Aviso por el que se dan a conocer sus Lineamientos de operación de la acción social denominada “Segundo programa de sustitución de unidades con 10 o más años de antigüedad que prestan el servicio de transporte de pasajeros público colectivo concesionado clasificado como ruta para conformar el corredor División del Norte - Vértiz”

SECRETARÍA DE MOVILIDAD ANDRÉS LAJOUS LOAEZA, Secretario de Movilidad de la Ciudad de México, con fundamento en lo establecido en los artículos 122, apartado A, base V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3, numeral 3, 7, apartado A, 13, apartado E, y 16, apartado H, numerales 1 y 3, inciso b), de la Constitución Política de la Ciudad de México; 1, 2, 11, fracciones I y II, 16, fracción XI, 20, fracciones III, IX y XXV, y 36, fracciones I y XXV, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 1, 2, fracción I, 7, 12, fracciones I, VI, XXIX y XLI, 18, fracción V, 29, 30, 55, fracción I, 56, fracción I, inciso b), 85, fracción II y 110, fracciones II y III, de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México; 6, fracciones I, III, IV, VI y IX y 11, de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; 32 y 33, de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 2, 7, fracción XI y 36, fracción XII y XIX, del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 1, 11 y 12, del Reglamento de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México; y, CONSIDERANDO Que de conformidad con el artículo 36, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, a la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México, en adelante la "Secretaría", le corresponde el despacho de las materias relativas a la planeación, control y desarrollo integral de la movilidad, así como establecer la normativa, programas y proyectos necesarios para el desarrollo de la red vial. Que de conformidad con el artículo 12, fracciones I, VI y XLI, de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México, la "Secretaría" tiene como atribuciones fomentar, impulsar y estimular, entre otras, el desarrollo de los proyectos y herramientas que permitan el ejercicio pleno del derecho a la movilidad de la ciudad, y éste será su referente y fin último en la elaboración de políticas públicas. Además, esta dependencia podrá realizar todas las acciones necesarias para que los servicios públicos y privados de transporte de pasajeros sean eficientes y eficaces, así como garantizar tanto la seguridad de los usuarios como los derechos de los permisionarios y concesionarios en el cumplimiento de sus obligaciones. Asimismo, la "Secretaría" podrá adoptar medidas orientadas a satisfacer, eficientar y regular el transporte de pasajeros y de carga y, en su caso, coordinarse con las dependencias y entidades de la administración pública para este propósito. Que de conformidad con el artículo 18, fracción V, de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México, para la ejecución de la política de movilidad, la "Secretaría" podrá auxiliarse del Comité de Promoción para el Financiamiento del Transporte Público. Que el Comité de Promoción para el Financiamiento del Transporte Público, de conformidad con los artículos 29 y 30, fracción I, de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México, tiene como propósito buscar los mecanismos y ejecutar las acciones necesarias para eficientar el servicio de transporte de pasajeros público y asegurar no poner en riesgo su prestación a través de la figura de un Fideicomiso. Que de conformidad con la cláusula Cuarta, inciso c) del Contrato del Fideicomiso para el Fondo de Promoción para el Financiamiento del Transporte Público, así mismo de acuerdo con su Primer Convenio modificatorio, entre sus fines se encuentra el de coadyuvar como agente de cambio institucional para el Gobierno de la Ciudad de México, definir e implementar, en conjunto con la "Secretaría", las acciones necesarias para garantizar, eficientar y mejorar el servicio de Transporte de Pasajeros Público Concesionado, y renovar el parque vehicular e infraestructura del servicio Que en su Décima Cuarta Sesión Extraordinaria, celebrada el 15 de octubre de 2021, el Comité Técnico del Fideicomiso para el Fondo de Promoción para el Financiamiento del Transporte Público aprobó el "Aviso por el que se dan a conocer los Lineamientos de Operación de la Acción Social "Programa de Sustitución de Unidades con 10 o más años de antigüedad que prestan el Servicio de Transporte de Pasajeros Público Colectivo Concesionado clasificado como Ruta para conformar el Corredor División del Norte", y ordenó su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Como consecuencia de esa Acción Social, se conformó "CORREDOR DIVISIÓN DEL NORTE - VÉRTIZ S.A. DE C.V."; en adelante la "Empresa". Que la provisión de un servicio de Transporte Público de Pasajeros Concesionado Colectivo más eficiente, seguro y con accesibilidad universal, como el brindado con unidades nuevas que cumplen con las normas técnicas vigentes emitidas por la "Secretaría" es esencial para permitir los desplazamientos seguros y eficientes. 42 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 21 de febrero de 2024 Que, con fecha 2 de noviembre de 2021, fue publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el "Aviso por el que se dan a conocer los Lineamientos de Operación de la Acción Social "Programa de Sustitución de Unidades con 10 o más años de antigüedad que prestan el Servicio de Transporte de Pasajeros Público Colectivo Concesionado clasificado como Ruta para conformar el Corredor División del Norte", en adelante "Primer Aviso de Lineamientos", mediante apoyos económicos a las rutas 2, 79, 90 y 103, para impulsar la renovación del parque vehicular y mantener la solvencia financiera de los concesionarios que, conformados en empresa, llevaron a cabo en el proceso de sustitución de sus unidades obsoletas. Que con fecha 14 de marzo de 2022 fue publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el "Aviso por el que se establecen las vialidades en las que se implementará el Servicio de Transporte Público Colectivo de Pasajeros del Corredor Concesionado "División del Norte"". Que con fecha 02 de junio de 2022, fue publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Aviso por el que se da a conocer el Estudio del Balance entre la oferta y la demanda de Transporte Público Colectivo de Pasajeros en el Corredor Concesionado "División del Norte", en adelante "Aviso del Balance Oferta - Demanda". Que con fecha 08 de julio de 2022, fue publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México la Declaratoria de Necesidad para la prestación del servicio de Transporte de Pasajeros Público Colectivo del Corredor "División del Norte", en adelante "Declaratoria de Necesidad". Que con fecha 28 de octubre de 2022, fue publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el "Aviso por el que se dan a conocer los Lineamientos de Operación de la Acción Social "Apoyo Económico para el retiro voluntario de Concesiones que prestan el Servicio de Transporte de Pasajeros Público Colectivo Concesionado en División del Norte". Que en su Tercera Sesión Extraordinaria, celebrada el 08 de febrero de 2024, el Comité Técnico del Fideicomiso para el Fondo de Promoción para el Financiamiento del Transporte Público aprobó el presente Aviso y ordenó su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Que con el objeto de garantizar la calidad y asegurar el servicio de Transporte de Pasajeros Público Colectivo Concesionado, la "Secretaría" en conjunto con el Fideicomiso para el Fondo de Promoción para el Financiamiento del Transporte Público, con fundamento en sus atribuciones y las demás disposiciones normativas aplicables, han tenido a bien expedir el siguiente, que estará a cargo del Fideicomiso para el Fondo de Promoción para el Financiamiento del Transporte Público: AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DE LA ACCIÓN SOCIAL DENOMINADA "SEGUNDO PROGRAMA DE SUSTITUCIÓN DE UNIDADES CON 10 O MÁS AÑOS DE ANTIGÜEDAD QUE PRESTAN EL SERVICIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS PÚBLICO COLECTIVO CONCESIONADO CLASIFICADO COMO RUTA PARA CONFORMAR EL CORREDOR DIVISIÓN DEL NORTE - VÉRTIZ" 1. NOMBRE DE LA ACCIÓN SOCIAL: Segundo Programa de sustitución de unidades con 10 o más años de antigüedad que prestan el Servicio de Transporte de Pasajeros Público Colectivo Concesionado clasificado como Ruta para conformar el Corredor División del Norte - Vértiz ("Acción"). 2. TIPO DE ACCIÓN SOCIAL: Apoyo económico para la sustitución de unidades con 10 o más años de antigüedad, que prestaban el servicio de Transporte Público de Pasajeros Colectivo Concesionado, clasificado como Ruta, en la "Ruta 2", "Ruta 79", "Ruta 90" y "Ruta 103" y que ahora prestan el servicio de Transporte de Pasajeros Público Colectivo Concesionado, clasificado como Corredor en División del Norte - Vértiz, que contribuirá a reducir el financiamiento contraído por la "Empresa", derivado de la compra de las unidades nuevas que adquirió la "Empresa" en apego al "Primer Aviso de Lineamientos". 3. ENTIDADES RESPONSABLES: A. El Fideicomiso para el Fondo de Promoción para el Financiamiento del Transporte Público ("FIFINTRA") validará previamente el cumplimiento de los requisitos necesarios para la firma del "Convenio de Adhesión", así como asegurar la autorización e instrucción del Comité Técnico para que, en su momento, se otorguen los apoyos económicos para contribuir al financiamiento contraído por la adquisición de unidades nuevas en apego al "Primer Aviso de Lineamientos". B. La "Secretaría", por medio de la Subsecretaría del Transporte ("Subsecretaría"), en específico de la Dirección General de Registro Público del Transporte y de la Dirección General de Licencias y Operación del Transporte Vehicular, será responsable de la gestión operativa, de acuerdo a lo ordenado dentro de la "Acción". C. El Organismo Regulador de Transporte ("ORT") será responsable de la validación del cumplimiento del equipamiento complementario de las unidades nuevas. 4. DIAGNÓSTICO 4.1. Antecedentes La "Secretaría" debe garantizar la prestación de un servicio de transporte público que cumpla con condiciones de seguridad, accesibilidad, comodidad, eficiencia, calidad, igualdad y...

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