito Federal; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; 7 fracción XVII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 50 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 6 fracción IV del Reglamento de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para el Distrito Federal; así como en el Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa Social "Seguro de Desempleo", para el Ejercicio Fiscal 2021, publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 27 de enero de 2021; y

CONSIDERANDO

Que la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo instrumenta y opera el Programa Social "Seguro de Desempleo", cuyo objetivo general es otorgar una protección económica básica a las personas residentes en la Ciudad de México que hayan perdido involuntariamente su empleo formal en la misma, incluyendo a grupos de atención prioritaria a efecto de crear las condiciones que contribuyan a su reincorporación al mercado laboral y para la satisfacción del derecho al ingreso.

Que para instrumentar y operar dicho Programa Social es necesario contar con el apoyo de personas beneficiarias facilitadoras del Programa.

Que el Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa Social "Seguro de Desempleo", para el Ejercicio Fiscal 2021, establece que la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, a través de la Dirección General de Empleo por conducto de la Dirección del Seguro de Desempleo, podrá disponer hasta del 5% del presupuesto asignado a la partida 4419 "Otras ayudas sociales a personas" del Programa Social "Seguro de Desempleo" para gastos de operación del Programa, dentro de los cuales se destinarán recursos necesarios para la asignación de personas beneficiarias facilitadoras identificados para la operación como: Personas Promotoras Territoriales, Personas Promotoras Sectoriales y Personas Verificadoras del Programa Social "Seguro de Desempleo", siendo éstas consideradas como beneficiarias facilitadoras del Programa, cuyo vínculo de colaboración estará vigente durante el ejercicio fiscal 2021 a través de acciones de difusión, promoción, seguimiento, vinculación y cualquier otra que facilite el acceso a los habitantes de la Ciudad de México al Programa, verificación, revisión y validación de las solicitudes registradas en la Plataforma Seguro de Desempleo y, en su caso, de recuperación de recursos del Programa.

Que las citadas Reglas de Operación, establecen que las personas beneficiarias facilitadoras identificadas como Promotoras y Verificadoras del Programa Social "Seguro de Desempleo", se regirán por los Lineamientos que al efecto sean expedidos y publicados en la página electrónica: www.segurodedesempleo.cdmx.gob.mx

Que, atendiendo a los plazos establecidos en las Reglas de Operación, con fundamento en las disposiciones jurídicas y consideraciones antes expuestas, tengo a bien emitir el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS PARA EL PROCESO DE SELECCIÓN DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS FACILITADORAS DEL PROGRAMA SOCIAL "SEGURO DE DESEMPLEO", IDENTIFICADAS COMO PROMOTORAS Y VERIFICADORAS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021

1. DEPENDENCIA RESPONSABLE DEL PROGRAMA SOCIAL SEGURO DE DESEMPLEO

  1. Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, Dependencia directamente responsable de la ejecución del Programa Social.

  2. Dirección General de Empleo, responsable del gasto del Programa Social.

  3. Dirección del Seguro de Desempleo, responsable en la operación del Programa Social.

  4. Subdirección de Operación del Seguro de Desempleo, responsable técnico operativo.

    6 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 18 febrero de 2021

    La Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo a través de la Dirección General de Empleo y de la Dirección del Seguro de Desempleo, tendrá la facultad de interpretar los presentes Lineamientos, así como de resolver aquellos casos que no se encuentren previstos en los mismos.

    2. OBJETIVO GENERAL

    Establecer los criterios con base en los cuales se conformará un grupo de (16) Dieciséis Personas Promotoras Territoriales,

    (50) Cincuenta Personas Promotoras Sectoriales y (26) Veintiséis Personas Verificadoras, que auxilien en las actividades institucionales que implementa la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, a través de la Dirección General de Empleo y la Dirección del Seguro de Desempleo, para operar el Programa Social "Seguro de Desempleo" para el ejercicio Fiscal 2021, entre las cuales podrán encontrarse acciones de difusión, promoción, seguimiento, vinculación y cualquier otra que facilite el acceso a los habitantes de la Ciudad de México al Programa, de conformidad con lo establecido en las Reglas de Operación del Programa Social "Seguro de Desempleo".

    3. ALCANCE DEL APOYO ECONÓMICO

    El apoyo económico está destinado única y exclusivamente a las personas Promotoras y Verificadoras que cumplan con todos y cada uno de los criterios de acceso, documentación personal y procedimiento de acceso señalados en los presentes Lineamientos y será entregado por la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, a través de la Dirección General de Empleo por conducto de la Dirección del Seguro de Desempleo, mediante orden de pago referenciada, cheque bancario u otro mecanismo que se estime pertinente, de manera mensual hasta en tanto se cumpla con los requisitos de permanencia, de acuerdo a los siguientes montos:

    - (16) Dieciséis Personas Promotoras Territoriales, que contarán con un apoyo económico mensual de $9,000.00 (Nueve mil pesos 00/100 M. N.);

    - (50) Cincuenta Personas Promotoras Sectoriales, que contarán con un apoyo económico mensual de $8,000.00 (Ocho mil pesos 00/100 M. N.); y

    - (26) Veintiséis Personas Verificadoras que contarán con un apoyo económico mensual de $9,000.00 (Nueve mil pesos 00/100 M.N.).

    Al tratarse de un apoyo económico, con motivo de la operación de un Programa Social, la relación que se establezca con las personas Promotoras y Verificadoras, BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA PODRÁ CONSIDERARSE DE CARÁCTER LABORAL. El vínculo de colaboración existente entre las personas Promotoras Territoriales, Promotoras Sectoriales y Verificadoras con la STyFE, estará vigente mientras se cumpla con los requisitos de permanencia y únicamente durante...

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