Aviso por el que se dan a conocer los Formatos Únicos de diversos trámites y servicios

18 de marzo de 2020 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 41

SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

LICENCIADO OMAR HAMID GARCÍA HARFUCH, Secretario de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 16 fracción XVI, último párrafo, y 20 fracción XIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 36, 37, 38, 39, 40 fracción VI, 41 fracción VI, y 44 de la Ley de Mejora Regulatoria para la Ciudad de México; 8 fracción II del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, y

CONSIDERANDO

Que la Administración Pública de la Ciudad de México tiene a su cargo expedir los actos administrativos, recibir y registrar los avisos, declaraciones o manifestaciones, para autorizar a los gobernados la realización de actividades reguladas en las diversas leyes y reglamentos, así como a prestarles los servicios que son necesarios para la satisfacción de necesidades de carácter individual o colectivo y demás actuaciones de similar naturaleza.

Que el 30 de abril de 2019, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos PolíticoAdministrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México.

Que el 30 de diciembre de 2019, se publicó en la Gaceta Oficial, la Ley de Mejora Regulatoria para la Ciudad de México, señala en su artículo 1ro. establecer las bases, principios, procedimientos e instrumentos para la implementación de la política de Mejora Regulatoria en la Ciudad de México.

Que el artículo 2, fracciones I, III, V y VI de la Ley mencionada, dispone entre otros objetivos, la obligación de los Sujetos Obligados, en el ámbito de su competencia, de implementar la Política de Mejora Regulatoria; establecer los instrumentos, herramientas, acciones y procedimientos de Mejora Regulatoria; establecer las obligaciones de los Sujetos Obligados para facilitar los Trámites, incluyendo el uso de tecnologías de la información y comunicaciones; y fomentar y promover el uso de tecnologías de la información y comunicaciones que faciliten la Mejora Regulatoria.

Que el artículo 36 de la referida norma, indica que el Registro Electrónico de Trámites y Servicios, consiste en la herramienta tecnológica que compila los Trámites y Servicios de los Sujetos Obligados, con el objeto de otorgar seguridad jurídica a las personas, dar transparencia, facilitar el cumplimiento regulatorio, así como fomentar el uso de tecnologías de la información y comunicaciones; tendrá carácter público y la información que contenga será vinculante para los Sujetos Obligados; asimismo, la inscripción y actualización de Trámites y Servicios es de carácter permanente y obligatorio para todos los Sujetos Obligados. Señala adicionalmente que, la Agencia Digital de Innovación Pública de la Ciudad de México tiene la facultad de administrar y operar la Plataforma Digital del registro.

Que el artículo 37 de esta Ley, indica que la implementación del Registro tiene como propósitos, entre otros, los siguientes:

  1. Sistematizar los procesos de inscripción, modificación, actualización o baja de los Trámites y Servicios y sus formatos de solicitud de los Sujetos Obligados, y II. Evitar la discrecionalidad, difundir elementos de aplicación como fundamento jurídico, requisitos, costos, ubicación de áreas de atención, formatos homologados, entre otros elementos desarrollados en la presente Ley.

    Que el artículo 39 de la Ley de Mejora Regulatoria, establece que el Registro Electrónico de Trámites y Servicios contará con un portal digital (Tramites CDMX), como el único canal oficial de difusión y consulta de los Trámites y Servicios con su formato de solicitud, mismo que deberá ser actualizado de manera permanente por los Sujetos Obligados.

    Que el artículo 40, fracción VI, de la Ley en cita, señala que, en el Registro Electrónico mencionado, deberá indicarse si el Trámite deberá presentarse mediante formato, escrito libre, ambos o podrá solicitarse por otros medios.

    Que el artículo 44 de la norma señalada, indica que los trámites, servicios y formatos de solicitud que se inscriban en el Registro Electrónico de Trámites y Servicios surtirán sus efectos jurídicos una vez que se publiquen en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

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    Que una vez que se ha concluido con el proceso de actualización en el Registro Electrónico de Trámites y Servicios de los formatos de los trámites y servicios, es procedente su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para que produzcan sus efectos jurídicos; en cumplimiento a lo establecido en el artículo 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México.

    Por lo que, una vez publicado el presente aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, éste surtirá sus efectos jurídicos y será susceptible de aplicación en la forma y términos en los que fueron actualizados en el Registro Electrónico de Trámites y Servicios y permanecerán difundidos en el Portal Trámites y Servicios de la Ciudad de México (Trámites CDMX), por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

    AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS FORMATOS ÚNICOS DE LOS TRÁMITES Y SERVICIOS QUE A CONTINUACIÓN SE ENUNCIAN: "EMISIÓN DEL VISTO BUENO DEL SISTEMA DE SEGURIDAD DE LOS ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES DE IMPACTO ZONAL"; "SOLICITUD DE PERMISO O AUTORIZACIÓN O REVALIDACIÓN PARA PRESTAR SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA EN LA CIUDAD DE MÉXICO"; "SOLICITUD DE LICENCIA TIPO A Y/O B PARA PRESTAR SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA EN LA CIUDAD DE MÉXICO"; "RECLUTAMIENTO DE ASPIRANTES AL CURSO BÁSICO DE FORMACIÓN POLICIAL"; "REGISTRO DE CAPACITADOR Y/O EVALUADOR PARA PRESTADORES DE SERVICIOS O REALIZADORES DE ACTIVIDADES DE SEGURIDAD PRIVADA EN LA CIUDAD DE MÉXICO"; "CANCELACIÓN DEFINITIVA DE LA MULTA APLICADA POR NO PORTAR EN EL MOMENTO DE LA REVISIÓN LA PÓLIZA DE SEGURO DENTRO DE LOS 45 DÍA NATURALES POSTERIORES"; "CORRECCIÓN DE DATOS DE BOLETAS DE SANCIÓN"; "REEXPEDICIÓN DE LÍNEAS DE CAPTURA PARA LA OBTENCIÓN DE DESCUENTOS EN MULTAS DE TRÁNSITO (FOTOCÍVICAS Y EXCESO DE VELOCIDAD)", Y "ENTREGA DE DOCUMENTOS RETENIDOS POR LA APLICACIÓN DE UNA INFRACCIÓN A VEHÍCULOS NO MATRICULADOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO" A CARGO DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANADE LA CIUDAD DE MÉXICO.

    PRIMERO. El Sujeto Obligado Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, responsable de conocer, substanciar, resolver u otorgar los trámites y servicios a que se refiere el presente Aviso en los términos y condiciones en los que fue inscritos en el Registro Electrónico de Trámites y Servicios de la Ciudad de México y como aparecen en el Portal Trámites y Servicios de la Ciudad de México (Trámites CDMX), no podrán modificarse o alterarse en forma alguna, sin cumplir previamente el procedimiento de actualización, modificación o baja, ni solicitar requisitos adicionales, so pena de incurrir en alguna responsabilidad de carácter administrativa.

    SEGUNDO. Se dan a conocer los Formatos Únicos de Trámites y Servicios para la "Emisión del Visto Bueno del Sistema de Seguridad de los Establecimientos Mercantiles de Impacto Zonal"; "Solicitud de Permiso o Autorización o Revalidación para prestar servicios de Seguridad Privada en la Ciudad de México"; "Solicitud de Licencia tipo A y/o B para prestar servicios de Seguridad Privada en la Ciudad de México"; "Registro de capacitador y/o evaluador para prestadores de servicios o realizadores de actividades de Seguridad Privada en la Ciudad de México"; "Cancelación definitiva de la multa aplicada por no portar en el momento de la revisión la póliza de seguro dentro de los 45 día naturales posteriores"; "Corrección de Datos de Boletas de Sanción; Reexpedición de Líneas de Captura para la Obtención de Descuentos en Multas de Tránsito (Fotocívicas y Exceso de Velocidad)" y "Entrega de Documentos Retenidos por la Aplicación de una Infracción a Vehículos no Matriculados en la Ciudad de México":

    Folio Nombre del trámite o servicio Tipo Sujeto Obligado que regula

    90 Emisión del Visto Bueno del Sistema de Seguridad de los Establecimientos Mercantiles de Impacto Zonal

    638 Solicitud de Permiso o

    Autorización o Revalidación para prestar servicios de Seguridad Privada en la Ciudad de México

    Clave del Formato

    Trámite Secretaría de Seguridad Ciudadana

    TSSCDGSPCI_EVB_1 (ANEXO 1)

    Trámite Secretaría de

    Seguridad Ciudadana

    TSSCDGSPCI_SPA_1 (ANEXO 2)

    18 de marzo de 2020 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 43

    639 Solicitud de Licencia tipo A y/o B para prestar servicios de Seguridad Privada en la Ciudad de México

    Trámite Secretaría de Seguridad Ciudadana

    TSSCDGSPCI_SLT_1 (ANEXO 3)

    1062 Registro de capacitador y/o evaluador para prestadores de servicios o realizadores de

    actividades de Seguridad Privada en la Ciudad de México

    Trámite Secretaría de Seguridad Ciudadana

    TSIIP_RCY_1

    (ANEXO 4)

    213-ME Cancelación definitiva de la multa aplicada por no portar en el momento de la revisión la póliza de seguro dentro de los 45 día naturales posteriores

    Servicio Secretaría de Seguridad Ciudadana

    SSCT_CDLM_1

    (ANEXO 5)

    214-ME Corrección de Datos de Boletas de Sanción

    Servicio Secretaría de Seguridad Ciudadana

    SSCT_CDB_1 (ANEXO 6)

    215-ME Reexpedición de Líneas de

    Captura para la Obtención de Descuentos en Multas de Tránsito (Fotocívicas y Exceso de

    Velocidad)

    Servicio Secretaría de Seguridad Ciudadana

    SSCT_CDB_1

    (ANEXO 7)

    216-ME Entrega de Documentos

    Retenidos por la Aplicación de una Infracción a Vehículos no Matriculados en la Ciudad de México

    Servicio Secretaría de Seguridad Ciudadana

    SSCT_EDR_1

    (ANEXO 8)

    TRANSITORIOS

    PRIMERO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

    SEGUNDO. El presente Aviso entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

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